Secretaria del Agua

CITACION A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DEL RIO ILA, QUE SERÁN UTILIZADAS PARA USO INDUSTRIAL, FUENTE HIDRICA LOCALIZADA EN LA PARROQUIA LUZ DE AMÉRICA, CANTÓN SANTO DOMINGO, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS
EXTRACTO
SECRETARIA DEL AGUA, subsecretaría de la demarcación hidrográfica DE ESMERALDAS CENTRO DE atención al ciudadano-santo domingo de LOS TSÁCHILAS.- Proceso Administrativo Nro. 804-2016 -Aut (LM).- Santo Domingo14 de noviembre de 2016. Las 11H40.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido nombrada como Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas-Secretaria del Agua, mediante acción de personal No 000125-PC de 30 de marzo del 2016, así como lo señalado en los acuerdos ministeriales Nro. 2014-910 de 17 de Abril de 2014, en el que se expide la reforma y nueva Codificación al Estatuto Orgánico de gestión organizacional por procesos de la Secretaria del Agua. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2010-66 del 20 de enero del 2010, se establece y delimita las nueve demarcaciones hidrográficas y sus respectivas zonales. Que mediante acuerdo Ministerial N. 2009-46 expedido el 13 de noviembre del 2009, se crea la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas. Que mediante acuerdo Ministerial No. 2009-48 de 4 de diciembre del 2009 se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional de Procesos de la Secretaria del Agua. En lo principal: Agréguese al expediente el escrito presentado por el señor Osear Tejedo Ito, en calidad de GerenteGeneral de la COMPAÑÍA PROCESADORA DE CAUCHO ECUATORIANO S.A. PROCAESA, de fecha 15 de julio del 2016 a las 08H25, manifestando que solicita el uso de las aguas que circulan por el río ila, en un caudal que será determinado por el perito, las aguas serán destinadas para uso industrial. Con estos antecedentes esta Autoridad DISPONE: 1.- Se acepta a trámite la solicitud de Autorización por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos establecidos en la Ley en apego a lo dispuesto en los Arts. 3, 4, 7, 18 literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a), 87 numeral 2 literal c), 93, 94,125, 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos y Usos de aprovechamiento de agua del Art 107 del Reglamento General Aplicación a la ley 2.- Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 literal b), del Reglamento General Aplicación a la Ley. Cítese con la demanda y la presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y ésta providencia, publicaciones que se lo deberá hacer en un periódico de circulación de la localidad de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas. 3.- Fíjense carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la parroquia Luz de América, Cantón Santo Domingo, Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, 4.- El peticionario en el término de 72 horas deberá retirar la comisión librada al señor Teniente Político 5. Téngase en cuenta para sus notificaciones teléfonos números 6011548, 6038326, 0985885929 y los correos electrónicos [email protected]. Actué la Abg. Leidy Melo Sánchez, en calidad de Secretaria Ad Hoc. NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE….f) Ing. María Augusta Villacís. SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS.
Lo que comunico para los fines legales pertinentes.
Abg. Leidy Melo Sánchez SECRETARIA AD-HOC Hay firmas y sello P-221349-MIG