Padres claman justicia por la violación de su hija de 7 años

El caso se encuentra en investigación.
Caso. El caso se encuentra en investigación.

El miedo y la desesperación no pudieron contener el pedido de justicia de una inocente niña de apenas 7 años que vive una pesadilla, luego de haber sido víctima de violación en la casa de un familiar de su madre.

Sus padres aseguran que el proceso de búsqueda de la verdad y de justicia ha sido doloroso y piden a las autoridades el apoyo para no dejar este delito en la impunidad.

 

Pesadilla

El delito se habría cometido una noche de junio del 2021 cuando la pequeña acudió a la casa de un familiar a jugar con otros niños, sin imaginarse que ese sería el inicio de su peor pesadilla. Al aparecer allí su primo de 14 años la habría violado.

La pequeña en medio del llanto regresó a su casa y les contó a sus padres, pero al parecer la ignorancia hizo que ellos no le creyeran.

 

EL DATO
Al no denunciarse en flagrancia, el adolescente, 
presunto agresor, no fue detenido.

 

La llevaron al Hospital General Docente Ambato donde la valoraron y efectivamente la pequeña confesó que su primo le había introducido los dedos en sus genitales.

“Producto de esto la niña tiene desgarro”, se describió en el informe médico.

A pesar de esta dolorosa confesión de la pequeña, sus padres no denunciaron el caso, sin embargo, de acuerdo al protocolo la casa de salud se dio a conocer a las autoridades.

 

Pedido de justicia

Desde ese entonces la vida de la pequeña y su padres se ha convertido en un calvario, no solo por la discriminación de ciertos integrantes de la familia, sino también por el temor de que el caso quede en la impunidad.

Ismael, nombre protegido, tiene 29 años, es el padre de la pequeña, quien explicó que junto con su esposa vienen luchando contra corriente no solo con el proceso de investigación, sino también con los tratamientos de la pequeña.

“Ya se llamó a la audiencia de formulación de cargos, pero se va suspendiendo”, dijo al asegurar que sienten mucho temor de que se esté dando irregularidades para que la justicia no llegue.

“Lo único que queremos es que se haga justicia, que lo que le ha pasado a mi hija se conozca, para que los padres estemos mucho más pendientes de nuestros hijos y que no vuela va pasar”, aseguró.

Un nuevo llamado para audiencia se tiene previsto para la primera semana de este mes. (FCT)

 

TOME NOTA
El victimario sería el primo, de 14 años.

 

El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 170, habla sobre el abuso sexual.

En la normativa se estipula que “la persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona, un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años”.

Además, se dispone que cuando la víctima sea menor de 14 años de edad o con discapacidad, no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo; o si la víctima, como consecuencia de la infracción, sufra una lesión física o daño psicológico permanente o contraiga una enfermedad grave o mortal, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a 10 años.

Pero si la víctima es menor de seis años, se sancionará con pena privativa de libertad de 10 a 13 años.

 

En casos de violación

Según el artículo 171 del COIP, es violación el acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril, por vía oral, anal o vaginal; o la introducción, por vía vaginal o anal, de objetos, dedos u órganos distintos al miembro viril, a una persona de cualquier sexo. Quien la comete, será sancionado con pena privativa de libertad de 19 a 22 años en cualquiera de los siguientes casos:

  1. Cuando la víctima se halle privada de la razón o del sentido, o cuando por enfermedad o por discapacidad no pudiera resistirse.
  2. Cuando se use violencia, amenaza o intimidación.
  3. Cuando la víctima sea menor de 14 años.

Se sancionará con el máximo de la pena prevista en el primer inciso, cuando:

  1. La víctima, como consecuencia de la infracción, sufre una lesión física o daño psicológico permanente.
  2. La víctima, como consecuencia de la infracción, contrae una enfermedad grave o mortal.
  3. La víctima es menor de 10 años.
  4. La o el agresor es tutora o tutor, representante legal, curadora o curador o cualquier persona del entorno íntimo de la familia o del entorno de la víctima, ministro de culto o profesional de la educación o de la salud o cualquier persona que tenga el deber de custodia sobre la víctima.
  5. La o el agresor es ascendiente o descendiente o colateral hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
  6. La víctima se encuentre bajo el cuidado de la o el agresor por cualquier motivo.

En todos los casos, si se produce la muerte de la víctima se sancionará con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.