DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA     DE    ESMERALDAS

R del E
NOTIFICACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA QUEBRADA SANTA TERESITA, EN EL CAUDAL DE 0,34 L/S., PARA UTILIZARSE EN USO DOMÉSTICO UN CAUDAL DE 0.10 L/S., Y EL CAUDAL DE 0,24 L/S., PARA USO INDUSTRIAL, AGUAS A CAPTARSE SOBRE LA COTA 1265 MSNM, COORDENADAS X 747.826 Y 10’012. 765, PARA LA EXPLOTACIÓN MINERA DENOMINADO “LA CONQUISTA”, CON CÓDIGO MINERO NRO., 401501, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 900 HECTÁREAS MINERAS CONTIGUAS, UBICADA EN LA COMUNIDAD SANTA TERESITA, PARROQUIAS PACTO Y GUALEA, CANTÓN QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
ACTOR: señor Robert Eduardo Erazo Andrade, en calidad de Gerente General y como tal Representante Legal de la compañía Melinachangó Santa Bárbara Cía. Ltda.
EXTRACTO
SECRETARÍA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – QUITO.- Proceso Administrativo Nro. 51-19-Aut.(DA).- Quito, 12 de noviembre de 2019, a las l 5H28.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrado Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, con acción de personal Nro. 006-DHE, de fecha 08 de febrero de 2018, según decreto presidencial Nro. 08 de 24 de mayo de 2017, de conformidad al artículo 17, literal c) de la Ley Orgánica del Sector Público, en concordancia con el artículo 17 literal c) del Reglamento ibídem. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve Demarcaciones Hidrográficas y sus respectivos zonales. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2009-48 de fecha 04 de diciembre del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la Secretaría del Agua, SENAGUA. En lo principal: 1.- Comparece ante la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, el señor Robert Eduardo Erazo Andrade, en calidad de Gerente General y como tal Representante Legal de la compañía Melinachangó Santa Bárbara Cía. Ltda., (MCSB), manifestando que su representada es titular minera de un derecho de explotación minera denominado “LA CONQUISTA”, con código minero Nro., 401501, con una superficie total de 900 hectáreas mineras contiguas, ubicada en la comunidad Santa Teresita, parroquias Pacto y Gualea, cantón Quito, provincia de Pichincha, con el antecedente indicado solicita el aprovechamiento productivo de agua, proveniente de la quebrada Santa Teresita, en el caudal de 0,34 l/s., para utilizarse en uso doméstico un caudal de 0,10 1/s., y el caudal de 0,24 l/s., para uso industrial, aguas a captarse sobre la cota 1265 msnm., coordenadas X 747.826 y 10’012.765. Con estos antecedentes expuestos esta Autoridad DISPONE: 1.- En apego a lo dispuesto en los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 86, 87 numeral 2 literales a) y c); 93, 94, 95, 110, 111, 112, 123, 125 ,126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con los arts., 82, 85 literal b), 86, 87, 92, 103, 104, 106 y 107 del Reglamento a la Ley ibídem, se acepta a trámite la solicitud presentada, por considerarla clara, completa y reunir los requisitos de la Ley y su Reglamento. 2.- De conformidad a lo establecido en el Art. 107 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, el trámite establecido para esta causa es el general. 3.- Por lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal b) ibídem, notifíquese a los usuarios conocidos o presuntos por la prensa, de un diario de mayor circulación de la localidad de no existir, se lo hará en uno de mayor circulación nacional, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y este auto de calificación, por tres días consecutivos. 4.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal a), ibídem, fíjese carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Gualea, cantón Quito, provincia de Pichincha, parroquia en donde se ubica la fuente. 5.- Se da por legitimada la personería, en virtud de la copia del nombramiento que anexa; así como incorpórese a los Autos la documentación que adjunta y téngase en cuenta los correos electrónicos señalados para futuras notificaciones. Actué el Ab. Darwin Francisco Apolo, en calidad de Secretario Ad Hoc.- CÚMPLASE, OFÍCIESE Y NOTIFIQUESE …. f) ING. JOSÉ HILARIO MOROCHO, SUBSECRETARIO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS – SECRETARÍA DEL AGUA – SENAGUA.
