La legítima defensa

Ángel Polibio Chaves

A muchas personas les habrá parecido extraña la escena vivida en una de las principales avenidas del centro financiero de Quito la mañana del miércoles 1 de junio, cuando veíamos a dos policías que no atinaban a reaccionar frente a  delincuentes que con armas en la mano los amenazaban mientras se retiraban del lugar de los hechos, seguramente en esos instantes, más pesó la experiencia de su colegas presos, enfrentados a juicios penales por hacer uso de sus armas.

Mientras tanto, los “legisladores” estaban entrampados en las maniobras para hacerse de la Presidencia de la Asamblea, tratando de desentrañar qué  será eso del “uso progresivo de la fuerza”, pues posiblemente lo único que alcanzaban a entender es eso de la fuerza de ochenta y un votos para hacer lo que les diera la gana, aunque sea ilegítimo.

En la escuela de Derecho aprendimos sobre una antigua institución llamada “ legítima defensa”, que implicaba tres elementos básicos : actual agresión ilegítima, falta de  provocación de quien la ejercía, y proporcionalidad del medio empleado para repelerla. Así, de un rápido examen de la reacción que debían tener los policías en este caso si hacían uso de sus armas, lo habrían hecho en legítima defensa, pues sin duda había en el instante una agresión ilegítima, no había de su parte provocación alguna y, frente a armas de fuego, cabía el uso de armas de fuego.

No habría sido necesario el amparo de este difuso concepto del “uso progresivo  de la fuerza”, cuyo desarrollo posiblemente pondrá  a las fuerzas de la Ley en un laberinto de condiciones que impedirán su aplicación oportuna y eficaz. Por ello cada vez son más los delincuentes que andan cometiendo delitos y matando a la gente; es que ellos sí saben aplicar la ley a su favor, con la incalificable complicidad de las “damas de los derechos humanos”.