JUICIO 12334-2021-01010

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: TODAS LAS PERSONAS INTERESADAS O DE QUIENES PUEDAN TENER INTERÉS EN EL ASUNTO O PRETENSIÓN DE ESTA CAUSA.-

ACTOR: PAZMIÑO MORA FLAVIO GENARO

JUICIO: VOLUNTARIO  12334-2021-01010.

CAUSA: OTROS JUEZ DE LA CAUSA: AB. MARY TOAPANTA ERAZO.

AUTO DE CALIFICACION.- Babahoyo, jueves 11 de noviembre del 2021, las 11h06, VISTOS: AB. Mary Isabel Toapanta Erazo, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Babahoyo, mediante acción de personal N° 2330-DPLR-2018-ZF Fecha 02/mayo/2018 del Consejo de la Judicatura, por el sorteo de ley y a lo dispuesto en el Art. 239 del Código Orgánico de la Función Judicial y resolución 192 C.J. de fecha 216 de febrero del 2014, avoco conocimiento de la demanda que antecede, en lo principal, CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- La demanda presentada por Pazmiño Mora Flavio Genaro, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento VOLUNTARIO.- DILIGENCIAS: 1.- Cítese a la demandada Dra. SUSANA HENRIQUEZ CARRERA, en calidad de Registradora de la Propiedad del Cantón Babahoyo (E) en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada y este auto inicial de calificación; 2.- Cítese, a todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto o pretensión de esta causa ( inscripción de escritura pública), mediante 3 publicaciones por la prensa en uno de los  diarios de mayor circulación nacional que se edite en esta ciudad de Babahoyo o el país, para lo cual, entréguese el respectivo extracto de la demanda y este auto; 3. -TÉRMINO DE CONTESTACIÓN A LA DEMANDA.-En virtud de lo establecido en el artículo 333.3 del COGEP aplicable a este procedimiento  se concede el término de 15 días a fin de que la parte  demandada conteste a la demanda, (téngase en cuenta lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2do inciso del COGEP que establece.- “Transcurridos veinte días desde la última publicación para contestar la demanda”; ANUNCIO DE PRUEBAS.- Considérese el anuncio de los medios probatorios los mismos que se admitirán en el momento procesal oportuno.-Agréguese la documentación aparejada a la demanda.- Tómese nota el casillero judicial y correos electrónico señalado por el actor, así como la designación de su Ab. Patrocinador.-Actúe la Ab. Ilian Maldonado Tapia, Secretaria (e) de este despacho.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- PRETENCION CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE: Exijo que en el primer auto en que avoque conocimiento de mi demanda, se la admita a trámite correspondiente, se dispone que cite a la demandada, y, que luego de realizada la audiencia respectiva, se declare, en sentencia, con lugar mi demanda y se ordene a la señora Registradora de la Propiedad del cantón Babahoyo, la inscripción de mi escritura.-

Babahoyo, 19 de 2022

AB. Ilian Maldonado Tapia SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN BABAHOYO