Poderes

EXTRACTO JUDICIAL
JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACION JUDICIAL A: SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL
JUICIO No. 2007-0126-MZ. APROBACIÓN DE PODER GENERAL
TRAMITE: ESPECIAL
ACTOR: MAGDA GUTIERREZ RICO
CUANTIA: INDETERMINADA
PROVIDENCIA
PODER GENERAL
OTORGADO POR:
MAGDA GUTIÉRREZ RICO, EN CALIDAD DE PRESIDENTE EJECUTIVA Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DENOMINADA COMRESORT SOCIEDAD ANINIMA.
A FOVOR DE:
ROBERTO CARLOS PADILLA MARICHAL
K.J.G.
DI 2 CC
ESCRITURA NÚMERO:
En la ciudad de San Francisco de Quito, capital de la República del Ecuador, hoy día siete de diciembre del año dos mil seis, ante mi Doctor Gonzalo Román Chacón, Notario Décimo Sexto del cantón Quito, comparece: La señora Magda Gutiérrez Rico, en calidad de Presidente Ejecutiva y Representante Legal de la empresa denominada COMRESORT SOCIEDAD ANONIMA, a quien más adelante se le llamará la mandante, de nacionalidad colombiana; mayor de edad, con domicilio en esta ciudad de Quito, legalmente capaz, a quien conozco de todo lo que doy fe y me presenta para que eleve a escritura pública la siguiente minuta cuyo tenor es como sigue: SEÑOR NOTARIO.- En el protocolo de escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar una de PODER GENERAL, contenido en las siguientes cláusulas: PRIMERA.- COMPARECIENTE.- Comparece a la celebración de este instrumento la señora Magda Gutiérrez Rico, en calidad de Presidente Ejecutiva y Representante Legal de la empresa denominada COMRESORT SOCIEDAD ANONIMA, a quien más adelante se le llamará la mandante. La compareciente es de nacionalidad colombina, de estado civil casada, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, plenamente capas para acto. SEGUNDA.- ANTECEDENTES.- La empresa COMRESORT S.A., se constituyó mediante escritura pública celebrada ante el Notario Vigésimo Quinto del cantón Quito doctor Felipe Iturralde Dávalos, el día veinte y dos de Abril del dos mil cinco, la misma que tiene por objeto social: a) La programación estudio, proyección, promoción, administración y ejecución de proyectos que se indique actividades relacionas directamente o indirectamente con la comercialización de productos turísticos, multipropiedad turística y cualquier otra forma de colocación, venta o arrendamiento de derechos sobre desarrollo turísticos; b) La compra, venta, importación, exportación, comercialización, representación, arrendamientos de vehículos de transporte de pasajeros, sean estos terrestres, acuáticos o aéreos que tengan relación con el objeto social; c) La administración, comercialización, producción, importación, exportación, de los equipos, insumos, materiales, artículos y otros relacionados o conexos con su objeto social.- En general todas las actividades relacionadas con el turismo, agencias de viaje y operadoras del turismo TERCERA.- OTORGAMIENTO DE PODER GENERAL.- Con los antecedentes anotados la compareciente señora Magda Gutiérrez Rico, en la calidad que esta compareciendo, confiere el presente Poder General amplio y suficiente cual en derecho se requiere a favor del señor Roberto Carlos Padilla Marichal, ciudadano de nacionalidad colombiana, de estado civil soltero, para que a nombre y representación de la empresa COMRESORT SOCIEDAD ANONIMA, realice los siguientes actos únicos y administrativos a favor de la mandante a) Administre las captaciones de familias que reúnan los perfiles para la obtención de las correspondientes afiliaciones para los diferentes programas de time sharing; b) Supervise y comercialice todo lo relacionado con las captaciones de socios, según instrucciones