Contencioso General

REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE LOJA, CON SEDE EN CARIAMANGA
CITACIÓN JUDICIAL
Def. Dra. Bilmania Teresa Flores Morquecho
Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales al señor JUAN MÁXIMO ANCHUNDIA ANCHUNDIA, cuyo contenido en extracto es como sigue:
ACTORA: MARÍA JACOBITA JUMBO CAÑAR
DEMANDADO: Juan Máximo Anchundia Anchundia
OBJETO DE LA DEMANDA: Alimentos
TRÁMITE: Contencioso Geeral
CUANTÍA: $ 2.400 dólares americanos
JUICIO Nro. 235-07
JUEZ: Dr. Marcelo Saritama Carrera
AUTO.- En Cariamanga, a veinticinco de octubre del dos mil siete, a las 09h10.- VISTOS.- En atención a los escritos que anteceden de conformidad con lo previsto en el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, la demandante solicita la reforma de la demanda.- En tal virtud, por no haberse trabado la litis en el presente proceso no se regulan costas y por ser procedente su solicitud.- Estímase clara, precisa y completa la demanda de alimentos propuesta por la señora MARÍA JACOBITA JUMBO CAÑAR, contra JUAN MÁXIMO ANCHUNDIA ANCHUNDIA, por reunir los requisitos de forma, se la acepta al trámite contencioso general que le corresponde.- En consecuencia, cítese al demandado con el contenido de la demanda inicial y auto de aceptación a trámite; en vista de que la accionante bajo juramento manifiesta que le es imposible determinar la residencia o paradero actual del demandado, se dispone citarlo por la prensa en un diario de mayor circulación de la ciudad de Loja, por no existir este medio de comunicación social en esta ciudad, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese al proceso la documentación adjunta.- Téngase en cuenta la cuantía y casillero judicial señalado y la autorización que le concede a su abogada patrocinadora.- Hágase saber.- Particular que pongo en conocimiento general para los fines legales consiguientes.
Cariamanga, 08 de noviembre del 2007
Dr. José E. Valle Acaro
SECRETARIO JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE LOJA
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