Conformación de cabildo en Espíndola es analizada por jueces provinciales

CONTRALORÍA. La notificación de destitución de Manuel de Jesús Andrade fue emitida en abril de este año.
CONTRALORÍA. La notificación de destitución de Manuel de Jesús Andrade fue emitida en abril de este año.

Abogado José María Sánchez Castro indica que el 12 de octubre se notificaron dos sentencias.

El pasado 12 de octubre, la Sala Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia, emitió dos sentencias sobre el caso derivado de una acción de protección presentada por el extinto alcalde de Espíndola, Manuel de Jesús Andrade Rojas. Así lo asevera José María Sánchez Castro, abogado defensor de Nancy Rosillo Pintado (en ese entonces vicealcaldesa), y los concejales Lenin Tinoco Andrade y Glenda Carrión Castillo, quienes mediante la resolución número 1, cesaron, con fecha 26 de julio de 2018, en sesión extraordinaria de Cabildo, a Andrade Rojas del cargo de alcalde, tomando como argumento la sanción de destitución en su contra emitida por la Contraloría General del Estado (CGE), por un presunto caso de nepotismo.

Manuel de Jesús Andrade Rojas presentó una acción de protección ante esa resolución número 1, la cual fue aceptada en primera instancia por el juez Juan Carlos Montalván, de la Unidad Judicial Multicompetente de Espíndola.

Ante este pronunciamiento, Rosillo Pintado, Tinoco Andrade y Carrión Castillo, por medio de su abogado, José María Sánchez Castro, presentaron una apelación, la cual fue tratada en una audiencia efectuada el pasado 3 de octubre.

Sánchez Castro indica que el 12 de octubre se notificaron dos sentencias: una de mayoría emitida por los jueces Leonardo Bravo González (ponente) y Marco Aguirre Torres. Esta sentencia, a criterio del jurisconsulto, señala que “que se ha atentado a la seguridad jurídica” porque no hubo mayoría absoluta de ediles en la sesión extraordinaria del 26 de julio donde se cesó de la Alcaldía a Andrade Rojas.

Dice que la otra sentencia, que se da por el voto del juez Wilson Rodas Ochoa, en cambio observa que el concejo municipal estuvo “bien conformado” porque tuvo la mitad más uno de integrantes (tres), debido a que aquí se desconoce a Manuel de Jesús Andrade Rojas como alcalde porque a esa fecha ya estaba destituido por la Contraloría.

José María Sánchez Castro afirma que ambas sentencias no benefician a nadie. Señala que bajo la figura de acción de protección, lo que se pretendió es detener la entrega de las claves a Nancy Rosillo Pintado, al argumentar que la destitución de Andrade Rojas no estaba en firme. Pero él indica que estuvo en firme desde el momento en que fue notificado (11 de abril de 2018).

José María Sánchez Castro dice que Manuel de Jesús Andrade Rojas siempre estuvo destituido desde el día en que fue notificado y que todo lo actuado por él y por los concejales cercanos a él, es nulo. “Eso les va a conllevar en lo posterior sanciones de tipo administrativo, penal o civil”, advierte.

Afirma que a raíz de la notificación de destitución de la Contraloría, Manuel de Jesús Andrade Rojas debió defenderse como persona natural y esperar que la justicia confirme eso o al contrario disponga su reincorporación al cargo de alcalde. (JGN)

EL DATO

El 5 de octubre falleció Manuel de Jesús Andrade Rojas, en un accidente de tránsito en Perú.