Sentenciado por homicidio en Píllaro

SENTENCIA. El hombre deberá pagar una condena de más seis años por el delito de homicidio.

Un hombre de aproximadamente 30 años fue condenado a seis años ocho meses de prisión al ser hallado culpable de un homicidio ocurrido en Píllaro en noviembre de 2020.

Luego de las investigaciones y con base en los elementos probatorios presentados por la Fiscalía General del Estado, el Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua declaró la culpabilidad de Álex Raúl M. Ch., alias ‘Yordy’.

Además, dispuso el pago de una multa y reparación integral cuyo monto se conocerá cuando la sentencia sea notificada por escrito.

Antecedentes

Fue en el sector ‘Tres Esquinas’ de la parroquia Presidente Urbina, en Píllaro, donde ocurrieron los hechos.

La víctima, José G.,  habría estado bebiendo en una cantina junto a su hermano, cuando llegó el homicida provocando una riña entre varias personas.

En el altercado, Yordy, habría herido a José con un pico de botella. Según información policial el occiso tenía una herida en el tórax de aproximadamente dos centímetros y otra en el brazo de siete centímetros. Aunque la víctima fue trasladada hasta el Hospital General Docente Ambato, donde los doctores intentaron estabilizarlo, no lo consiguieron y José murió a las 07:15.

Dato: El sentenciado además deberá pagar una multa y reparación integral
 que aún no se da a conocer.

 

La Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestro (Dinased) localizó al autor del crimen, quien fue aprehendido ese mismo día.

Proceso

Luego de las investigaciones la fiscal del caso Madeline Aldás recabó los indicios y en la audiencia de juicio, sustentó su acusación con pruebas documentales, testimoniales y periciales, entre ellas el informe de la autopsia practicada a la víctima, la cual determinó que la causa de la muerte fue una hemorragia aguda; el reconocimiento del lugar de los hechos y el levantamiento de evidencias, entre otras.

Detalle legal

Según las autoridades, el delito de homicidio está tipificado en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y, aunque determina una pena de 10 a 13 años, en este caso se aplicaron las circunstancias atenuantes establecidas en el artículo 45 del mismo cuerpo legal, como son reparar de forma voluntaria el daño e indemnizar integralmente a la víctima, y colaborar eficazmente con las autoridades en la investigación. (FCT)