impartidas por la mandante; c) Gestione los controles de las bases de datos relacionados con la prospectación; d) Control de las bases de prospectación; e) Ejecutar las políticas establecidas para el área principalmente de mercadeo f) Queda el apoderado autorizado a enviar a la mandante (empresa COMRESORT S.A. y en la persona de su representante legal) un informe sobre el desempeño de sus labores como mandatario, de la misma; g) El mandatario por ningún concepto recibirá dineros de los socios y clientes de la empresa de manera directa a su favor h) El mandatario queda autorizado para dar información sobre los números de cuentas de la mandante empresa COMRESORT S.A. a los socios y clientes de la empresa en donde depositen de manera directa sus cuotas sean mensuales, semanales etc; i) Finalmente manifiesta la mandante que para mayor abultamiento le hace extensiva a su mandatario las facultades que contemplan el Art. 44 del Código de Procedimiento Civil. Usted señor Notario, se servirá agregar las demás cláusulas de estilo, necesarias para la plena validez del presente instrumento público. HASTA AQUÍ MINUTA. La compareciente ratifica la minuta e inserta la misma que se halla firmada por la Doctora Hilda Sánchez, con matrícula profesional número cinco mil trescientos ochenta y siete del Colegio de Abogados de Pichincha. Para el otorgamiento de la presente escritura público se observaron los preceptos legales del caso, y leída que le fue a la compareciente por mí el notario en unidad de acto, se ratifica y firma junto conmigo de todo lo que doy fe.-
JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 23 de Febrero del 2007, las 11h31.- VISTOS.- En virtud de la razón de sorteo que antecede y en mi calidad de Juez Titular de ésta Judicatura, Avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal la demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de ley.- En consecuencia, el Poder que se acompaña, el mismo que se lo declara como legal y auténtico, publíquese por la prensa por una sola vez en uno de los diarios de esta localidad.- Hecho inscríbase en el Registro Mercantil de este Cantón para lo cual se notificara al funcionario correspondiente, quien deberá mantener en su despacho, un extracto del documento en la forma determinada en el Art. 33 del Código de Comercio, luego, todo lo actuado protocolícese en una de las Notarias del Cantón Quito.- Tómese en cuenta el casillero y domicilio Judicial señalado por el actor, así como también la calidad con la que comparece.- Actúe la Dra. Norma Almeida en calidad de Secretaria Encargada mediante oficio No. 552-2006 de 30 de julio del 2006.- NOTIFIQUESE. F) Dr. German Gonzalez del Pozo JUEZ
Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casillero Judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.-
Certifico.-
DRA. NORMA ALMEIDA
SECRETARIA (E)
Existe firma y sello.
A.P./30236/k.m.


REPÚBLICA DEL ECUADOR
SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS
EXTRACTO
DE LOS DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR RELATIVOS A LA TRANSFORMACIÓN DE LA MATRIZ DE LA COMPAÑÍA EXTRANJERA CIBERCALL LTDA. EN CIBERCALL S.A.
Se comunica al público que la compañía CIBERCALL LTDA., se transformó en CIBERCALL S.A., acto jurídico perfeccionado en el extranjero, en los términos que constan en los documentos protocolizados ante el Notario Vigésimo Quinto, el 18 de enero del 2007. Fueron aprobados por la Superintendencia de Compañías mediante Resolución No.07.0665 de 13 de febrero del 2007 e inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito el 23 de febrero del 2007.
PODER GENERAL
OTORGADO POR: CIBERCALL S.A.
