Derecho a la defensa

Otro impase se registra en el Consejo de la Judicatura con la suspensión de la jueza Paola Dávila, quien levantó la prisión preventiva al exministro de Inclusión Económica y Social, Iván Espinel. La resolución, firmada por Marcelo Merlo, se produce por una denuncia de la Directora de la Unidad de Análisis Financiero y Económico. Se ampara en el numeral 5 del artículo 269 del Código Orgánico de la Función Judicial.

El vocal transitorio del Consejo, Juan Pablo Albán, criticó la decisión y la calificó como precipitada, por no haber cumplido con un proceso de investigación. La sanción a la jueza, aparte de lo cuestionable de su actuación en el caso Espinel, no le deja espacio a ejercer su derecho a la defensa, consagrado por la Constitución y leyes.

Cuando el Consejo de Participación Transitorio hizo los esperados cambios en la Judicatura se ofreció independencia en la Justicia y un giro radical en las relaciones con las cortes y sus miembros. Procesos de suspensión como el de la jueza Dávila requieren de dedicación colectiva, disciplina, previsión y sabiduría. El de ahora es otro impase que debe servir de lección a las partes, si es que quieren adecentar “nuestro” sistema judicial.

Queda la impresión de que las reglas de juego impuestas por Correa, luego de su “metida de mano” en la justicia e implementadas por su exsecretario, siguen en vigencia. La necesaria independencia y autoridad de la Función Judicial, partiendo desde la Corte Nacional de Justicia, continúa en entredicho. Si hay miedo entre los jueces, no hay entre ellos la necesaria libertad para ejercer sus delicadas tareas.


La verdad no está de parte de quien grite más”. Rabindranath Tagore Filósofo y escritor indio (1861-1941)

Leyendo una biografía, recordad que la verdad no se presta nunca a una publicación”. George Bernard Shaw Escritor irlandés (1856-1950).