JUICIO 12335-2022-00228

R. del E.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MOCACHE

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: VERA ALVARADO OSWALDO VICENTE.

SE LE HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial ha comparecido a esta unidad judicial ha demandar por prescripción extraordinario adquisitiva de dominio el señor ERWIN FRANCISCO CASTRO AGUIRRE en contra de VERA ALVARADO OSWALDO VICENTE; por lo cual está demandando una cavidad de 0.3541 has del que tiene forma rectangular irregular, ubicado en el recinto El Triunfo Maculillo, perteneciente al Cantón Mocache, Provincia de Los Ríos. AUTO INICIAL: Mocache, martes 10 de mayo del 2022, las 14:28.- Avoco conocimiento del presente  juicio N.- 12335-2022-00228 por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142, 143 y 146 del Código Orgánico General de Procesos, se califica de clara, precisa, completa y se acepta a trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con las normas establecidas en el artículo 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos COGEP, en contra de VERA ALVARADO OSWALDO VICENTE; y a los personeros del GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN MOCACHE; 2.- CITACION: los artículos 53, 54 y 55 del COGEP, ordeno CITAR  a los personeros del GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN MOCACHE, asi como a VERA ALVARADO OSWALDO VICENTE; de conformidad a lo estipulado en el numeral 1 del artículo  56 del COGEP; y con fundamento en el juramento rendido por la parte actora que obra a fojas 17 el proceso, en la que señala desconocer el domicilio de VERA ALVARADO OSWALDO VICENTE: Concediéndose a la parte demandada el término de treinta (30) días, de conformidad con el Art. 291 del COGEP, para: I.- Que conteste la demanda, reconvenga de ser pertinente y proponga excepciones, y II.-  De conformidad con los artículos 151, y 153 Ibídem; y, al tenor de lo dispuesto en el Art. 152 de la norma señalada deberán realizar anuncio o solicitud de pruebas con la contestación a la demanda por escrito.

FUNDAMENTOS DE DERECHO: La presente demanda la fundamento en lo dispuesto en los Arts. 603, 715, 2392, 2410, 2411, 2413 y más pertinentes del Código Civil. Art. 289 y 291 del Código Orgánico General de Procesos.

TRÁMITE.- ORDINARIO.

CUANTÍA.- INDETERMINADA.

JUEZ DE LA CAUSA.- Ab. Jimmy Iza Barahona, Juez Titular de la Unidad Multicompetente con sede en el Cantón Mocache -Los Ríos. Lo que comunico a usted, para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo electrónico, para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto, caso contrario se lo considerará y se continuará el trámite en rebeldía.

Mocache, Mayo 18 del 2022.

 

AB. ADALBERTO ARREAGA SORIANO SECRETARIO (E)

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MOCACHE