Tribunal Penal sentencia a 8 miembros de la Policía por el 30-S

Tribunal Penal sentencia a 8 miembros de la Policía por el 30-S
PROTESTA. El 30 de septiembre del 2010, Servidores policiales manifestaron su inconformidad con el Gobierno.

IBARRA.

Un Tribunal Penal de Imbabura sentenció a un año de privación de libertad a ocho miembros de la Policía de la subjefatura de Otavalo, quienes participaron en una manifestación y abandonaron sus labores, según la información proporcionada.


Los hechos de los que fueron acusados los policías y clases tienen relación al 30 de septiembre de 2010, cuando centenares de uniformados protestaron a una ley aprobada por la Asamblea. Esa mañana, el presidente de Ecuador, Rafael Correa, momentos en que llegaba al Regimiento Quito, recibió duras protestas por los agentes del orden que se concentraban en ese recinto.



Piden nulidad

El pasado viernes 4 de diciembre, los jueces del Tribunal, con base a las pruebas presentadas por la Fiscalía y luego de las deliberaciones correspondientes, dictaron la sentencia a un año de privación de libertad. Sin embargo, los abogados de la defensa pidieron la nulidad de la pena que será conocida en otra audiencia.


Posteriormente, apelarán la decisión de este primer tribunal ante la Corte Multicompetente. Hasta entonces, ninguno irá a prisión, sino que continuarán cumpliendo con sus funciones.

Bajas y evidencias

Se informó que dos de los ocho ya se encuentran con la baja de las filas policiales. La Fiscalía, luego de las investigaciones pormenorizadas, presentó al Tribunal varias pruebas: tres videos, testimonios de dos periodistas, documentos certificados, fotografías, audios, entre otras.

Se argumentó que ese día, los elementos de la Policía dejaron de cumplir con sus labores diarias. “El bien jurídico de brindar seguridad pública fue violentado ese día desde las 08:30 hasta las 12:30 y solo a las 20:00 se normalizaron sus labores”, expuso el Fiscal.

“Ese día paralizaron el normal desarrollo de los servicios públicos de la Agencia de Tránsito de Otavalo y salieron del interior del cuartel y colocaron pancartas que decían: ‘no dejemos que quiten nuestros derechos; no más intromisión de los asambleístas en las conquistas ganadas y conseguidas por la Policía Nacional’”, se informó. (CHRPW)


Sentencia


La Fiscalía pudo probar la materialidad de la infracción y la responsabilidad de cada uno de los miembros policiales con toda la exhibición de las pruebas.


Con estos elementos de convicción aportados, el Tribunal dictó sentencia condenatoria en calidad de autores del delito tipificado en el artículo 158 del Código Penal y que se encuentra también en el artículo 346 del Código Orgánico Integral Penal COIP.