Antes de terminar su mandato, Lenín Moreno vetó la Ley de Régimen Tributario Interno. Pero este 27 de junio de 2021, la Corte Constitucional rechazó el veto.
Lenín Moreno vetó totalmente – el 21 de mayo de 2021– la Ley del Régimen Tributario Interno que fue aprobada por la anterior Asamblea y enviada el Ejecutivo.
El ejecutivo alegó que se transgredía los artículos 135 y 301 de la Constitución, que disponen que solo el Ejecutivo podrá establecer, modificar o exonerar impuestos.
Sin embargo, este 27 de junio 2021 la Corte Constitucional (CC) informó su dictamen sobre la objeción presentada a la reforma tributaria sobre la devolución del IVA y declaró improcedente la objeción presidencial; esto en lo relativo al proceso de retención de recursos generados por el IVA en favor de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) y las universidades.
La Corte detalla que la objeción no procede porque la reforma no extingue o modifica el IVA y que además «no busca aumentar el gasto público o modificar la división política y administrativa del país”, agrega la CC.
El dictamen también indica que la Asamblea debe promulgar la reforma tributaria, y esto implica su publicación en el Registro Oficial.
????BOLETÍN | La Corte declaró improcedente la objeción presidencial presentada al Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario Interno, debido a que las disposiciones objetadas no plantean la creación, derogatoria o modificación del IVA.
Más➡️https://t.co/mRQyKiBY5T pic.twitter.com/8tlmVdfjvT— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) June 27, 2021
Los que dice la Ley
Esta Ley dispone que el IVA que cobran los Gobiernos Autónomos Descentralizados y universidades por bienes y servicios se retenga de manera directa.
El objetivo, según la Asamblea, es eliminar el trámite burocrático para que los recursos pagados se queden en los municipios y prefecturas locales. (AVV)