ABG. DARWIN FRANCISCO APOLO.
SECRETARIO AD-HOC
Hay firma y sello
PAR/111874/EG


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NOTIFICACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA QUEBRADA SANTA TERESITA, EN EL CAUDAL DE 0,34 L/S., PARA UTILIZARSE EN USO DOMÉSTICO UN CAUDAL DE 0.10 L/S., Y EL CAUDAL DE 0,24 L/S., PARA USO INDUSTRIAL, AGUAS A CAPTARSE SOBRE LA COTA 1265 MSNM, COORDENADAS X 747.826 Y 10’012. 765, PARA LA EXPLOTACIÓN MINERA DENOMINADO “LA CONQUISTA”, CON CÓDIGO MINERO NRO., 401501, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 900 HECTÁREAS MINERAS CONTIGUAS, UBICADA EN LA COMUNIDAD SANTA TERESITA, PARROQUIAS PACTO Y GUALEA, CANTÓN QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
ACTOR: señor Robert Eduardo Erazo Andrade, en calidad de Gerente General y como tal Representante Legal de la compañía Melinachangó Santa Bárbara Cía. Ltda.
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SECRETARÍA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – QUITO.- Proceso Administrativo Nro. 51-19-Aut.(DA).- Quito, 12 de noviembre de 2019, a las l 5H28.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrado Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, con acción de personal Nro. 006-DHE, de fecha 08 de febrero de 2018, según decreto presidencial Nro. 08 de 24 de mayo de 2017, de conformidad al artículo 17, literal c) de la Ley Orgánica del Sector Público, en concordancia con el artículo 17 literal c) del Reglamento ibídem. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve Demarcaciones Hidrográficas y sus respectivos zonales. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2009-48 de fecha 04 de diciembre del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la Secretaría del Agua, SENAGUA. En lo principal: 1.- Comparece ante la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, el señor Robert Eduardo Erazo Andrade, en calidad de Gerente General y como tal Representante Legal de la compañía Melinachangó Santa Bárbara Cía. Ltda., (MCSB), manifestando que su representada es titular minera de un derecho de explotación minera denominado “LA CONQUISTA”, con código minero Nro., 401501, con una superficie total de 900 hectáreas mineras contiguas, ubicada en la comunidad Santa Teresita, parroquias Pacto y Gualea, cantón Quito, provincia de Pichincha, con el antecedente indicado solicita el aprovechamiento productivo de agua, proveniente de la quebrada Santa Teresita, en el caudal de 0,34 l/s., para utilizarse en uso doméstico un caudal de 0,10 1/s., y el caudal de 0,24 l/s., para uso industrial, aguas a captarse sobre la cota 1265 msnm., coordenadas X 747.826 y 10’012.765. Con estos antecedentes expuestos esta Autoridad DISPONE: 1.- En apego a lo dispuesto en los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 86, 87 numeral 2 literales a) y c); 93, 94, 95, 110, 111, 112, 123, 125 ,126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con los arts., 82, 85 literal b), 86, 87, 92, 103, 104, 106 y 107 del Reglamento a la Ley ibídem, se acepta a trámite la solicitud presentada, por considerarla clara, completa y reunir los requisitos de la Ley y su Reglamento. 2.- De conformidad a lo establecido en el Art. 107 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, el trámite establecido para esta causa es el general. 3.- Por lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal b) ibídem, notifíquese a los usuarios conocidos o presuntos por la prensa, de un diario de mayor circulación de la localidad de no existir, se lo hará en uno de mayor circulación nacional, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y este auto de calificación, por tres días consecutivos. 4.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal a), ibídem, fíjese carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Gualea, cantón Quito, provincia de Pichincha, parroquia en donde se ubica la fuente. 5.- Se da por legitimada la personería, en virtud de la copia del nombramiento que anexa; así como incorpórese a los Autos la documentación que adjunta y téngase en cuenta los correos electrónicos señalados para futuras notificaciones. Actué el Ab. Darwin Francisco Apolo, en calidad de Secretario Ad Hoc.- CÚMPLASE, OFÍCIESE Y NOTIFIQUESE …. f) ING. JOSÉ HILARIO MOROCHO, SUBSECRETARIO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS – SECRETARÍA DEL AGUA – SENAGUA.
