Motorizados ya no pueden rebasar por la derecha

Circulación. Los motorizados podrán rebasar únicamente por la izquierda.

Al menos 65 cambios contemplan la reforma a la Ley Orgánica de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial que ya está vigencia en Ecuador.

El artículo 134 de la normativa indica que los motociclistas no podrán sujetarse a otro vehículo para trasladarse por las carreteras del país, así mismo se prohíbe rebasar por la derecha.

De igual manera se menciona que los motorizados no pueden trasladar carga que dificulte su visibilidad o equilibrio, virar sin prender las luces direccionales, circular en las veredas y transportar a personas sin las medidas de seguridad respectivas.

La Ley reformada de Tránsito tiene 155 artículos, 84 disposiciones generales, una derogatoria, cuatro reformatorias y una final.

Todo es parte de las modificaciones a la normativa que se encuentran inscritas en el Registro Oficial.

En el texto se eliminó la reducción de puntos en 79 casos que tienen relación con las contravenciones de tránsito, que van desde la tercera hasta la séptima clase. (RMC)