Mayorías versus minorías

La Ley de Elecciones de 1999 preveía la designación de los parlamentarios en la segunda vuelta electoral. En el Código de la Democracia consta que se convoque en la primera vuelta electoral. Personalmente, considero que debe ser en la segunda vuelta para asegurar un mayor espacio de gobernabilidad. Sin duda que, en uno u otro casos, es importante que exista el contrapeso de las minorías. Las razones son las siguientes

1. Cuando retornamos al régimen democrático, el presidente Roldós tuvo en el Congreso una mayoría parlamentaria con representación de minorías de varias tendencias políticas. Del mismo modo, que las diferentes instituciones republicanas fueron constituidas con la representación de los otros partidos políticos, tales como; las comisiones permanentes del entonces Congreso Nacional, Corte Constitucional, Fiscalía de la Nación, Contraloría, Tribunal Supremo Electoral, Corte Suprema de Justicia, entre otros organismos del Estado.

2. En el actual gobierno, todos estos poderes del estado están controlados por el Ejecutivo, razón por la cual, existe la más absoluta impunidad para los funcionarios que cometen desaciertos en la actual estructura jurídica del Estado; no existe ninguna posibilidad para que intervenga alguna veeduría ciudadana.

3. Ningún juicio político prosperó en la Asamblea Nacional, por la presencia mayoritaria de los asambleístas progobiernistas, que han impedido a toda costa que este alto organismo del Estado cumpla con su rol fundamental de fiscalizar la acción pública del gobierno.

4. Es un imperativo histórico que la Asamblea analice los métodos de asignación de escaños de Webster a D´hondt; porque el perverso método D´Hondt es inequitativo que no permite la representación de las minorías. El fin es que haya un razonable contrapeso político en la Asamblea. (O)