JUICIO 12331-2020-00718

12331-2020-00718- OFICIO-01954-2022

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO

EXTRACTO DE CITACION

A: JUAN JOSE CEVALLOS CHIANG, WILLIAM JOSE CEVALLOS CHIANG Y NATALIA MARGOTH CEVALLOS CHIANG

SE LE HACER SABER QUE: Juicio No. 12331-2020-00718, en el proceso civil, tipo de Procedimiento: Ordinario Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio de seguido por

ACTOR: CARMEN ISABEL BUSTE BASURTO.

DEMANDADOS: JUAN JOSE CEVALLOS CHIANG, WILLIAM JOSE CEVALLOS CHIANG Y NATALIA MARGOTH CEVALLOS CHIANG.

OBJETO DE LA DEMANDA. La señora CARMEN ISABEL BUSTE BASURTO presenta la demanda de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio, Juicio No. 12331-2020-00718 seguido en contra de JUAN JOSE CEVALLOS CHIANG, WILLIAM JOSE CEVALLOS CHIANG Y NATALIA MARGOTH CEVALLOS CHIANG. Al amparo en los numerales 23 y 26 del Art. 66 de la Constitución de la República, en concordancia con los numerales 1, 2 y 5 del Art. 240 del Código Orgánico de la Función Judicial y Arts. 142, 143, 144, 289 y 290 del Código Orgánico General de Procesos. Así mismo establezco como fundamento de mi pretensión la norma sustantiva señalada en los artículos 603,715, 969, 2392, 2393 2398, 2405, 2410, 2411 y 2413 del Código Civil, concurro ante su autoridad para demandar como en efecto demando a los señores JUAN JOSE CEVALLOS CHIANG, WILLIAM JOSÉ CEVALLOS CHIANG, NATALIA MARGOTH CEVALLOS CHIANG, herederos presuntos o desconocidos de quienes en vida llamaron JOSE MANUEL CEVALLOS ESCANDON y CARMEN MARGOT CHIANG CHANG, quien fueron propietarios del mencionado bien raíz; y, a todas las personas que pueden haber tenido, derechos que quedaron extinguidos, por la prescripción que ejerzo en esta acción, el dominio y la posesión por prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio que ejerzo en este acto de dominio, para que en SENTENCIA se sirva DECLARARME dueña y/o propietaria del predio rústico identificado con el código catastral No. 22-0150000, conforme lo justifico con los pagos anuales al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quevedo, ubicado en la parroquia “LA ESPERANZA“, sector Ana María, ubicada en la vía cantón Quevedo al cantón Valencia, área perteneciente al cantón Quevedo, Provincia de los Ríos. De acuerdo con el levantamiento topográfico realizado en el predio rustico que mantengo en posesión tiene los siguientes linderos y dimensiones que son: Por el Norte: Vía Quevedo ± Valencia, con 173,55 metros; Por el Sur: Virgilio de la Cruz, con 400,86 metros; Sr, Soto con 33.73 metros; y Patricio Santa María, con 160, 49 metros. Por el Este: Omar Juez, con 382,75 metros; y por el Oeste: Carmen Buste, con 560,49 metros. Medidas que dan un área total de 96.108,0123M2. Área Total de 9,6108 hectáreas. PRIMERO. – La demanda que presenta CARMEN ISABEL BUSTE BASURTO, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO. SEGUNDO: Quevedo, lunes 14 de marzo del 2022, las 16h41, Agréguese al expediente el acta de declaratorio bajo juramento que antecede, así como el escrito de fecha lunes 14 de marzo del 2022, a las 15h25 presentado por la accionante Carmen Isabel Buste Basurto.- Se ordena la citación de los herederos CONOCIDOS JUAN JOSE CEVALLOS CHIANG, WILLIAN JOSE CEVALLOS CHIANG, NATALIA MARGOTH CEVALLOS CHIANG, en la forma prevista en los artículos 56 y 58 del Código General de Procesos, mediante tres publicaciones realizadas en un periódico de gran circulación. Debiendo el actuario elaborar el extracto de citación. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. JUEZ DE LA CAUSA: AB. RAUL ANTONIO GOYES REYES. – Lo que comunico a Uds., para los fines de Ley. Proviniéndole la obligación que tienen de comparecer a juicio y de señalar domicilio judicial en el cantón Quevedo, dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario serán considerados o declarados rebeldes.

Atentamente.,

HERNAN ALFONSO RIVERA SOLORZANO

SECRETARIO

DE LA UNIDAD JUDICIAL

CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO