JUICIO 12335-2020-00217

R.DEL E.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MOCACHE

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS QUE PUDIESEN EXISTIR DEL EXTINTO CONVIVIENTE SEÑOR VALENCIA BURGOS VINICIO RICARDO . SE LE HACE SABER: Que en la Unidad Multicompetente con sede el Cantón Mocache , se ha presentado la señora REINA MORAN KARINA JANNETT, en contra de: los herederos presuntos y desconocidos que pudiesen existir del extinto conviviente señor VALENCIA BURGOS VINICIO RICARDO ; al cual se le asignó el No. 12335-2020-00217, cuyo extracto es como sigue: OBJETO DE LA DEMANDA:

la accionante manifiesta que, con el señor VALENCIA BURGOS VINICIORICARDO, en el kilómetro 4 de la vía Quevedo El Empalme de Jurisdicción del Cantón Mocache, Provincia de los Ríos, conviví en unión de hecho  estable y monogámica, libres de vínculo matrimonial, en forma continua e ininterrumpida, pública y notoria como marido y mujer, siendo asi reconocido en nuestras relaviones sociales, por nuestros amigos y parientes desde el primero de agosto de mil novecientos noventa y ocho, hasta su fallecimiento, el veintisiete de noviembre del dos mil diecisiete; debiendo destacar que con mi conviviente  antes de nuestra unión de hecho que fue pública y notoria.-

AUTO INICIAL : Mocache  martes 29 de septiembre del 2020, las 14h11, Forme parte del proceso el escrito presentado de complementación de la demandada presentada por KARINA JANNET REINA MORAN, y en mérito se dispone que la demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos  en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de loa herederos conocidos VALENCIA REINA ANA KARINA Y VALENCIA REINA RICARDO JAIR, en los lugares indicados en la demanda.- Mientras que a los herederos presuntos de quien en vida se llamó VINICIO RICARDO VALENCIA BURGOS, mediante tres publicaciones que se harán en uno de los diarios de amplia circulación nacional o provincial, a quien les advertirá  de la obligación que tienen  de comparecer a juicio después que hayan transcurrido 20 días, de la tercera  y última publicación, quienes tendrá 30 días hábiles más para comparecer a juicio, tal como lo prevé el Art. 56 numeral 2do. Inciso 5to del COGEP, previo a lo cual la actora deberá comparecer en forma personal para que cumpla con lo dispuesto en el inciso 2do del numeral 2do de la norma legal antes referida de la norma legal antes referida .- Conforme  a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- Agréguese  la documentación aparejada  a la demanda . Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE .-

FUNDAMENTOS DE DERECHO: La presente acción la fundamento en los Art. 222 y Art. 223 y 232 del Código Civil en vigencia; y el Art. 68 de la Constitución de la República del Ecuador.-

TRÁMITE .- ORDINARIO

CUANTÍA.- La cuantía por su naturaleza es indeterminada.

JUEZ DE LA CAUSA .- AB. Jimmy Iza Barahona, Juez Titular de la Unidad Multicompetente con sede en el Cantón Mocache .- Los Ríos.Lo que comunico a usted , para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación  que tiene de señalar casilla judicial  y / o correo electrónico, para futuras notificaciones, dentro d eloa veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto, caso contrario se lo considerará y se continuará el trámite en rebeldía.

Mocache, Febrero 16 del 2022.

AB. ADALBERTO ARREAGA SORIANO

SECRETARIO(E) UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MOCACHE