No hay sanciones a clínicas que niegan sus servicios

Las personas que estaban al pie de la clínica denunciaron que no quisieron atender a dos mujeres que habrían llegado heridas de bala.
ACTIVIDAD. Las personas que estaban al pie de la clínica denunciaron que no quisieron atender a dos mujeres que habrían llegado heridas de bala.

Sobre la atención en casas de salud públicas o privadas, la Constitución en su artículo 32 hace referencia a la salud como un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.

Así, el Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva.

Mientras que la prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.

Sin embargo, este precepto constitucional no siempre se cumple, pues existirían instituciones privadas (clínicas u hospitales) que se reservarían el tratamiento a ciertos pacientes.

EL DATO
Las personas pueden denunciar este tipo de hechos en la 
Defensoría del Pueblo para seguir un proceso legal.

 

Antecedente

Esto fue denunciado por la ciudadanía el lunes 29 noviembre cuando en la calle Mera entre la avenida 12 de Noviembre y la calle Juan Benigno Vela dos mujeres fueron baleadas y requerían atención médica de emergencia.

A pocos metros de donde ocurrió el hecho delictivo está la Clínica Tungurahua, sin embargo, en el lugar supuestamente no se habría dado el cuidado requerido por las ciudadanas, por lo que estas fueron trasladadas hasta el Hospital General Docente Ambato.

En un informe policial se da a conocer que el personal de la clínica no fue eficiente, y que no brindaron la atención necesaria y oportuna, por lo que se gestionó con el Sistema Integrado del ECU 911 para trasladar a las víctimas a la institución pública.

Esto fue ratificado por quienes fueron testigos de los hechos y asegurando que la mujer que falleció podría haber sido salvada si la atención era oportuna.

Pero este hecho no sería aislado, pues meses anteriores se habría dado otro suceso violento donde una persona habría llegado apuñalada, a la misma casa de salud, y tampoco habría atendida pese al pedido de las personas que la auxiliaron. El personal presuntamente señaló que no puede dar la atención y que es la Policía la que debería hacerse cargo del herido.

 

CIFRA: 2 MUJERES llegaron heridas a la casa de salud 
privada, pero fueron remitidas a un hospital público.

 

Autoridades

Al respecto desde la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de Servicios de Salud y Medicina Prepagada (Acces), encargada de ejercer la regulación, control técnico y la vigilancia sanitaria de la calidad de los servicios de salud públicos, privados y comunitarios, con o sin fines de lucro, se dio a conocer que no existiría una normativa que establezca sanciones por este tipo de causas.

Sin embargo, se ratifica el derecho a la atención y recordaron que estos casos se los direccionan con la Defensoría del Pueblo para que brinde atención inmediata a quienes se vean afectados.

 Así se lo habría hecho el año anterior cuando familias denunciaron que las clínicas privadas no devuelven los cuerpos de pacientes que morían por Covid-19 o no daban el alta a quienes no podían pagar la cuenta en ese momento.

Este medio buscó la versión oficial de la casa de salud privada, pero manifestaron que lo harán en días posteriores con sus representantes legales. (CNS)