A FAVOR DE: JOSE EMILIO VELASCO ZAPATA
CUANTIA. INDETERMINADA
DI: 3 COPIAS
MABS
En la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, Capital de la República del Ecuador, el día de hoy miércoles treinta y uno (31) de enero del año dos mil siete, ante mi doctor Felipe Iturralde Dávalos, Notario Vigésimo Quinto del cantón Quito, comparecen, por una parte el señor Jesús Eduardo Oyola Castro, en calidad de Apoderado General y Representante legal de la sucursal en el Ecuador de la compañía colombiana CIBERCALL SA, en calidad de Mandante, conforme consta del documento que se adjunta como habilitante; y, por otra parte, el señor Doctor JOSE EMILIO VELASCO ZAPATA, por sus propios y personales derechos, en calidad de Mandatario.- Los comparecientes son de nacionalidad colombiana a y ecuatoriana en su orden, de estado civil casados, mayores de edad, domiciliados el primero en la ciudad de Bogota, de transito por esta ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, y el segundo domiciliado en esta ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, con capacidad legal para contratar y
obligarse que la ejercen en la forma antes indicada; y, me solicitan elevar a escritura publica, la minuta que me entregan, cuyo tenor literal y que transcribo es el siguiente: Señor Notario: En el registro de escrituras publicas a su cargo, sírvase incorporar una de la cual conste el Poder General que se otorga al tenor de las siguientes cláusulas: PRIMERA.- COMPARECIENTES: Comparecen al otorgamiento del presente Poder General, por una parte el señor JESUS EDUARDO OYOLA CASTRO, en calidad de Apoderado General y Representante Legal de la Sucursal en el Ecuador de la compañía colombiana CIBERCALL S.A. en calidad de Mandante; y por otra parte, el Señor Doctor JOSE EMILIO VELASCO ZAPATA, identificado con la Cedula de identidad Numero uno siete cero cuatro cero tres cinco tres seis guión siete (170403536-7), en calidad de Mandatario. Los comparecientes son de estado civil casados, mayores de edad, de nacionalidad colombiana el primero y ecuatoriana el segundo, domiciliados en la ciudad de Bogotá – Colombia y de paso por esta ciudad el primero y en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano el segundo, hábiles en derecho para contratar y obligarse.- SEGUNDA.- ANTECEDENTES: ANTECEDENTES.- UNO.- La Sucursal de la compañía Colombiana CIBERCALL Ltda., ahora S.A., fue constituida el dieciséis (16) de octubre del año dos mil tres (2003), ante el Notario Vigésimo Cuarto del Cantón Quito, Doctor Sebastián Valdivieso, la que fue inscrita en el Registro Mercantil del Cant6n Quito, el veintinueve (29) de Octubre del año dos mil tres (2003).- DOS.- Se confirió poder general amplio y suficiente al Señor JESUS EDUARDO OYOLA CASTRO, como consta en las Protocolizaciones de once de mayo y siete de junio de dos mil cuatro, otorgadas ante el Notario Vigésimo cuarto del Cantón Quito, Doctor Sebastián Valdivieso, para actuar como APODERADO PRINCIPAL de la sucursal de la Compañía CIBERCALL Ltda., ahora S.A, en el Ecuador, el cual fue inscrito en el Registro mercantil el doce (12) de Agosto de dos mil cuatro (2004).- TRE5. -Mediante Acta Extraordinaria de fecha siete (7) de Julio de dos mil seis (2006), se autoriza al Representante legal de la Sucursal en Ecuador de la Compañía Colombiana CIBERCAL Ltda., ahora S.A. a nombrar un apoderado suplente, tal y como consta en el Acta de la Junta de Accionistas que se adjunta como documento habilitante.- CUATRO.- Es interés del señor JESUS EDUARDO OYOLA CASTRO, en calidad de Representante legal de Sucursal de Ecuador de la compañía Colombiana CIBERCALL Ltda., ahora S.A., conceder a favor del Doctor JOSE EMILIO VELASCO ZAPATA, un Poder General amplio y suficiente cual en derecho se requiere, COMO APODERADO SUSTITUTO quien reemplazará al apoderado principal, Señor JESUS EDUARDO OYOLA CASTRO, en sus faltas absolutas, temporales o accidentales con las mismas facultades otorgadas al este.- Las facultades del mandatario serán las que a continuaci6n se detallan: Uno. Suscribir todos los documentos públicos y privados que se requieran para cualquier negociación de la Sucursal de la compañía CIBERCALL S.A. en el Ecuador.- Dos. Contratar todas las pó1izas de seguro requeridas para la suscripción de los contratos que se suscriban con cualquier empresa o persona en el Ecuador.