CAUSA Nº: 18334-2008-0961V

AVISO JUDICIAL

EXTRACTO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO

NOTIFICACION: SE PONE EN CONOCIMIENTO AL PUBLICO LA DEMANDADA QUE POR AUTO DICTADO POR LA DRA. SUSANA CARRERA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL CANTON AMBATO, SE HA DISPUESTO QUE SE NOTIFIQUE CON EL PRESENTE AUTO AL PÚBLICO EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN DE ÉSTA CIUDAD DE AMBATO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA; LA DEMANDA ESPECIAL DE INSOLVENCIA, PROPUESTO POR: DR. EDUARDO MAYORGA MORA, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A, SUCURSAL AMBATO, en contra DE SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS

CLASE DE JUICIO: ESPECIAL

ASUNTO: INSOLVENCIA JUEZ

ACTUANTE: DRA. AMNELORE LOAYZA JARAMILLO

ACTOR: DR. EDUARDO MAYORGA MORA, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A, SUCURSAL AMBATO

DEMANDADO: SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS

SECRETARIO: DR. RAMIRO GARCES SANTANA

INICIO DEMANDA 10 DE NOVIEMBRE DEL 2008

CAUSA Nº: 18334-2008-0961V

CUANTÍA: CUATRO MIL SEISCIENTOS UNO 86/100 DOLARES AMERICANOS

JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE TUNGURAHUA.-Ambato, 25 de Noviembre del 2008. Las 10h30.- VISTOS:- Cumplido que ha sido el requerimiento del Juzgado, avoco conocimiento de la causa, en mi condición de Jueza titular del despacho y del sorteo efectuado. La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley; en consecuencia se la admite al trámite de Insolvencia. como con las copias certificadas presentadas, aparece que SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS , se encuentra comprendido dentro de las disposiciones de los Arts. 509 y 519 del Código de Procedimiento Civil, se declara con lugar la formación de concurso de acreedores y se ordena el depósito de los bienes, libros, correspondencia y documentos los cuales se entregarán al Síndico de la Quiebra Dr. Viktor Torres, en forma legal; que la formación del concurso antedicho se comunique al público, por medio de la prensa de uno de los diarios que se editan en ésta ciudad de Ambato; se señalará día, hora y lugar en que se celebre la junta de acreedores, que se acumulen todos los juicios en contra del deudor, por obligación de dar o hacer, para lo que se oficiará a los señores Jueces de lo Civil de ésta ciudad; igualmente ofíciese a uno de los señores Agentes Fiscales de ésta ciudad, para que se inicie el juicio penal respectivo en orden a la calificación de la insolvencia. Se previene al deudor de no ausentarse del lugar sin previo aviso del Juzgado; y que dentro de ocho días deberá presentarse el balance de sus bienes con expresión de activo y pasivo, en caso de no hacerlo, se mandará formar balance por el Síndico de la Quiebra o por uno de los acreedores.- Prohíbase hacer pagos o entregas al demandado so pena de nulidad, advirtiéndose a quienes tengan bienes o papeles del mismo, que están en la obligación de entregar al Síndico, incurrirán en responsabilidad Penal. Como el fallido queda de hecho en la interdicción de administrar bienes, notifíquese con ésta providencia a los señores Notarios y Registrador de la Propiedad de éste Cantón; ofíciese en igual sentido a la Superintendencia de Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito, para dar cumplimiento con la Ley.- Cítese al demandado SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS , por uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, ya qué, el actor ha declarado con juramento el desconocimiento del domicilio individualidad o residencia del demandado, atento a lo prescrito en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, el mismo que podrá oponerse a ésta declaratoria pagando la cantidad adeudada o dimitiendo bienes equivalentes, dentro de veintitrés días luego de citado legalmente. Téngase en cuenta el casillero judicial No. 153 designado para sus posteriores notificaciones. Agréguese al proceso la documentación adjunta y en virtud de una de ella, al actor téngasele en su calidad invocada. Cítese y notifíquese.-

Firma ilegible

Dra. SUSANA CARRERA

JUEZ

Firma ilegible

CERTIFICO. Dr. MARCO RAMOS

SECRETARIO ENCARGADO

PARTICULAR QUE PONGO EN CONOCIMIENTO AL PÚBLICO, PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PREVINIENDO DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL, PARA POSTERIORES NOTIFICACIONES. AMBATO, 12 DE NOVIEMBRE DEL 2019

