Anoche concluyó aprobación de Reglamento

Últimos artículos aprobados. La votación más baja fue de 84.

Diez mil personas para ley
Un proyecto de ley sólo podrá ser presentado con el respaldo de diez mil personas o siete asambleístas. Quince mil personas menos que la propuesta inicial.

Informe de mayoría prevalece
El informe de mayoría prevalecerá en la aprobación de las leyes que trate la Asamblea Constituyente. Si éste documento no es aprobado por el Pleno se debatirá y aprobará artículo por artículo. El primer debate se reduce a la Mesa de Legislación y no al Pleno, como manda la Constitución.

Observaciones y no veto del Ejecutivo
El Ejecutivo podrá remitir observaciones dentro de los siguientes diez días una vez que se le remitan el proyecto y los informes respectivos a la Comisión de Legislación y Fiscalización; la cual deberá incluirlo o rechazarlo por mayoría absoluta.

Fiscalización regulada por Comisión Directiva
La fiscalización en la Comisión de Legislación y Fiscalización será regulada por la Comisión Directiva, entre sus atribuciones está analizar y juzgar los actos de los dignatarios y funcionarios del Estado.

Dos asesores y un asistente
Cada asambleísta contará con dos asesores y un asistente administrativo, tendrán una relación de servidores públicos que culminará al término de la Asamblea. Los sueldos, viáticos, movilización y demás emolumentos serán reglados por la Comisión Directiva, cuyo presupuesto no podrá ser cambiado por el Ministerio de Economía.