JUICIO 3704-2021

Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica

EXTRACTO

MINISTERIO DEL AMBIENTE AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA. – DIRECCIÓN ZONAL 5 GUAYAS. – Guayaquil, 3 de enero del 2022, a las 15h19.- EXPEDIENTE. No. 3704-2021.- PRIMERO: Incorpórenla al expediente el escrito, con anexos, presentado con fecha 15 de diciembre del 2021 por la señora María Soraya Maldonado Rodríguez, dando contestación a la providencia que antecede. Vista la solicitud y demás documentación complementaria presentada por la señora María Soraya Maldonado Rodríguez, propietaria de la hacienda ‘Fátima», donde solicita la Autorización para el Uso y Aprovechamiento Productivo del Agua proveniente de dos pozos: Pozo Profundo, requiriendo un caudal de 31,25 l/s para riego de 25 Has de cultivo de banano; y, Pozo Somero, requiriendo los siguientes caudales: a) 4,30 l/s para el lavado y proceso de empaque de fruta (uso industrial); y, b) 0,136 l/s para consumo humano, dentro del predio ubicado en el cantón Baba, provincia de Los Ríos. Finalmente, manifiesta que no necesita establecer servidumbre forzosa; que desconoce a los vecinos circundantes de la fuente materia de la petición; y, que no posee la Licencia de Exploración. SEGUNDO: En atención a la documentación presentada, la misma que por reunir los requisitos de ley se la acepta al trámite, calificándola de clara, completa y precisa, asignándole el No. 3704-2021.- En lo principal, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III, Sección Primera, Art. 123 y siguientes de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, en cuanto a las Normas de Procedimiento Administrativo para Regular el Uso y Aprovechamiento del Agua, y a lo establecido en el Art. 126 literal a) ibídem, en relación a los Principios de Publicidad y Competencia, se dispone: 1.- Cítese a los usuarios conocidos o no, por la prensa mediante un extracto de la solicitud y esta providencia por tres veces consecutivas, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Los Ríos. Finalizado el plazo de publicaciones, el usuario deberá presentar en tres días plazo, la documentación de respaldo del proceso de publicidad. 2.- Fíjense los carteles en tres de los lugares más concurridos de la localidad esto es, en el cantón Baba, provincia de Los Ríos; que deberán permanecer expuestos por 10 días consecutivos, comisionándose al señor Jefe Político de dicho cantón. Una vez realizadas tales diligencias mencionadas, procederá a emitir la correspondiente certificación de cumplimiento y remitir todo lo actuado a esta cartera de estado. 3.- En conformidad con el literal b) del Art. 23 y el literal b) del Art 90 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento de Agua, se dispone que se oficie a la Agencia de Regulación y Control del Agua con la finalidad de que proceda a emitir la correspondiente Certificación de disponibilidad del Agua de la fuente solicitada, en calidad y cantidad suficientes sobre la base de la información registrada sobre inventarios, balances hídricos, autorizaciones y permisos otorgados. 4.- Hecho que fuere lo dispuesto en los numerales que anteceden, oportunamente se designará perito para que se realice la Inspección técnica pertinente. 5.- Téngase en cuenta los correos electrónicos [email protected] y [email protected] señalados para notificaciones.- Actúe la Abg. Sophia Guamán F., en calidad de Secretaria Ad-Hoc del despacho.- NOTFÍQUESE Y CÚMPLASE. – Proveyó y firmó la providencia que antecede, la Ing. Isabel Tamariz Mata, Directora Zonal Guayas del Ministerio de Ambiente, Agua, Transición Ecológica. – Lo certifico. – Guayaquil, 05 de enero de 2022.

Abg. Sophia Guamán Fernández

SECRETARIA AD-HOC