DR. RAMIRO GARCES SANTANA

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

DEL CANTÓN AMBATO

Hay un sello

P*154039/18334-2008-0961V


AVISO JUDICIAL

EXTRACTO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO

NOTIFICACION: SE PONE EN CONOCIMIENTO AL PUBLICO LA DEMANDADA QUE POR AUTO DICTADO POR LA DRA. SUSANA CARRERA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL CANTON AMBATO, SE HA DISPUESTO QUE SE NOTIFIQUE CON EL PRESENTE AUTO AL PÚBLICO EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN DE ÉSTA CIUDAD DE AMBATO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA; LA DEMANDA ESPECIAL DE INSOLVENCIA, PROPUESTO POR: DR. EDUARDO MAYORGA MORA, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A, SUCURSAL AMBATO, en contra DE SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS

CLASE DE JUICIO: ESPECIAL

ASUNTO: INSOLVENCIA JUEZ

ACTUANTE: DRA. AMNELORE LOAYZA JARAMILLO

ACTOR: DR. EDUARDO MAYORGA MORA, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A, SUCURSAL AMBATO

DEMANDADO: SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS

SECRETARIO: DR. RAMIRO GARCES SANTANA

INICIO DEMANDA 10 DE NOVIEMBRE DEL 2008

CAUSA Nº: 18334-2008-0961V

CUANTÍA: CUATRO MIL SEISCIENTOS UNO 86/100 DOLARES AMERICANOS

JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE TUNGURAHUA.-Ambato, 25 de Noviembre del 2008. Las 10h30.- VISTOS:- Cumplido que ha sido el requerimiento del Juzgado, avoco conocimiento de la causa, en mi condición de Jueza titular del despacho y del sorteo efectuado. La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley; en consecuencia se la admite al trámite de Insolvencia. como con las copias certificadas presentadas, aparece que SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS , se encuentra comprendido dentro de las disposiciones de los Arts. 509 y 519 del Código de Procedimiento Civil, se declara con lugar la formación de concurso de acreedores y se ordena el depósito de los bienes, libros, correspondencia y documentos los cuales se entregarán al Síndico de la Quiebra Dr. Viktor Torres, en forma legal; que la formación del concurso antedicho se comunique al público, por medio de la prensa de uno de los diarios que se editan en ésta ciudad de Ambato; se señalará día, hora y lugar en que se celebre la junta de acreedores, que se acumulen todos los juicios en contra del deudor, por obligación de dar o hacer, para lo que se oficiará a los señores Jueces de lo Civil de ésta ciudad; igualmente ofíciese a uno de los señores Agentes Fiscales de ésta ciudad, para que se inicie el juicio penal respectivo en orden a la calificación de la insolvencia. Se previene al deudor de no ausentarse del lugar sin previo aviso del Juzgado; y que dentro de ocho días deberá presentarse el balance de sus bienes con expresión de activo y pasivo, en caso de no hacerlo, se mandará formar balance por el Síndico de la Quiebra o por uno de los acreedores.- Prohíbase hacer pagos o entregas al demandado so pena de nulidad, advirtiéndose a quienes tengan bienes o papeles del mismo, que están en la obligación de entregar al Síndico, incurrirán en responsabilidad Penal. Como el fallido queda de hecho en la interdicción de administrar bienes, notifíquese con ésta providencia a los señores Notarios y Registrador de la Propiedad de éste Cantón; ofíciese en igual sentido a la Superintendencia de Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito, para dar cumplimiento con la Ley.- Cítese al demandado SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS , por uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, ya qué, el actor ha declarado con juramento el desconocimiento del domicilio individualidad o residencia del demandado, atento a lo prescrito en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, el mismo que podrá oponerse a ésta declaratoria pagando la cantidad adeudada o dimitiendo bienes equivalentes, dentro de veintitrés días luego de citado legalmente. Téngase en cuenta el casillero judicial No. 153 designado para sus posteriores notificaciones. Agréguese al proceso la documentación adjunta y en virtud de una de ella, al actor téngasele en su calidad invocada. Cítese y notifíquese.-

Firma ilegible

Dra. SUSANA CARRERA

JUEZ

Firma ilegible

CERTIFICO. Dr. MARCO RAMOS

SECRETARIO ENCARGADO

PARTICULAR QUE PONGO EN CONOCIMIENTO AL PÚBLICO, PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PREVINIENDO DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL, PARA POSTERIORES NOTIFICACIONES. AMBATO, 12 DE NOVIEMBRE DEL 2019

