JUICIO 12334-2021-00970

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON BABAHOYO

EXTRACTO DE CITACION

SE LE HACE SABER

A: LOS PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE VICTOR CORNEJO VERA.

ACTOR: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO JUICIO: ORDINARIO No. 12334-2021-00970

CAUSA: PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO JUEZ DE LA CAUSA: VALAREZO HONORES LUIS HUMBERTO AUTO DE CALIFICACION.- Babahoyo, jueves 11 de noviembre del 2021, las 17h53, CALIFICACION DE DEMANDA.- En lo principal, por cuanto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación inmediato anterior, DISPONGO: La Demanda Presentada Por MAXIMO RAMIREZ TOMALA en contra de LOS PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE VICTOR CORNEJO VERA, es clara, precisa y al cumplir con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO.-DILIGENCIAS: 1.-CÍTESE A LOS SEÑORES: PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS de quien en vida llamó VICTOR CORNEJO VERA, ASI COMO A TODA PERSONA que se creyere con algún derecho sobre el bien inmueble que el accionante pretende usucapir, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Babahoyo o de la Provincia de Los Ríos, conforme lo determina los numerales 1 y 5 del Art. 56 ibídem, a quienes Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, después de veinte días contados de la última publicación se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del COGEP; Para el efecto el señor Actuario de este despacho remitirá vía casilla judicial señalada de forma inmediata el extracto de la demanda y de este auto; 3.-CITESE al señor Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Municipal del cantón Babahoyo, en sus oficinas de la mencionada institución, en atención a lo que determinan los Arts.55 literal a) y Art.60 del Código Orgánico de Organización territorial, autonomía y descentralización.- Los Funcionarios Públicos, una vez citados, contesten la demanda en el término de TREINTA días, para lo cual, de igual forma se remitirán las boletas respectivas al Citador de esta Unidad Judicial para el cumplimiento de la citación; 5.- INSCRIPCIÓN DE DEMANDA.- De conformidad a lo que establece el Art. 146 incisos 7 y 8 del COGEP, Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Babahoyo, para lo cual, notifíquese en legal y debida forma a la señora Registradora de la Propiedad del cantón Babahoyo, de lo que quedará expresa constancia en autos.-Téngase en cuenta la cuantía señalada.- Tómese nota del correo electrónico señalado por la actora para notificaciones y autorización que confiere a su defensor.-Actúe la Abogada Ilian Maldonado Tapia, Secretaria ( e ) de este despacho.- 

CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-

OBJETO DE LA DEMANDA.- Señor juez soy el poseedor real desde el 11 de Marzo del1976, esto es por más de 15 años de un lote de terreno con un área de cuatro mil trescientos sesenta punto cincuenta y dos metros cuadrados, terreno que se encuentra ubicado en el sitio denominado LA DELIA perteneciente a la jurisdicción de Pimocha del Cantón Babahoyo, Provincia de Los Ríos, y que se encuentra circunscrito bajo los siguientes linderos, y dimensiones : POR EL NORTE: con Francisco Coello con 113,06 metros lineales, POR EL SUR, con Guillermo Quinto, con 8,59,10,81,9,98,796,12.01,27,34y 39, 85 metros que equivalen a 116,54metros lineales, POR EL ESTE, con carretero BABAHOYO QUEVEDO con 27, 27 metros cuadrados, y, POR EL OESTE, con 22 y 18, 57,52 metros con el estero seco,79,70 metros lineales ,que equivale al área total de 4360,52 metros. Posesión que la mantengo de forma tranquila, pacífica y no interrumpida.-LA PRETENCION ES CLARA Y PRECISA:.-Que el auto de admisión a la demanda se ordene su inscripción en el Registro de la Propiedad de este Cantón de Babahoyo, que en el auto de calificación se proceda a citar de conformidad con lo que establece los Artículos 56 y 58 del COGEP que en sentencia se declare con lugar mi demanda, ordenando a la señora Registradora de la Propiedad del Cantón Babahoyo la inscripción de la sentencia de los terrenos antes mencionados. Particular que comunico a ustedes para los fines legales pertinentes.- Babahoyo, 19 de Enero del 2022

Ab. Ilian Maldonado Tapia

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO