Margarita Yazán presentó una acusación civil en contra de Luis Pérez, actual director del Consejo de la Judicatura (CJ) de Tungurahua. La mujer afirma que Pérez se quedó con 10 mil dólares en efectivo que le habría entregado entre 2020 y 2021, con el objeto de adquirir un bien inmueble.
Se trataba de una casa que el acusado comercializaba por aproximadamente 130 mil dólares. En ese tiempo aún no era Director del Consejo de la Judicatura
A decir de la demanda, 5 mil dólares le entregó a Pérez, pero con la llegada de la pandemia y otras restricciones impidieron que la compra de la vivienda se concretara.
La entrega de este dinero constó en una transacción bancaria. Al cabo de los meses y ya para 2021, la interesada en la compra hizo tres transferencias más a la cuenta del demandado, completando así los 10 mil dólares en total.
CIFRA 3 AÑOS han transcurrido desde que se llevó a cabo la negociación que resultó fallida.
El problema
Con este antecedente, la mujer le habría solicitado a Pérez la firma de una promesa de compra venta, en el que constara la entrega de estos 10 mil dólares, y quedara como cuenta pendiente el resto del dinero, mismo que la ciudadana pensaba adquirir hasta finales de 2021 y pagar la totalidad de lo que restaba de la propiedad.
Esta propuesta no fue aceptada por Pérez, quien según consta en las fojas del proceso, se habría negado a entregar la promesa de compraventa, aduciendo que para el efecto debía completársele el 50% del valor de la casa.
A esto, la mujer dijo no contar con la suma solicitada, al menos no en ese momento, por lo que decidió desistir de la compra y solicitarle a Pérez la devolución de los 10 mil dólares que ya le habría entregado a manera de reserva.
Nunca se firmó un documento en el que se establecieran parámetros, objeto o sanciones al respecto de la intención de compra y mucho menos de la entrega del efectivo como acto de presunta reservación de la propiedad.
EL DATO El artículo 1547 del Código Civil establece las cláusulas en un contrato de promesa, esto siempre que esté debidamente documentado, pero un acuerdo sin las solemnidades exigidas por la ley, no incurre en obligaciones, sanciones o afines.
El perjuicio
Sin este justificativo legal, la mujer intentó recuperar su dinero solicitándole en reiteradas ocasiones a Pérez la entrega del mismo, sin encontrar una respuesta favorable, hasta que decidió demandarlo.
Javier Sandoval, abogado de la denunciante, aseguró que ya se llevó a efecto una primera audiencia en la Sala de lo Civil. Esta fue en abril de 2023, fecha en la que Pérez ya había asumido el cargo de director del Consejo de la Judicatura. Según Sandoval, el fallo de la Jueza que llevó la causa fue la de no devolución del dinero.
Sandoval sostuvo que siendo un caso claro ante la ley, donde no existe un documento de compra venta, ni otro que estableciera parámetros de penalización por tiempo de reserva, o por no concretar la compra “simplemente tenía que devolverse el dinero”, dijo.
TOME NOTA En el proceso penal la entrega del dinero no ha sido desconocida por el acusado.
Esta sentencia fue apelada y elevada a conocimiento de la Corte Provincial la mañana del martes 9 de julio de 2023.
La diligencia fue breve, aunque la parte demandada no asistió y tampoco hubo un abogado defensor. Aun así, se celebró el acto judicial en donde el Tribunal dictará su resolución el 24 de julio de 2023.
Sandoval espera que, a pesar de que el acusado ostenta un cargo directivo en el Consejo de la Judicatura, la causa se lleve con la transparencia del caso.
La Hora se comunicó con el departamento de Comunicación del Consejo de la Judicatura con la intención de conocer la posición de Pérez ante esta demanda, pero desde la entidad se nos informó que el Director habría asegurado que el proceso judicial era personal y que cualquier persona podía tener acceso a este, ya que es público y consta en el sistema judicial. (DLH)
Juez y parte
Cristian Lozada, abogado en libre ejercicio, aseguró que “hay una línea muy delgada entre lo ético, lo legal y lo moral, si bien los jueces actúan de manera autónoma en base a lo que se sustenta en las diligencias, se debe considerar que estamos hablando del Director del Consejo de la Judicatura, al fin y al cabo, posee mando administrativo, es una autoridad ante los ojos de los operadores de justicia”, explicó el jurista. Lozada aseguró que, inevitablemente, “va a existir cierta influencia, espero y quiero creer que los jueces van a actuar en base a derecho, la ley no actúa con excepciones, la ley es para todos”.