TCE deja sin efecto suspensión de cuatro movimientos políticos, entre ellos el del correísmo

DECISIÓN. El fallo del TCE fue emitido la noche del viernes  de agosto.
DECISIÓN. El fallo del TCE fue emitido la noche del viernes de agosto.

Juntos Podemos, Libertad es Pueblo, Justicia Social y Fuerza y Compromiso Social son los movimientos sobre los que fallaron los jueces

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) dejó sin efecto las medidas cautelares resueltas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), sobre la suspensión de los movimientos políticos Juntos Podemos, Libertad es Pueblo, Justicia Social y Fuerza y Compromiso Social (este último acoge al correísmo).

Los jueces ratificaron la sentencia en primera instancia, dictada el 2 de agosto pasado por el juez Fernando Muñoz, quien aceptó un recurso subjetivo presentado por el movimiento Justicia Social.

El fallo de Muñoz fue apelado por la presidenta del CNE, Diana Atamaint. La noche del último viernes, el Pleno del TCE, entre sus resoluciones, aceptó parcialmente dicho recurso.

Aunque dejaron sin efecto la resolución para suspender a los movimientos, sí se modificó la sentencia de primera instancia al declarar la “…validez del inicio del procedimiento administrativo de revisión resuelto por el órgano administrativo electoral…”.

El fallo del TCE faculta a las cuatro organizaciones políticas a realizar sus elecciones primarias y definir los candidatos que se postularán para las próximas elecciones a realizarse el 7 de febrero del 2021.

Sin embargo, el CNE todavía tiene pendiente analizar los documentos de descargo que presentaron estos movimientos para sustentar la legitimidad de su personería jurídica. Para esto, el órgano electoral, el 11 de agosto pasado, extendió un plazo de 30 días, tiempo en el que deberá resolver si acoge la recomendación de Contraloría de cancelar a estas organizaciones por supuestas irregularidades en su proceso de inscripción. (FLC)