JUICIO N° 18202-2018-01223

R. del E

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO

NOTIFICACIÓN AL PÚBLICO

Pongo en conocimiento del público en general que dentro del juicio SUMARIO de INTERDICCIÓN, signado con el N° 18202-2018-01223, seguido por el señor RAUL TADEO CALDERON CORTEZ en contra del señor JAIME EDUARDO CALDERON CORTEZ, en conocimiento del Doctor Sergio Frias Raza, Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Ambato, se ha dispuesto:

PROVIDENCIA: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, miércoles 9 de enero del 2019, las 14h18. VISTOS:… 6.- RESOLUCION: Por las consideraciones expuestas, siendo el sistema procesal un medio para la realización de la Justicia; RESUELVO: Declarar la Interdicción Provisional del señor JAIME EDUARDO CALDERON CORTEZ, con cédula de ciudadanía N° 1801687557; desígnese como Curador Interino a su hermano el señor RAUL TADEO CALDERON CORTEZ, portador de la cédula de ciudadanía 1800018697. Inscríbase este auto en el Registro de la Propiedad Municipal del cantón Ambato y en el Registro Mercantil. Publíquese extractadamente la parte resolutiva exclusivamente este fallo, por una sola vez en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad y fíjense carteles con él contenido de la parte indicada de esta actuación procesal en los sitios de más concurrencia de esta capital provincial. Así mismo inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, Identificación y Cedulación. Tómese en cuenta lo que dispone el Artículo 468 del Código Civil. En virtud de lo resuelto el señor JAIME EDUARDO CALDERON CORTEZ, con cédula de ciudadanía N° 1801687557, queda privado provisionalmente de administrar sus bienes. Actúe la Abogada Alba Rosa Abad, Secretaria de este despacho. Cúmplase y Notifíquese.- (f) FRIAS RAZA SERGIO EDMUNDO.- Juez- CERTIFICO. (f).- ABAD TANDAZO ALBA ROSA, Secretaria.- (Siguen las notificaciones).-

Lo que pongo en su conocimiento para los fines legales pertinentes.- Ambato, 19 de Febrero del 2019.

Firma ilegible

Abg. Alba Abad Tandazo

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO

Hay sello

No. 150102 – 18202-2018-01223


AVISO JUDICIAL

EXTRACTO

JUICIO N° 18334-2018-05049

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO

EN AUTO DICTADO CON FECHA MARTES 29 DE ENEO DEL 2019, LAS 15H42, POR EL DR. OSCAR FABIAN VILLACRES DUCHE, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO, SE HA DISPUESTO CITAR POR LA PRENSA A LA DEMANDADA SEÑORA: XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO, CON LA DEMANDA CIVIL-CONCURSAL-CONCURSO DE ACREEDORES, PROPUESTA POR LA SEÑORA HIPATIA CATALINA NARANJO HERDOIZA.

CLASE DE JUICIO: CIVIL-CONCURSAL

JUEZ: DR. OSCAR FABIAN VILLACRES DUCHE.

ASUNTO: CONCURSO DE ACREEDORES

ACTOR: HIPATIA CATALINA NARANJO HERDOIZA

DEMANDADA: XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO

SECRETARIA: AB. JENNY SOLIS V.

INICIO DE DEMANDA: 28/11/2018

CAUSA No: 18334-2018-05049

CUANTIA: $ 53.000,00 (CINCUENTA Y TRES M1L 00/100 DOLARES AMERICANOS).

