SENAGUA

SECRETARÍA DEL AGUA
SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE MIRA
CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE TULCÁN

EXTRACTO DE CITACIÓN

A los usuarios presuntos y desconocidos de las aguas de la Quebrada La Chandosa y Dos Vertientes Sin Nombre, ubicadas en la Parroquia Maldonado, Cantón Tulcán, Provincia del Carchi, ha recaído la siguiente providencia:

PROCEDIMIENTO: General
ACTOR: Segundo Isidro Quiroz, Presidente de la Junta de Riego Santo Domingo.
AUTORIZACIÓN PARA APROVECHAMIENTO PRODUCTIVO DE AGUA No: C-005-2015- (C).

OBJETO: SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN PARA APROVECHAMIENTO PRODUCTIVO DEL AGUA DE LA QUEBRADA LA CHANDOSA Y DOS VERTIENTES SIN NOMBRE, EL CAUA DE 102,00 L/S DESTINADA PARA ABREVADERO DE ANIMALES Y RIEGO, UBICADAS EN LA PARROQUIA MALDONADO, CANTÓN TULCÁN, PROVINCIA DEL CARCHI.

SECRETARÍA DEL AGUA.- SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE MIRA.- CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE TULCÁN. Tulcán, 5 de mayo del 2015, las 14H25.-Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano de Tulcán, Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica Mira, Secretaría del Agua. En lo principal, la petición de Autorización para Aprovechamiento Productivo del Agua, presentada por el señor Segundo Isidro Quiroz, en calidad de presidente de la Junta de Riego Santo Domingo, es clara y reúne los requisitos de ley, por lo que se acepta a trámite. De conformidad a lo establecido en el Art. 123 en concordancia con el Art. 124 y más pertinentes de Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, la Autoridad Única del Agua ejerce jurisdicción nacional en materia de recursos hídricos y por delegación la autoridad administrativa en la jurisdicción respectiva. La autoridad Única del Agua en sus niveles desconcentrados ejercerá la competencia administrativa para conocer, tramitar y resolver, en primera instancia, las peticiones que para el otorgamiento de autorizaciones de uso y aprovechamiento del agua se presenten así como para ordenar registro, mediación y resolución de conflictos, son perjuicio de los derechos colectivos. El presente procedimiento se sujeta a las normas establecidas en la Ley vigente y en Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva. 1.- Con fundamento en el Art. 107 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, la presente solicitud está sujeta al aprovechamiento general. 2.- Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos de las Aguas de la Quebrada Chandosa y Dos Vertientes Sin Nombre, ubicadas en la Parroquia Maldonado, Cantón Tulcán, Provincia del Carchi, mediante tres publicaciones consecutivas del extracto de la solicitud y esta providencia de calificación en el Diario La Hora o El Norte, de mayor circulación en las provincia de Imbabura y Carchi, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 107 numeral tres inciso segundo del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua. 3.- Fíjese carteles durante el plazo de 10 días en tres de los lugares más frecuentados de la Parroquia Maldonado, Cantón Tulcán mediante comisión librada al señor Teniente Político de la Parroquia San Isidro, a quienes se les enviará a su despacho; 4.- Oportunamente se designará Analista Técnico de esta Dependencia, a fin de que realice el estudio técnico de la solicitud presentada; 5.- Agréguese al proceso la siguiente documentación: Petición, copias de cédulas de ciudadanía, certificados de votación, copias de las escrituras de propiedad del bien inmueble, padrón de usuarios, acta constitutiva de la Junta. Actúe en la presente causa como Secretaria la Ab. Edilma Huacanés Imbaquingo.- 6.- Téngase en cuenta el correo electrónico [email protected] y la Secretaría del Centro de Atención al Ciudadano de Tulcán, para recibir las correspondencias notificaciones. 7.- Actúe en la presente causa como secretaria jurídica Ab. Edilma Huacanés Imbaquingo que certifica. Notifíquese.- f) Ing. María Pitacuar Meneses, Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano de Tulcán, Subsecretaria de la Demarcación Hidrográfica de Mira, Secretaria del Agua.

Se comunica al público, para los fines pertinentes, previniendo a los interesados que tienen de fijar Domicilio Judicial para recibir las notificaciones, dentro de la Jurisdicción del Centro de Atención al Ciudadano de Tulcán, Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Mira.
Tulcán, 24 de agosto del 2015
Ab. Edilma Huacanés Imbaquingo
SECRETARIA JURÍDICA
Hay firma y sello
P151575-2015/63935