DR. RAMIRO GARCES SANTANA

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

DEL CANTÓN AMBATO

Hay un sello

P*154039/18334-2008-0961V


AVISO JUDICIAL

EXTRACTO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO

NOTIFICACION: SE PONE EN CONOCIMIENTO AL PUBLICO LA DEMANDADA QUE POR AUTO DICTADO POR LA DRA. SUSANA CARRERA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL CANTON AMBATO, SE HA DISPUESTO QUE SE NOTIFIQUE CON EL PRESENTE AUTO AL PÚBLICO EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN DE ÉSTA CIUDAD DE AMBATO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA; LA DEMANDA ESPECIAL DE INSOLVENCIA, PROPUESTO POR: DR. EDUARDO MAYORGA MORA, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A, SUCURSAL AMBATO, en contra DE SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS

CLASE DE JUICIO: ESPECIAL

ASUNTO: INSOLVENCIA JUEZ

ACTUANTE: DRA. AMNELORE LOAYZA JARAMILLO

ACTOR: DR. EDUARDO MAYORGA MORA, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A, SUCURSAL AMBATO

DEMANDADO: SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS

SECRETARIO: DR. RAMIRO GARCES SANTANA

INICIO DEMANDA 10 DE NOVIEMBRE DEL 2008

CAUSA Nº: 18334-2008-0961V

CUANTÍA: CUATRO MIL SEISCIENTOS UNO 86/100 DOLARES AMERICANOS

JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE TUNGURAHUA.-Ambato, 25 de Noviembre del 2008. Las 10h30.- VISTOS:- Cumplido que ha sido el requerimiento del Juzgado, avoco conocimiento de la causa, en mi condición de Jueza titular del despacho y del sorteo efectuado. La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley; en consecuencia se la admite al trámite de Insolvencia. como con las copias certificadas presentadas, aparece que SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS , se encuentra comprendido dentro de las disposiciones de los Arts. 509 y 519 del Código de Procedimiento Civil, se declara con lugar la formación de concurso de acreedores y se ordena el depósito de los bienes, libros, correspondencia y documentos los cuales se entregarán al Síndico de la Quiebra Dr. Viktor Torres, en forma legal; que la formación del concurso antedicho se comunique al público, por medio de la prensa de uno de los diarios que se editan en ésta ciudad de Ambato; se señalará día, hora y lugar en que se celebre la junta de acreedores, que se acumulen todos los juicios en contra del deudor, por obligación de dar o hacer, para lo que se oficiará a los señores Jueces de lo Civil de ésta ciudad; igualmente ofíciese a uno de los señores Agentes Fiscales de ésta ciudad, para que se inicie el juicio penal respectivo en orden a la calificación de la insolvencia. Se previene al deudor de no ausentarse del lugar sin previo aviso del Juzgado; y que dentro de ocho días deberá presentarse el balance de sus bienes con expresión de activo y pasivo, en caso de no hacerlo, se mandará formar balance por el Síndico de la Quiebra o por uno de los acreedores.- Prohíbase hacer pagos o entregas al demandado so pena de nulidad, advirtiéndose a quienes tengan bienes o papeles del mismo, que están en la obligación de entregar al Síndico, incurrirán en responsabilidad Penal. Como el fallido queda de hecho en la interdicción de administrar bienes, notifíquese con ésta providencia a los señores Notarios y Registrador de la Propiedad de éste Cantón; ofíciese en igual sentido a la Superintendencia de Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito, para dar cumplimiento con la Ley.- Cítese al demandado SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS , por uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, ya qué, el actor ha declarado con juramento el desconocimiento del domicilio individualidad o residencia del demandado, atento a lo prescrito en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, el mismo que podrá oponerse a ésta declaratoria pagando la cantidad adeudada o dimitiendo bienes equivalentes, dentro de veintitrés días luego de citado legalmente. Téngase en cuenta el casillero judicial No. 153 designado para sus posteriores notificaciones. Agréguese al proceso la documentación adjunta y en virtud de una de ella, al actor téngasele en su calidad invocada. Cítese y notifíquese.-

Firma ilegible

Dra. SUSANA CARRERA

JUEZ

Firma ilegible

CERTIFICO. Dr. MARCO RAMOS

SECRETARIO ENCARGADO

PARTICULAR QUE PONGO EN CONOCIMIENTO AL PÚBLICO, PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PREVINIENDO DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL, PARA POSTERIORES NOTIFICACIONES. AMBATO, 12 DE NOVIEMBRE DEL 2019

DR. RAMIRO GARCES SANTANA

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

DEL CANTÓN AMBATO

Hay un sello

P*154039/18334-2008-0961V


AVISO JUDICIAL

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UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO