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA.- Ambato, martes 29 de enero del 2019, las 15h42, VISTOS.- Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, en lo principal se dispone:

1.- CALIFICACIÓN: En lo principal, la demanda de INSOLVENCIA presentada por la señora HIPATIA CATALINA NARANJO HERDOIZA, presentada en contra de la deudora XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO, portadora de la cedula de ciudadanía No. 180187294-4 se la califica de clara y completa y por lo tanto se la admite a trámite de PROCEDIMIENTO CONCURSAL NECESARIO; razón por la cual, de conformidad con lo prescrito en los artículos 414, 416, 421, 422, 423, 424, 426 y 427 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone lo siguiente:

2.- CITACIÓN: Cítese a la deudora XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO, con la demanda y el presente auto, en la dirección consignada en la demanda, de conformidad a los Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, en forma extractada mediante publicaciones a través de uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Ambato, en tres fechas distintas, para el efecto el interesado proporcionará las copias necesarias de la demanda, copias de los documentos adjuntos, los anuncios probatorios y este auto inicial, obteniendo a través de la oficina de Gestores de Archivo del Complejo Judicial del Cantón Ambato, a fin de que la parte accionada ejerza su legítimo derecho a la defensa, conforme lo establece el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador.

3.- OPOSICIÓN AL CONCURSO NECESARIO: En aplicación del artículo 426 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el TÉRMINO DE DIEZ (10) días a partir de la citación, para que la deudora XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO, pueda oponerse a ésta declaratoria pagando la cantidad adeudada que asciende a la suma de cincuenta mil ciento veinte y tres dólares americanos con 79/100 (USD. 50.123,79).

4.- Se requiere a la deudora XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO que, cumpliendo los requisitos formales de la demanda, presente a esta judicatura los documentos detallados en el artículo 421 del Código Orgánico General de Procesos, es decir: a) Una relación detallada de todos sus bienes y derechos; b) Un estado de deudas con expresión de procedencia, vencimiento, nombre y domicilio de cada acreedor y los libros de cuenta, si los tiene; c) Los títulos de crédito activos; y, d) Una memoria sobre las causas de su presentación.

5.- Previo sorteo se designa síndico a ROCIO JANETH FONSECA LUNA, quien será depositario de los bienes de la deudora XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO, a quien oportunamente se le notificara para que acepte el cargo y para su respectiva posesión y demás actividades que deberá cumplir conforme el artículo 434, 435 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos.

6.- Se dispone el embargo de todos los bienes muebles o inmuebles de propiedad de la deudora XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO, para lo cual, ofíciese a la DINARDAP para que por su intermedio se notifique a todos los Registros de la Propiedad de la República, acerca de esta disposición.

7.- Se ordena la anotación de la insolvencia de la deudora XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO, en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura, para lo cual por medio de Secretaria confiérase despacho en forma suficiente.

8.- Se ordena la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declara la insolvencia de la fallida XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO.

9.- Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte la fallida XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO. En ningún caso se iniciará otro procedimiento concursal; para el efecto, ofíciese a la Dirección Nacional del Consejo de la Judicatura a fin de que se haga conocer de esta disposición a todas las judicaturas de la República del Ecuador. 10.- Se dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad Municipal del Cantón Ambato, del auto que ordena la formación del concurso.

11.- Notifíquese a la Fiscalía General del Estado para que realice las respectivas investigaciones en torno al presente concurso necesario, para el efecto, notifíquese a la Fiscalía Provincial de Tungurahua, por medio de Secretaría confiérase despacho en forma.

12.- Se prohíbe que la deudora XIMENA DEL ROSARIO JORDAN HIDALGO, se ausente del territorio nacional, para lo que Ofíciese a la oficina de Migración del Ministerio del Interior.

Téngase en cuenta la cuantía fijada. Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir sus notificaciones, así como también la autorización que concede a su defensor Dr. Gabriel Vaca Acosta.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES; A FIN DE QUE LOS INTERESADOS SEÑALEN CASILLERO JUDICIAL PARA SUS NOTIFICACIONES Y EJERZAN SU DERECHO DEL QUE SE CREAN ASISTIDOS. Ambato, 11 de febrero de 2019.

Firma ilegible

AB. JENNY SOLIS V.

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN AMBATO

Hay un sello

No. 150046 – 18334-2018-05049