Encima de la ley

Manuel Castro M.

En el Ecuador la frase “Nadie está por encima de la ley” es un engaño, utilizada para defender en abstracto a amigos deshonestos o situaciones incontrolables que afectarían sus intereses. Para empezar el artículo primero de la Constitución de la República del Ecuador consagra que el país es un Estado de derechos y de justicia, no de “Derecho”, ergo cualquiera puede estar sobre la Constitución y leyes alegando que es perjudicado en sus derechos, a eso se suma que los jueces  también pueden hacer justicia a su antojo, que lo vemos en las operaciones Metástasis y Purga.

Luego, no hay una Corte Suprema de Justicia, un tribunal de última instancia, sino una Corte Nacional de Justicia, cuyas sentencias y resoluciones puede ser revocadas por la Corte Constitucional, que se constituye una especie de “Salomón” no un tribunal de derecho, pues bien puede fallar correctamente en fría aplicación de la ley o entrometerse en cualquier asunto a pretexto de hacer justicia constitucional. Lo más grave: cualquier juez inferior puede convertirse en juez constitucional y suspender la resolución de un superior. Todo se reduce en encontrar o contratar uno de dichos jueces, magistrados no preparados en el tema constitucional, pero sí para hacer justicia constitucional. El país vive entrampado en tales recursos, que únicamente fomentan la corrupción, reforzada por políticos que aplican el inmoral principio de que “La necesidad no admite ley”.

Aristóteles dice: “Lo peor de las malas leyes (nuestra Constitución de 2008) es que contribuyen a formar hombres peores que ellas, encargado de ejecutarlas”. Vemos jueces de alto nivel encarcelados por corruptos y que no pueden ser destituidos, solamente no se pagarán sus sueldos, porque la ley (derechos) no lo permite o el trámite es muy largo y hasta eso estarán libres y tal vez volverán a sus cargos y a lo mejor un Tribunal ordenará devolverles los sueldos no percibidos.

Dos casos evidentes: el alcalde de Quito afirma, a raíz de una resolución en su contra, que está por encima de la ley: porque lo que ha hecho, todos lo hacen. Y la Asamblea Nacional reforma con una ley la Constitución, al disponer que las actividades de los directores del IEES serán evaluados por este Órgano Legislativo, cuando el IEES, según la Constitución (Arts. 367 a 374) y por sentido común es un organismo técnico, no contemplado entre las Instituciones del Art 131 de la Constitución para ser sometido a un enjuiciamiento político.