- Tres. EI apoderado podrá realizar todos los actos y negocios jurídicos que hayan de celebrarse y surtir efectos en territorio Ecuatoriano, y especialmente podrá presentar y contestar demandas, actuar pruebas, presentar recursos y cumplir las obligaciones contraidas.- Cuatro. Delegar en calidad de procuraci6n judicial en la persona de un abogado de libre ejercicio profesional, otorgándole a este las atribuciones especiales contempladas en el Articulo cuarenta y cuatro (44) del Código de Procedimiento Civil Ecuatoriano y revocar tal delegación; siempre con el previo conocimiento y autorización escrita de CIBERCALL S.A., en Colombia.- Cinco. En general podrá suscribir los documentos que se requieran para atender el los negocios dentro del Ecuador.- Seis. Rendir informe pormenorizado de sus gestiones cada vez que le sea requerido. -Siete. En general suscribir los documentos públicos y privados que para la representación de la Compañía en la República del Ecuador se requieran para el desarrollo y ejecución de la sucursal de CIBERCALL en dicho país, con las más amplias facultades, sin ningún tipo de restricción.- TERCERA ACEPTACION: Presente el Mandatario, manifiesta su aceptación expresa del mandato que ahora se les confía, comprometiéndose a desempeñarlo
con sujeción a la ley.- CUARTA.- PLAZO. EI presente Poder Especial permanecerá en vigencia hasta que sea revocado expresamente por el mandante con autorización de la Junta de accionistas de la compañía CIBERCALL en Colombia.- QUINTA.- DELEGACION Y SUSTITUCION.- AL MANDATARIO le queda expresamente prohibido delegar y sustituir el presente poder, y sea total o parcialmente.- Usted Señor Notario se servirá agregar las demás cláusulas de estilo necesarios para la plena validez de este documento.- HASTA AQUI LA MINUTA, copiada textualmente.- Los comparecientes ratifican la minuta inserta, la misma que se encuentra firmada por la Doctora María del Rosario Moreno Tello, Abogada con matricula profesional numero diez mil seiscientos veinte y dos del Colegio de Abogados de Pichincha».- Para el otorgamiento de esta escritura publica se observaron los preceptos legales que el caso requiere; y, leída que les fue a los comparecientes por mí el Notario, éstos se afirman y ratifican en todo su contenido, firmando conmigo en unidad de acto, de todo lo cual doy fe.- Lo enmendado vale.- El Notario
JESUS EDUARDO OYOLA CASTRO
APODERADO GENERAL
CIBERCALL S.A.
PASAP. CC 2253274
JOSE EMILIO VELASCO ZAPATA
CC. 1704035367
Dr. Felipe Iturralde Dávalos
Notario Vigésimo Quinto del Cantón Quito
Se otorgó ante mi doctor Felipe Iturralde Dávalos, Notario Vigésimo Quinto del cantón Quito, en fe de ello confiero esta primera copia certificada debidamente firmada y sellada en Quito, a dos de febrero del dos mil siete.
Dr. Felipe Iturralde Dávalos
Notario Vigésimo Quinto del Cantón Quito
ZON: Con esta fecha queda inscrito el presente documento y la resolución numero 07.Q.IJ. CERO SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO del SR. INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO, ENC. de 13 de febrero del 2007, bajo el número 555 del Registro Mercantil, Tomo 138.- Se tomó nota al margen de la inscripción número 3203 del Registro Mercantil de veinte y nueve de octubre del año dos mil tres, a fs 2761, tomo 134.- Queda archivada la segunda copia certificada de la protocolización efectuada el 18 de enero del 2007; y escritura pública de 31 de enero del 2007, otorgada ante el Notario Vigésimo Quinto del Distrito Metropolitano de Quito, Dr. Felipe Iturralde Dávalos, referente a la transformación de la matriz de la Compañía Extranjera “CIBERCALL LTDA” en “CIBERCALL S.A.;” y, la DELEGACIÓN DE PODER que el Apoderado General de la misma Compañía Extranjera confiere a favor del Sr. JOSE EMILIO VELASCO ZAPATA.- Se da así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo segundo de la citada resolución.- Se fijó un extracto para conservarlo por seis meses, según lo ordena la ley, signado con el número 334.- Se anotó en el Repertorio bajo el número 9953.- Quito, a veinte y tres de febrero del año dos mil siete.- El Registrador.-
Dr. Raúl Gaybor Secaira
Registrador Mercantil del Cantón Quito
Distrito Metropolitano de Quito, 5 de febrero del 2007.
Dr. José Aníbal Córdova Calderón
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO
AR/56716/cc