Las razones de Zambrano para declarar nulo y pedir el archivo del caso ‘gran padrino’

El legislador Gruber Zambrano.

El legislador Gruber Zambrano elaboró un informe de minoría en el caso gran padrino. Ofrece razones para anular el proceso y no enjuiciar políticamente al Presidente Lasso. Conozca lo que averiguó.   

El asambleísta Gruber Zambrano, miembro de la Bancada Acuerdo Nacional, fue el único que voto en contra del informe que recomienda el juicio político para el presidente Guillermo Lasso.

Aunque su voto no tuvo peso ante los seis de opositores, elaboró el informe de minoría de la Comisión Ocasional sobre el caso Gran Padrino. Este va en contravía de lo que asegura el de mayoría, que asegura que el Mandatario habría incurrido en graves delitos contra la administración pública.

El informe, de 44 páginas, detalla varias inconsistencias del proceso y de la propia investigación que elaboraron los legisladores que buscan la salida del poder de Lasso.

Pese a que el documento no tendrá apoyo en el Pleno de la Asamblea, que se reunirá mañana para conocer el informe de mayoría, este Diario expone los argumentos del asambleísta Zambrano.

No se incluyó al legislador Ronny Aleaga

Gruber Zambrano dice en el documento que la Comisión no dio paso a que se amplíe el período de investigación. Él intentó que los legisladores hagns las averiguaciones desde el 2016, último año del período de Rafael Correa. Esto para que se establezca la relación entre Leonardo Cortázar y el legislador del correísmo Ronny Alega.

“Solicité que se tome como periodo de investigación desde el año 2016 hasta el año 2022, tomando en consideración que las responsabilidades administrativas, civiles e indicios de responsabilidad penal caducan a los siete años (…) y en virtud de que de acuerdo a la denuncia pública con la que se inició este caso implicaría la supuesta participación del señor Leonardo Cortázar en posibles actos de corrupción en gobiernos pasados y que supuestamente su operador político era el asambleísta Ronny Aleaga”, dice el informe.

La Comisión no dio paso. Esto para Zambrano tiene un efecto: “Puso una tela de duda sobre la imparcialidad y objetividad del trabajo efectuado por la Comisión”.

Las nulidades que provocó la Comisión

El informe de Gruber Zambrano detalla dos actos que harían que lo trabajado por la Comisión sea nulo.

La primera tiene que ver con la falta de paridad en las autoridades de la Comisión. Sin observar lo determinado, dice el informe, se designó a la Viviana Veloz  como Presidenta de la Comisión y a Mireya Pazmiño Arregui, como Vicepresidenta; y eso es ilegal para Zambrano.

Debía, a criterio del legislador, ser hombre-mujer o mujer-hombre. Pero esto tuvo un motivo: “asegurar el control político y de dirección de la misma, para llevar, como efectivamente, lo hicieron las sesiones de la Comisión, de acuerdo a los intereses políticos partidistas que les convenía de acuerdo a la hoja de ruta tratada”.

La segunda. Según el informe de minoría, Viviana Veloz participó en los debates de la Comisión, sin encargar la Presidencia a la Vicepresidenta. Zambrano recuerda que  eso sucedió en la sesión del viernes 10 de febrero de 2023, a las 08:30, y que se encuentra registrada en los audios y videos oficiales de la Comisión. “En consecuencia -dice el documento- los actos ejecutados por la Presidenta de la Comisión, al momento de intervenir en los debates, sin haber encargado la Presidencia a la Vicepresidenta se encuentran viciados de nulidad”.

La asambleísta Viviana Veloz.

Informe de Verdesoto no es prueba contundente

Para el legislador, exsocialcristiano, el informe emitido por el exsecretario Anticorrupción, Luis Verdesoto, son puras hipótesis y no se determina ningún caso específico de corrupción en las empresas públicas involucradas en la presunta trama.

“Dicho informe se limita únicamente a plantear hipótesis y conceptos sobre malas prácticas públicas y privadas, como mecanismos de prevención de actos contrarios a la ley dentro de las entidades públicas antes mencionadas”, dice el informe. 

