El papel que tuvo el Consejo de Participación Ciudadana en el control de la corrupción

TAREAS. EL Concejo de Participación Ciudadana debe elegir al nuevo contralor.
TAREAS. EL Concejo de Participación Ciudadana debe elegir al nuevo contralor.

Dos entes han surgido para combatir la corrupción, uno creado por Moreno.

Ante los escándalos de corrupción que ensombrecieron la vida pública del país en la década de los 90, la Asamblea Constitucional de 1998 institucionalizó una instancia que ya comenzó a funcionar como una respuesta ciudadana ante la problemática: la Comisión de Control Cívico de la Corrupción. Diez años más tarde, con la constitución de Montecristi, se decidió desaparecer la Comisión y pasar sus funciones, de lucha contra la corrupción, al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), que encabeza la Función de Transparencia y Control Social.

En el año 2015, ante la necesidad de investigar y hacer públicos ante la ciudadanía casos de corrupción, los movimientos sociales formaron la Comisión Nacional Anticorrupción. Más tarde, el presidente Lenín Moreno, en uno de sus primeros decretos como jefe de Estado, creó un Frente de Transparencia y Lucha contra la Corrupción. ¿Estas acciones implican que el CPCCS no ha cumplido su misión de combatir la corrupción?

El escritor Simón Espinosa, miembro de la Comisión Nacional Anticorrupción, cuestiona que el Consejo de Participación Ciudadana no haya denunciado casos. “Los que tienen la titularidad de la obligación de investigar la corrupción, no han hecho nada”, señala, e incluso critica que fueron ellos los que designaron al contralor Carlos Pólit. “Son corresponsables morales de haber elegido mal, puesto que lo calificaron como el mejor”, dice.

El historiador Enrique Ayala Mora, que fue asambleísta constituyente en 1998, opina que el CPCCS ha cumplido su cometido, “es decir, transformarse en el instrumento del correísmo, su cometido era precisamente bloquear la lucha contra la corrupción”. Para el historiador “la supresión de la Comisión de Control Cívico de la Corrupción fue un acto deliberado para eliminar una instancia genuina de participación ciudadana, un instrumento de control que representaba a la sociedad y que funcionaba exitosamente”, mientras que, según él, el CPCCS sólo representa al Ejecutivo. “No le pueden pedir cualquier cosa que esté escrita en la constitución a un grupo de correístas, parientes y ex funcionarios, que controlen la corrupción, están puestos para lo contrario”, dice.

En las críticas al CPCCS coincide la exasambleísta constituyente, María Paula Romo, y comenta que el Consejo tiene, en la formalidad de la Constitución y la Ley, muchas más atribuciones y facultades de las que nunca tuvo la Comisión de Control Cívico de la Corrupción. “Precisamente recogiendo esa experiencia y algunas de las quejas de esa época, de que la Comisión no tenía la posibilidad de intervenir, por ejemplo, en los procesos judiciales, se le dio esa posibilidad al CPCCS”, dice.

Romo piensa que el CPCCS debería transparentar en cuántos casos ha ejercido su facultad de intervenir en los procesos judiciales. “Creo que hay una gran contradicción entre las facultades y las atribuciones que le da la Constitución y lo que en la práctica ha sido el Consejo de Participación Ciudadana, que no ha cumplido a cabalidad ninguna de sus funciones”, señala. La exconstituyente piensa que uno de los motivos de esta inoperancia es “la intención de poder y de expansión que ha tenido el partido de gobierno, y que como en muchos otros casos se han asegurado de cooptarlo todo, de formas tan burdas, que hoy tenemos un CPCCS donde varios de sus miembros son familiares directos o extrabajadores de los legisladores del momento en que el Consejo fue designado”. (MMD)

Título nora relativa

Según el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), desde que inició su labor la actual administración, se han realizado 283 procesos investigativos. A la fecha, existirían 393 gestiones procesales realizadas en 52 instituciones públicas, entre ellas la Contraloría General del Estado, la Fiscalía General del Estado. El CPCCS nos ha informado que no es su responsabilidad determinar si hay o no indicios de responsabilidad. Actualmente existen 32 procesos en el ámbito de la Fiscalía, denunciados por el CPCCS, según la información por ellos entregada. En cualquier caso, el “CPCCS mira con buenos ojos todos los espacios de participación de la gente, de hecho, impulsamos, promovemos esa participación”, sobre la creación del Frente de Transparencia.

EL DATO
Las dos grandes tareas que la Constitución le asigna al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social es la designación de autoridades de control y el control de la corrupción