Causa:           No. 18202 -2018-00050G

R. del E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON

SEDE EN AMBATO

CITACIÓN JUDICIAL

EXTRACTO A LA SEÑORA ROXANA MARISOL FALCONII MARTÍNEZ, CON LA DEMANDA -SUMARIO-ACOGIMIENTO FAMILIAR QUE EN SU CONTRA HA PROPUESTO LA SEÑORA OLIMPIA MATILDE MARTÍNEZ GARCÍA, YA QUE LA PARTE ACTORA HA DECLARADO CON JURAMENTO QUE LE HA SIDO IMPOSIBLE DAR CON EL ACTUAL DOMICILIO O RESIDENCIA DE LA ACCIONADA SE LE HACE SABER:

Actor : OLIMPIA MATILDE MARTÍNEZ GARCÍA

Demandado: ROXANA MARISOL FALCONII MARTÍNEZ,

Juicio: ACOGIMIENTO FAMILIAR

Causa: No. 18202 -2018-00050G

JUEZ : DRA. ELSY XIMENA HERDOIZA MOLINA

Secretario AB. MARCO PÉREZ

Fecha de Inicio: 19/01/2018

Cuantía: INDETERMINADA

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, jueves 1 de febrero del 2019, las 15h49 …» Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Ambato en virtud del sorteo correspondiente.-1.- CALIFICACIÓN.- Vista la resolución administrativa dictada por la Junta Cantonal de Protección de los Derechos de la Niñez y Adolescencia de Ambato, en la que se ha dispuesto se remita el presente expediente a esta autoridad judicial, la cual por ser clara y completa se la acepta a trámite.- 2.- MEDIDA DE PROTECCIÓN.-Consecuentemente se ratifica PROVISIONALMENTE la CUSTODIA FAMILIAR de la niña María Fernanda Falconí Martínez en el hogar de su abuela materna Sra. Olimpia Matilde Martínez García ; y, demás medidas de protección indicadas en la referida resolución, al amparo de lo previsto en los Arts. 79 y 217 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia y Arts. 3, 19 y 20 de la Convención sobre los Derechos del Niño; en tal virtud, continúe bajo el cuidado de su mencionada abuela , a órdenes de esta Autoridad, hasta que se disponga lo más conveniente para la referida menor de edad, en observancia de su interés superior. 3.- INTERVENCIÓN DE LA OFICINA TÉCNICA.- En razón del auto interlocutorio dictado por la Junta Cantonal de Protección de la Niñez y Adolescencia de Ambato, en el que se concede medidas de protección administrativas emergentes, las que se podrá revisar en cualquier momento de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 79, 218 y 219 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia; se dispone las investigaciones correspondientes, por parta de la Oficina Técnica (Trabajo Social y Psicología) concediéndoles el termino improrrogable de OCHO días para que presentes sus informes relativos a las medidas de protección impuestas, para lo cual remítase atento oficio (las partes brindarán las facilidades requeridas). 4.- CITACIÓN .- Cítese a las partes interesadas el en las casillas judiciales señaladas en instancia administrativa 5.- Una vez citadas las partes interesadas se señalará día y hora para la practica de la audiencia prevista en el Art. 333 del Código de la Niñez y Adolescencia ..- Se requiere que a la Sra. Olimpia Matilde Martínez García presente la partida de nacimiento de la niña María Fernanda Falconí Martínez.- Actúe despacho el Abg. Marco Pérez en calidad de secretario de este descacho- Notifíquese y Cúmplase. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, martes 23 de julio del 2019,las 11h44.- Incorpórese a los autos el escrito presentado por la señora Olimpia Matilde Martínez García, atendiendo lo solicitado, por cuanto la compareciente ha dado cumplimiento a lo estipulado en el inciso cuarto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, dada la naturaleza de la causa, teniéndose como demandada, se dispone que a la señora ROXANA MARISOL FALCONI MARTÍNEZ, se cite de forma extractada con la demanda, auto de calificación y esta providencia, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de mayor circulación de esta ciudad, conforme lo previsto en el Art 56. 1 del Código Orgánico General de Procesos. Por secretaria confiérase el extracto respectivo. Actúe la Ab. Andrea Marisol Albán Tarco como secretaria encargada según acción de personal No. 1827- DP-2019.- Notifíquese.

Lo que pongo en su conocimiento para los fines legales consiguientes. Ambato, 02 de agosto del 2019.

Firma ilegible

Ab. Marco Perez

SECRETARIO

P*152663/18202-2018-00050G