El cambio en Emco no es prueba de corrupción

Para la mayoría de la Comisión, el Decreto Ejecutivo No. 163, publicado el 18 de agosto de 2021, sería una prueba de la supuesta colaboración del Presidente Lasso en el presunto caso de corrupción.

Ese Decreto dispone que los directorios de las empresas públicas sean integrados por el presidente del directorio de la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (Emco), el titular del ministerio del ramo y un delegado del Presidente de la República. Esta también sería la prueba de que Lasso organizó o, al menos, colaboró para actos corruptos.

Sin embargo, el legislador Zambrano  destaca que el Presidente únicamente acoge el mandato de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, según la reforma de 2017, cuatro años antes de su mandato. “Por lo que los Decretos Ejecutivos expedidos por el Presidente de la República solo responden a la ley”, dice el documento.

Hernán Luque responde por sí mismo

El legislador destaca que -sobre la supuesta responsabilidad política del Presidente en la designación de Hernán Luque Lecaro, como Presidente del Directorio de la Emco- el Presidente no puede ser considerado como “garante” de las decisiones del delegado.

Ya que “luego de pasar por filtros ejecutivos y administrativos pueden derivar en actos administrativos o contratos donde se dice que habría posibles actos de corrupción”.

Incluso, asegura que los audios difundidos por La Posta tampoco son una prueba de delito. “Los audios develados por el medio digital, donde supuestamente se escuchan las supuestas conversaciones entre el señor Danilo Carrera y el señor Rubén Cherres, así como las supuestas conversaciones entre el señor Anderson Boscán no cumplen con los requisitos de validez legal y constitucional para ser considerados como pruebas”.

Y cita el artículo 76, numeral 4 de la Constitución de la República del Ecuador, que dice: Las pruebas obtenidas o actuadas con violación de la Constitución o la ley no tendrán validez alguna y carecerán de eficacia probatoria.

Para el Legislador no hay ninguna evidencia documental “que permita determinar que son ciertos y verdaderos los hechos denunciados y que motivaron la presente investigación”.

Así como tampoco se puede establecer una responsabilidad política del Presidente de la República, “que no participa ni directa ni indirectamente en los procesos de contratación que supuestamente son parte de esta trama de corrupción”.

El informe policial que no es de Fiscalía

Acerca del informe policial sobre la mafia albanesa, llamado León de Troya, Zambrano es muy claro en advertir que tiene doble reserva de ley, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 180 y 472 del Código Orgánico Integral Penal, normas que se refieren a las restricciones para la difusión de información de circulación restringida  y sobre información de circulación restringida.

Además, y sobre todo, que la fiscal general Diana Salazar dijo que el informe que se presentó en la Asamblea Nacional “difiere del que reposa en la Fiscalía General del Estado, dejando en tela de duda sobre la veracidad del documento que sustenta el proceso de investigación del caso ‘El León de Troya’”. 

La fiscal Diana Salazar
La fiscal Diana Salazar

Sobre que Lasso sabía del informe de la mafia

Para Gruber Zambrano no existe prueba alguna de que se haya llevado una conversación entre el Presidente y el legislador Fernando Villavicencio.

Pero en el caso de que sí sucedió, asegura, hay que considerar que el siete de julio de 2021, “conforme dice el Asambleísta Villavicencio, ya estaba abierta la investigación previa el 21 de mayo del mismo año, por lo que el Presidente de la República no podía exhortar una investigación entorno a este caso por cuanto la misma se encontraba decurriendo”.

Si el Mandatario hubiera intervenido habría cometido un acto ilegal. “En este contexto, bajo ningún concepto se puede insinuar y menos mencionar siquiera que el Presidente de la República atentó contra la Seguridad Pública del Estado por supuestamente haber conocido sobre la investigación de estupefacientes que se venía llevando a cabo por parte de la policía antinarcóticos”.

El pedido de archivo de todo lo actuado

Por todo lo anterior no hay razones, dice Zambrano, para creer que el Presidente Lasso ha cometido presuntos delitos contra la administración pública y contra la estructura del Estado. O, incluso, haya colaborado con actos que, para el legislador, no están probados.

Por eso recomendó archivar el proceso de investigación encargado a la Comisión de la Verdad, Justicia y Lucha contra la Corrupción, en el caso “gran padrino”. (DLH)

 

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