Juntas Parroquiales tienen dos soportes

La incertidumbre de los electos miembros de las Juntas Parroquiales parece que terminarpronto. En efecto, el Congreso Nacional presenta primer debate dos proyectos de Ley destinados a reglamentar el funcionamiento de esos ganos seccionales. Uno de los proyectos pertenece a la Comisi de Gesti Plica, que a su vez recoge las propuestas presentadas por los diputados, Juan Cantos, Germ Astudillo, Susana Gonzez y Nina Pacari, y donde se determina que las Juntas Parroquiales pasar a tener una condici de gobiernos seccionales automos. El otro proyecto tiene como autor a la Comisi de Descentralizaci, y busca un cambio en la estructura polica, ascomo el fortalecimiento de la participaci ciudadana en la toma de decisiones, como agentes propios de desarrollo y autogesti. En todo caso, y luego de que este Proyecto entrara a primer debate, la intenci tima de los legisladores consiste en integrar esas dos propuestas en un so cuerpo legal, de tal forma que su aprobaci sea una realidad. Entre las disposiciones m importantes que dictaminan estos proyectos estla de que las juntas parroquiales podr asociarse con el fin de fortalecer el desarrollo parroquial y la gesti de las eas rurales de su jurisdicci. Asamblea parroquial En cuanto a la participaci ciudadana, se tiene prevista la puesta en funcionamiento de la Asamblea Provincial, cuya conformaci debertener en cuenta a los habitantes empadronados en la jurisdicci parroquial, y estarpresidida por el presidente de la Junta. En cuanto a lo econico, los ingresos propios aquellos que provienen de la cooparticipaci de impuestos provinciales, municipales y nacionales, los que perciba por efecto de impuestos, tazas y contribuciones recaudados dentro de la jurisdicci parroquial y aquellos que provienen de los ingresos no tributarios.