Superintendente de Comunicación considera necesario eliminar a la Supercom

Édison Toro, superintendente de Comunicación.
Édison Toro, superintendente de Comunicación.

Redacción, QUITO

El superintendente de Comunicación, Édison Toro, indicó en una rueda de prensa que considera necesario eliminar a la Supercom dentro de las reformas de la Ley de Comunicación con el fin de garantizar la libertad de expresión.

Édison Toro consideró necesaria también la eliminación del artículo de la Ley de Comunicación que establece a la comunicación como servicio público y respalda la eliminación de esta enmienda constitucional.

Por otro lado, explicó que existen 706 actos administrativos sancionatorios dentro de la Superintendencia de Comunicación. Esto de un total de 1187 actos. No todos los actos tendrían una revisión al haber sido dictados desde el 2014 y debido a los tiempos de caducidad actuales según el Código Orgánico Administrativo (COA). Sin embargo, el superintendente indicó que algunos están en trámite y sólo queda resolverlos. Del total de casos del último año, menos del 1% de actos podrán ser revisados válidamente y obtener algún tipo de consecuencia jurídica válida.

Antes de la vigencia del COA, el tiempo del recurso de revisión eran 3 años, actualmente es 1 año a partir de que se inicia la revisión. Toro recalcó que existe la posibilidad de discutir una ampliación del plazo para revisión de los actos y así evitar la limitación de los casos.

Respecto a la difusión de los contenidos musicales dentro del 1×1, Toro indicó que a pesar de que en principio parecía ser una resolución positiva, varios artistas nacionales no ven una garantía de su actividad. Explicó que habría que revisar si dentro del control y regulación de contenidos se puede cambiar el plan de comunicación de un medio. “Si el planteamiento es sobre música de un solo tipo, y el artista nacional no tiene el mismo número de canciones para ese espacio, nunca se podrá cumplir ese aspecto”, dijo.

“Habrá que pensar en espacios semanales o franjas diarias de música en los que la gente que quiera promocionarse, abra espacios.” Indicó que es necesario construir una política pública respecto a la música y aspectos culturales para tener más espacios de promoción para los artistas.

Respecto a la limitación de acceso a la información, mencionada por la CIDH, Toro señaló que mientras la ley actual esté vigente debe ser aplicada bajo estándares internacionales y los principios constitucionales.

“Se tiene indicios de que varias resoluciones sancionatorias violentaron el debido proceso y normas materiales en su aplicación, y eso amerita una revisión dentro de los límites jurídicos de la ley.”, recalcó.

En cuanto a la responsabilidad ulterior, el superintendente dijo que los medios de comunicación tienen responsabilidades y “no deben tener una licencia abierta a su actividad”. En casos de vulneración a la honra y al buen nombre, señaló que un juez deberá ser quien determine si la libertad de expresión pesa más o menos respecto al derecho al honor de una persona. “Ningún derecho es absoluto, ni siquiera la libertad de expresión”, dijo, pero sí tienen parámetros de interpretación dados por la Constitución y estándares internacionales.

Respecto al linchamiento mediático, Toro señaló que, al ser una figura controvertida, es complicado establecer cuándo es un linchamiento. Señaló que “esto pudo haber limitado y puede limitar al periodismo de investigación”. En la línea de tiempo mantenida durante una investigación, “más de dos entregas periodísticas podrían considerarse linchamiento mediático”, añadió.