Clientes en indefensión ante abogados ‘abusivos’

DERECHO. El Consejo de la Judicatura es el encargado de sancionar casos de abuso o falta de profesionalismo de los abogados en contra de sus clientes. (Foto:Consejo de la Judicatura)
DERECHO. El Consejo de la Judicatura es el encargado de sancionar casos de abuso o falta de profesionalismo de los abogados en contra de sus clientes. (Foto:Consejo de la Judicatura)

El trámite para una sanción en contra de malos profesionales recae en el Consejo de la Judicatura, que puede suspender al profesional por un máximo de seis meses.

Las quejas se repiten. Los clientes hablan de supuestos “engaños”, “falta de profesionalismo”, “cobros excesivos” o incluso “negligencia” por parte de los abogados que contratan para defender sus causas. Los procesos disciplinarios que se inician por supuesto mal accionar de los juristas se presentan ante el Consejo de la Judicatura.

Verónica Mayo siente culpa por haber contratado a una abogada que la recomendaron. Hoy, su caso está en la impunidad. Ella había denunciado un presunto abuso sexual en 2019.

El suceso se dio en diciembre. Ella había presentado la denuncia tras ser agredida. Desconfía de la forma en la que actuó la profesional que contrató. “Me cobró $700 para mi defensa. Todo por adelantado. Ella dijo que se encargaría de todo, pero solo presentó las capturas de un chat que yo misma legalicé. No hizo más”. Incluso no me orientó. Ni siquiera constaba en el proceso mi testimonio donde contaba los hechos.

Cuenta que la jueza le llamó la atención a su defensa por no intervenir frente a preguntas incómodas que hacía la contraparte durante la audiencia. “Le reclamó porque parecería que no me estaba defendiendo”.

Mayo recuerda que su abogada le pidió estar dos horas antes de la audiencia en Quito para aconsejarle cómo iba a ser el juicio. La víctima llegó puntual. Su defensa apareció una hora y 40 minutos después. “Yo estaba nerviosa porque no sabía cómo estar ahí. Nunca me dijo lo que tenía que hacer”. Perdió el caso.

Martha Flores, en cambio, se encontró con un abogado “abusivo”. Hace un año habían convenido un trámite por $3.000 para que se encargue de un proceso de herencias. Hace dos meses, él pidió $1.000 adicionales a cada uno de los tres herederos por supuestos pagos de catastros. “Todo fue mentira. Averiguamos y solo debíamos pagar $45. Él nos exigía pagar todo para darnos los papeles. Cuando lo encaramos, nos dijo que le siguiéramos un juicio”.

Por su parte, Sofía Hidalgo acordó pagar $5.000 a un penalista para que defienda a su hermano en un juicio en el que se lo involucró por corrupción. Había cancelado $4.000, pero el día en que se convocó a la audiencia, su defensa le pidió $5.000 adicionales para presentarse. “De la desesperación tuve que pagarle. Pedí prestado a mis hermanos. Sigo endeudada”.

 ¿Quién sanciona estos ‘abusos’?

Desde el 9 de marzo de 2009, los procesos de sanción en contra de abogados en libre ejercicio recaen en el Consejo de la Judicatura. En los art. 336 y 337 se enumeran las sanciones. Las más leves se castigan con $1.200. Las más graves pueden generar la suspensión del ejercicio profesional por seis meses y eso sucede cuando:

1.- Se niegue, sin motivo justificado, a rendir cuentas a sus clientes.

2.-Se apropie, defraude, use indebidamente fondos en perjuicio de sus representados.

3.- Litiguen por él personas no autorizadas por la ley.

  1. No comparezcan a cualquier audiencia en la que su presencia sea necesaria para el desarrollo del juicio.

El proceso de sanción no es sencillo. Se inicia con una queja por parte del cliente en la que debe tener respaldos de las irregularidades. Luego, se abre un expediente dentro del Consejo de la Judicatura provincial. Ahí se deben presentar 12 requisitos que constan en el Reglamento para la aplicación del régimen disciplinario de los abogados en el patrocinio de las causas, vigente desde 2012, con plazos, términos, justificaciones, resumen de los hechos…

Luego el abogado puede presentar sus descargos y en caso de que haya una sanción, él puede apelar. El tiempo también juega en contra del denunciante. En seis meses prescribe la causa. Por lo engorroso del trámite, las personas con las que conversó La Hora prefirieron dejar pasar.

Tribunal de Honor

Antes de la entrada en vigencia del Código de la Función Judicial, en 2009, las sanciones a los malos abogados iban a un Tribunal de Honor de la Federación Nacional de Abogados del Ecuador.  Uno de sus representantes, Ramiro García, cree que se debería devolver esta competencia al gremio de los juristas. “Se podría tener un mejor control en aspectos técnicos del accionar de los colegas. Debería eliminarse la potestad disciplinaria del Consejo de la Judicatura”.

José Alomía, otro de los representantes de la Federación, señaló que antes tampoco se garantizaba el derecho de los clientes ante irregularidades de sus abogados. “En muchos casos habían sanciones en un primer nivel, pero los colegas apelaban al Directorio nacional donde les daban la razón”. Estas sanciones son diferentes a las que aplican los jueces en contra de los abogados que dilatan intencionalmente las diligencias en un caso.

Situación a escala internacional

En España, el Estatuto General de la Abogacía Española, en su art. 78 indica que “los abogados están sujetos a responsabilidad penal por los delitos y faltas que cometan en el ejercicio de su profesión”. Ahí se indica que se puede inhabilitar a un profesional hasta por 20 años cuando incurre en actos desleales.

En Estados Unidos está vigente el American Bar Association (BAR), una suerte de permiso para ejercer la profesión. Su objetivo es que los profesionales conozcan las reglas de conducta profesional del Estado, según una publicación de Icex.

Los abogados deben presentar un examen de ética y responsabilidad profesional a escala nacional, conocido como Multistate Professional Responsibility Examination (MPRE). Además de superar estas evaluaciones, los juristas deben aprobar un examen individual de moralidad, mediante el cual un comité conformado por colegas determina la honradez y sinceridad del candidato, su respeto a la ley, su responsabilidad fiscal y financiera, así como la lealtad y fidelidad en el desempeño de sus funciones.