ABG. DARWIN FRANCISCO APOLO.
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ACTOR: señor Robert Eduardo Erazo Andrade, en calidad de Gerente General y como tal Representante Legal de la compañía Melinachangó Santa Bárbara Cía. Ltda.
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SECRETARÍA DEL AGUA, SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – QUITO.- Proceso Administrativo Nro. 51-19-Aut.(DA).- Quito, 12 de noviembre de 2019, a las l 5H28.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrado Subsecretario de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, con acción de personal Nro. 006-DHE, de fecha 08 de febrero de 2018, según decreto presidencial Nro. 08 de 24 de mayo de 2017, de conformidad al artículo 17, literal c) de la Ley Orgánica del Sector Público, en concordancia con el artículo 17 literal c) del Reglamento ibídem. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve Demarcaciones Hidrográficas y sus respectivos zonales. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2009-48 de fecha 04 de diciembre del 2009, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la Secretaría del Agua, SENAGUA. En lo principal: 1.- Comparece ante la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, el señor Robert Eduardo Erazo Andrade, en calidad de Gerente General y como tal Representante Legal de la compañía Melinachangó Santa Bárbara Cía. Ltda., (MCSB), manifestando que su representada es titular minera de un derecho de explotación minera denominado “LA CONQUISTA”, con código minero Nro., 401501, con una superficie total de 900 hectáreas mineras contiguas, ubicada en la comunidad Santa Teresita, parroquias Pacto y Gualea, cantón Quito, provincia de Pichincha, con el antecedente indicado solicita el aprovechamiento productivo de agua, proveniente de la quebrada Santa Teresita, en el caudal de 0,34 l/s., para utilizarse en uso doméstico un caudal de 0,10 1/s., y el caudal de 0,24 l/s., para uso industrial, aguas a captarse sobre la cota 1265 msnm., coordenadas X 747.826 y 10’012.765. Con estos antecedentes expuestos esta Autoridad DISPONE: 1.- En apego a lo dispuesto en los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 86, 87 numeral 2 literales a) y c); 93, 94, 95, 110, 111, 112, 123, 125 ,126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con los arts., 82, 85 literal b), 86, 87, 92, 103, 104, 106 y 107 del Reglamento a la Ley ibídem, se acepta a trámite la solicitud presentada, por considerarla clara, completa y reunir los requisitos de la Ley y su Reglamento. 2.- De conformidad a lo establecido en el Art. 107 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, el trámite establecido para esta causa es el general. 3.- Por lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal b) ibídem, notifíquese a los usuarios conocidos o presuntos por la prensa, de un diario de mayor circulación de la localidad de no existir, se lo hará en uno de mayor circulación nacional, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y este auto de calificación, por tres días consecutivos. 4.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 numeral 3, inciso primero literal a), ibídem, fíjese carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Gualea, cantón Quito, provincia de Pichincha, parroquia en donde se ubica la fuente. 5.- Se da por legitimada la personería, en virtud de la copia del nombramiento que anexa; así como incorpórese a los Autos la documentación que adjunta y téngase en cuenta los correos electrónicos señalados para futuras notificaciones. Actué el Ab. Darwin Francisco Apolo, en calidad de Secretario Ad Hoc.- CÚMPLASE, OFÍCIESE Y NOTIFIQUESE …. f) ING. JOSÉ HILARIO MOROCHO, SUBSECRETARIO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS – SECRETARÍA DEL AGUA – SENAGUA.
ABG. DARWIN FRANCISCO APOLO.
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ACTOR: señor Robert Eduardo Erazo Andrade, en calidad de Gerente General y como tal Representante Legal de la compañía Melinachangó Santa Bárbara Cía. Ltda.
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