Así puedes solicitar una nueva prueba de ingreso a la universidad

Trámite. El proceso se realizará a través de internet.

Desde el 2 hasta el 4 de diciembre de 2021 los aspirantes a carreras de tercer nivel deberán realizar el proceso denominado Retorno al Acceso a la Educación Superior.

Según la Senescyt, esta etapa consiste en solicitar autorización, ya sea para rendir una nueva evaluación o para participar en el proceso de admisión respectivo, con la nota más alta obtenida en alguno de los periodos de admisión previos.

Para realizar este trámite el postulante debe ingresar a la página web transformar.senescyt.gob.ec.

La entidad detalló 13 casos en los que los postulantes deben solicitar el Retorno al Acceso a la Educación Superior. (RMC)

Casos

  1. Cuando los aspirantes no hayan hecho uso de su cupo en el periodo en el cual fue asignado y hayan cumplido el periodo de penalidad (un periodo académico).
  2. Los aspirantes que hayan agotado su segunda matrícula en nivelación de carrera.
  3. Cuando la institución de educación superior certifique que no abrirá el curso de nivelación, para que el aspirante pueda hacer uso de su segunda matrícula, o ya haya transcurrido 4 periodos académicos posteriores a la reprobación de la primera matrícula.
  4. Los aspirantes que hayan obtenido un cupo en una carrera focalizada (policías y militares) y no puedan volver a la misma, porque fueron dados de baja. En caso de obtener un nuevo cupo, el mismo no será gratuito.
  5. Cuando el aspirante obtuvo un cupo y agotó las posibilidades de matrícula en la misma carrera, materia o asignatura. Existe impedimento académico. En caso de obtener un cupo, la nueva carrera no será gratuita.
  6. Podrán solicitar participar en el proceso para obtener una segunda carrera los estudiantes de carrera (estudiantes regulares o retirados), egresados o graduados, y la nueva carrera no dispondrá de gratuidad.
  7. Los aspirantes que hayan perdido la beca por no cumplir las condiciones establecidas o por temas socio-económicos. En caso de obtener un nuevo cupo en una institución de educación superior pública, el mismo será gratuito.
  8. Cuando la carrera del aspirante no haya sido abierta para el inicio de la nivelación o primer nivel de carrera, por no cumplir con el cupo mínimo de estudiantes, y cuya opción de reubicación no haya sido aceptada.
  9. Los aspirantes que no se presentaron a rendir la evaluación de competencias y habilidades para la educación superior, y ya cumplieron con la penalidad de no participación en el periodo de admisión.
  10. Los aspirantes que aprobaron la nivelación de carrera, no se matricularon en el primer nivel en el período inmediato siguiente a la aprobación, y la institución de educación superior no acepta la matrícula o ya ha transcurrido más de 4 periodos académicos.
  11. Los aspirantes que obtuvieron un cupo, aprobaron la nivelación y solicitaron un cambio de carrera y esta no fue aprobada por la Comisión Técnica de la Subsecretaría de Acceso a la Educación Superior.
  12. Cuando el aspirante que no haya obtenido cupo o no disponga de cupos activos en el Sistema Nacional de Nivelación y Admisión, y desea participar en la convocatoria Nacional en curso con una nota anterior a los últimos 4 procesos de acceso a la educación superior realizados.
  13. Los aspirantes que hayan finalizado sus estudios bajo el programa Grupo de Alto Rendimiento Internacional podrán solicitar la activación de su nota más alta, y en este caso, la nueva carrera no será gratuita.