Liquidación Sociedad Conyugal PAULINA ALEXANDRA VEJAR ROMERO Y CESAR MIGUEL ACOSTA

Dra. Rocío García Costales, Msc.

EXTRACTO

Quito, Febrero 02 del 2022.

Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante el Abogado ALDO SANTIAGO SALAZAR ALAVA, Notario Décimo Séptimo (Suplente) del cantón Quito, el día 28 de Enero del 2022, los señores PAULINA ALEXANDRA VEJAR ROMERO Y CESAR MIGUEL ACOSTA ANDINO, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal; el mismo que fue Disuelto el vínculo Matrimonial mediante Acta Notarial de Divorcio celebrada el 30 de marzo del 2021, ante la Notaria Décimo Séptima del cantón Quilo, se declaró disuelto el vínculo matrimonial y por lo tanto quedó disuelta la sociedad conyugal que tenían formada, cuya acta se encuentra marginada en la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación el 06 de abril del 2021.- Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros correspondientes, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una sola

publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores PAULINA ALEXANDRA VEJAR ROMERO y CESAR MIGUEL ACOSTA ANDINO, otorgada ante el Abogado ALDO SANTIAGO SALAZAR ALAVA, Notario Décimo Séptimo (Suplente) del cantón Quito, el día 28 de Enero del 2022, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.

Particular que pongo en conocimiento los fines legales correspondientes.

DRA. ROCÍO ELENA GARCÍA COSTALES

NOTARIA DÉCIMA SÉPTIMA DEL CANTÓN QUITO

Hay firma y sello