JUICIO 12335-2022-00175

R. del E.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MOCACHE

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: LIBIA MARLENE BARRIONUEVO FALCON. 

SE LE HACE SABER: Que en la Unidad Multicompetente con sede en el Cantón Mocache, se ha presentado el señor MARIO GUILLERMO CERDA OLIVO, presentando juicio de Divorcio por causal en contra de la señora LIBIA MARLENE BARRIONUEVO FALCON; al cual se le asignó el No. 12335-2022-00175, cuyo extracto es como sigue: OBJETO DE LA DEMANDA: la accionante manifiesta que, con la señora LIBIA MARLENE BARRIONUEVO FALCON, el 09 de febrero del 2005, mi ex pareja abandono el hogar que teníamos formado, Cantón Mocache, Provincia Los Ríos;.-   AUTO INICIAL: Mocache, martes 10 de mayo del 2022, a las 15:39. Avoco conocimiento del presente juicio de DIVORCIO POR CAUSAL ha MARIO GUILLERMO CERDA OLIVO en contra de LIBIA MARLENE BARRIONUEVO FALCON.- PRIMERO: Aceptar la demanda al trámite sumario que corresponde, SEGUNDO: Considérese que dentro de la unión matrimonial no han adquirido bienes inmuebles, que procrearon 2 hijos que a la actualidad son mayores de edad; CUARTO: Cítese a la demandada señora LIBIA MARLENE BARRIONUEVO FALCON, por medio de la prensa, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se dispone que el actuario del despacho confiera el extracto correspondiente y se publique en uno de los Diarios que se editan en esta ciudad,.- Se le prevendrá a la demandada que deberá contestar la demanda en la forma prevista en el Art. 151 ibídem y se otorgará término de QUINCE DÍAS para contestar la demanda en virtud de lo dispuesto en el Art. 333 numeral 3 de la ley antes referida.- Así mismo deberá anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el Art. 152 del mismo cuerpo legal;

FUNDAMENTOS DE DERECHO: La presente acción la fundamento en los Art. 81 y Art. 110 numeral 9 del Código Civil en vigencia; y el Art. 332 y 333 del COGEP.- 

TRÁMITE.- SUMARIO. 

CUANTÍA.- La cuantía por su naturaleza es indeterminada. 

JUEZ DE LA CAUSA.- Ab. Jimmy Iza Barahona, Juez Titular de la Unidad Multicompetente con sede en el Cantón Mocache -Los Ríos. Lo que comunico a usted, para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo electrónico, para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto, caso contrario se lo considerará y se continuará el trámite en rebeldía.

Mocache, Mayo 18 del 2022.      

AB. ADALBERTO ARREAGA SORIANO SECRETARIO (E)

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MOCACHE.-