NOTIFICACION: SE PONE EN CONOCIMIENTO AL PUBLICO LA DEMANDADA QUE POR AUTO DICTADO POR LA DRA. SUSANA CARRERA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL CANTON AMBATO, SE HA DISPUESTO QUE SE NOTIFIQUE CON EL PRESENTE AUTO AL PÚBLICO EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN DE ÉSTA CIUDAD DE AMBATO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA; LA DEMANDA ESPECIAL DE INSOLVENCIA, PROPUESTO POR: DR. EDUARDO MAYORGA MORA, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A, SUCURSAL AMBATO, en contra DE SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS

CLASE DE JUICIO: ESPECIAL

ASUNTO: INSOLVENCIA JUEZ

ACTUANTE: DRA. AMNELORE LOAYZA JARAMILLO

ACTOR: DR. EDUARDO MAYORGA MORA, EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S.A, SUCURSAL AMBATO

DEMANDADO: SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS

SECRETARIO: DR. RAMIRO GARCES SANTANA

INICIO DEMANDA 10 DE NOVIEMBRE DEL 2008

CAUSA Nº: 18334-2008-0961V

CUANTÍA: CUATRO MIL SEISCIENTOS UNO 86/100 DOLARES AMERICANOS

JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE TUNGURAHUA.-Ambato, 25 de Noviembre del 2008. Las 10h30.- VISTOS:- Cumplido que ha sido el requerimiento del Juzgado, avoco conocimiento de la causa, en mi condición de Jueza titular del despacho y del sorteo efectuado. La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley; en consecuencia se la admite al trámite de Insolvencia. como con las copias certificadas presentadas, aparece que SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS , se encuentra comprendido dentro de las disposiciones de los Arts. 509 y 519 del Código de Procedimiento Civil, se declara con lugar la formación de concurso de acreedores y se ordena el depósito de los bienes, libros, correspondencia y documentos los cuales se entregarán al Síndico de la Quiebra Dr. Viktor Torres, en forma legal; que la formación del concurso antedicho se comunique al público, por medio de la prensa de uno de los diarios que se editan en ésta ciudad de Ambato; se señalará día, hora y lugar en que se celebre la junta de acreedores, que se acumulen todos los juicios en contra del deudor, por obligación de dar o hacer, para lo que se oficiará a los señores Jueces de lo Civil de ésta ciudad; igualmente ofíciese a uno de los señores Agentes Fiscales de ésta ciudad, para que se inicie el juicio penal respectivo en orden a la calificación de la insolvencia. Se previene al deudor de no ausentarse del lugar sin previo aviso del Juzgado; y que dentro de ocho días deberá presentarse el balance de sus bienes con expresión de activo y pasivo, en caso de no hacerlo, se mandará formar balance por el Síndico de la Quiebra o por uno de los acreedores.- Prohíbase hacer pagos o entregas al demandado so pena de nulidad, advirtiéndose a quienes tengan bienes o papeles del mismo, que están en la obligación de entregar al Síndico, incurrirán en responsabilidad Penal. Como el fallido queda de hecho en la interdicción de administrar bienes, notifíquese con ésta providencia a los señores Notarios y Registrador de la Propiedad de éste Cantón; ofíciese en igual sentido a la Superintendencia de Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito, para dar cumplimiento con la Ley.- Cítese al demandado SANTIAGO JAVIER LARA ARIAS , por uno de los diarios de mayor circulación de la localidad, ya qué, el actor ha declarado con juramento el desconocimiento del domicilio individualidad o residencia del demandado, atento a lo prescrito en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, el mismo que podrá oponerse a ésta declaratoria pagando la cantidad adeudada o dimitiendo bienes equivalentes, dentro de veintitrés días luego de citado legalmente. Téngase en cuenta el casillero judicial No. 153 designado para sus posteriores notificaciones. Agréguese al proceso la documentación adjunta y en virtud de una de ella, al actor téngasele en su calidad invocada. Cítese y notifíquese.-

Firma ilegible

Dra. SUSANA CARRERA

JUEZ

Firma ilegible

CERTIFICO. Dr. MARCO RAMOS

SECRETARIO ENCARGADO

PARTICULAR QUE PONGO EN CONOCIMIENTO AL PÚBLICO, PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PREVINIENDO DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL, PARA POSTERIORES NOTIFICACIONES. AMBATO, 12 DE NOVIEMBRE DEL 2019

DR. RAMIRO GARCES SANTANA

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL

DEL CANTÓN AMBATO

Hay un sello

P*154039/18334-2008-0961V