JUICIO: INSOLVENCIA. NUMERO 17325-2012-1490 

R DEL E.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.
PARA CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL
ACTOR: BERGMANN BUCHELI PAUL ALBRECHT (INTCOMEX DEL ECUADOR S.A)
DEMANDADO: ITURRALDE ESCUDERO JUAN ANDRES
JUICIO: INSOLVENCIA. NUMERO 17325-2012-1490
TRAMITE: ESPECIAL
CUANTIA: INDETERMINADA
JUEZA: DRA. ANA KARINA TORRES RECALDE
SECRETARIO: DR. FRANCISCO JUSTICIA
PROVIDENCIAS:
JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 27 de diciembre del 2012, las 11h12. VISTOS.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto inicial se califica a la demanda de clara, precisa, completa y reúne los requisitos ley.- Dese el tràmite Especial.- De la documentación aparejada por la parte actora se desprende que el señor JUAN ANDRES ITURRALDE ESCUDERO, portador de la cédula de ciudadanía No. 171100615-3 se halla inmerso en la disposición del numeral 1° del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara a lugar el concurso de acreedores.- En consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos del demandado JUAN ANDRES ITURRALDE ESCUDERO, que serán entregados al Síndico de Quiebra doctor Dr. Arnaldo Fiallos, quien será notificado y posesionado en legal forma.- Que se acumule todos los juicios seguidos en contra del demandado JUAN ANDRES ITURRALDE ESCUDERO por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Se prohíbe al demandado JUAN ANDRES ITURRALDE ESCUDERO ausentarse del lugar del juicio, sin la autorización del Juez que conoce la causa.- Que el demandado presente el balance de sus bienes, con la indicación del activo y pasivo, en el término de ocho días.- Por Secretaria ofíciese al señor Ministro Fiscal de Pichincha, a fin de que disponga que uno de los señores Agentes Fiscales investigue el presente estado de Insolvencia del demandado JUAN ANDRES ITURRALDE ESCUDERO ; y, de encontrar suficientes meritos ordene que un Juez de lo Penal califique el estado de Insolvencia, para esto adjúntese copias certificadas de todo lo actuado.- El demandad señor JUAN ANDRES ITURRALDE ESCUDERO queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular a: Geerentes de los Bancos e Instituciones del sietema financiero del país, al señor Contralor General del Estado, Procurador General del Estado, Superintendente de Companías, Director Nacional de Registro Civil, Dirección Nacional del Registro Civil, comisión Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, Consejo Nacional Electoral, Dirección Nacional de Migración, Instituto Ecuatoriano de Seguridad social ( IESS) y más organismos de control del estado, a los señores Notarios y Registrador de la Propiedad del Distrito metropolitano de Quito para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en sus casos, limitando de algún modo el dominio de los bienes del demandado.- Hágase conocer al público en general un extracto de la demanda y el presente Auto de calificación mediante publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad.- Cítese al demandado JUAN ANDRES ITURRALDE ESCUDERO , en el lugar que se indica, para lo cual se remitirá suficiente despacho a la oficina de citaciones.- El demandado JUAN ANDRES ITURRALDE ESCUDERO podrá oponerse al presente juicio pagando lo señalado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días luego de citado.- Agréguese a los autos la documentación adjunta.- Tèngase en cuenta la autorización conferida a la Abogada Patrocinadora , correo electrónico y casilla judicial para sus notificaciones.- CITESE Y NOTIFIQUESE. F) Dr. Paul Fabricio Narváez Narváez. JUEZ.
OTRA PROVIDENCIA:
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 3 de febrero del 2020, las 13h33, Agréguense al proceso los escritos y anexos que antecede.- 1. En atención a lo solicitado, se hace conocer al público en general que se convoca a la Primera junta de acreedores conforme al art. 513 del Código de Procedimiento Civil, junta que se llevará a efecto el día 18 de marzo del año 2020 a las nueve horas. Concédase el extracto respectivo del que consta el auto de calificación y esta providencia.- 2. Con la documentación adjunta, téngase por legitimada la intervención de los profesionales del derecho, Dana Abad Arevalo, y Darío Albuja Muñoz.- 3. Con fundamento en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil y dejando copias certificadas dentro del proceso, por Secretaria confiérase el desglose de la procuración judicial que adjunto al proceso.- Téngase en cuenta la autorización a la señorita Camila Jara Tonato y dejado en autos el correspondiente recibido.- NOTIFIQUESE.F) Dra. Ana Karina Torres Recalde. Jueza.
Lo que comunico a Usted para los fines de ley.
DR. FRANCISCO JUSTICIA
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL DISRITO METROPOLITANO DE QUITO
Hay firma y sello
PAB/24745/AT