DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA PASTAZA

SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA

DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA PASTAZA

CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE AMBATO

CÍTESE A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LA AGUAS PROVENIENTES DE LA ACEQUIA GUAPANTE, PERTENECIENTE A LA PARROQUIA MATRIZ DEL CANTÓN PÍLLARO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA, AGUAS QUE VAN A SER DESTINADAS PARA RIEGO.

EXTRACTO

ACTOR: Ana Lucia Cobo Rivera y Ana Carolina Martínez Cobo

DEMANDADO: Presidente de la Junta de Aguas de la Acequia Guapante; Guido Olguin Bucheli y Juan Carlos Proaño

OBJETO DE LA PETICIÓN: Solicitud de autorización de uso y autorización de aguas para riego, estas aguas provenientes de la Acequia Guapante, en el caudal de 10 l/s permanente, las mismas que serán utilizadas para riego de su propiedad, dichas aguas aguas que pertenecen a la parroquia Matris del cantón Píllaro, cantón Píllaro, Provincia de Tungurahua.

PROCESO N° 3318-17-AU (LN.)

SECRETARIA DEL AGUA.- DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA PASTAZA.- CENTRO DE ATENCIÓN DEL CIUDADANO DE AMBATO.- Ambato, 17 de enero del 2020.- Las 08h30.- VISTOS: Asumo conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano de Ambato, Encargado, de conformidad con las competencias establecidas en los Arts. 82 y 86 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua y de la Acción de Personal No 001-DHP, emitida el 02 de Enero del 2020. En lo principal, la solicitud autorización de uso de agua presentado por los señores: Ana Lucia Cobo Rivera y Ana Carolina Martínez Cobo, es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se le acepta para su trámite, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 125 y 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua. En consecuencia, cítese con la solicitud y providencia recaída en la misma a los señores: Presidente de la Junta de Aguas de la Acequia Guapante; Guido Olguin Bucheli y Juan Carlos Proaño, mediante comisión librada al señor Jefe Político del cantón Píllaro, sin perjuicio de que sean citados en el lugar donde se les encuentre. A los demandados se les concede el término de tres días para que contesten a la presente solicitud. También se dispone que se cite por la prensa a los usuarios conocidos o no mediante la publicación de extracto de la solicitud y esta providencia, el mismo que deberá ser publicado en uno de los diarios de mayor circulación de la providencia de Tungurahua en tres días distintos. Cítese a los usuarios conocidos o no, mediante la Fíjense carteles durante diez días consecutivos, en tres de los lugares más frecuentados de la parroquia Matriz del cantón Píllaro, mediante comisión librada al señor Jefe Político del Cantón Píllaro, a quien se le enviara suficiente despacho. Incorpórese a los autos la documentación que adjunta. Tómese nota del casillero judicial y correo electrónico señalado para futuras notificaciones, así como la autorización otorgada a su Abogado defensor. El Abg. Luis A. Noboa Pérez actúe como Secretario encargado en la sustanciación de la presente causa.- NOTIFÍQUESE.- F).- Ing. Ernesto Solís Escobar, Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Pastaza.

Lo que comunico al Público para los fines de ley consiguientes, previniéndoles a los interesados de la obligación que tienen de señalar domicilio legal, esto es casillero judicial o correo electrónico para las posteriores notificaciones.

Firma ilegible

Abg. Luis A. Noboa Pérez

SECRETARIO ENCARGADO

Hay un sello

P*154983 – 3318-17-AU (LN.)