Policía desarticula banda de coyoteros que operaba en Latacunga y Tungurahua

Cuatro allanamientos realizaron los uniformados para detener a los implicados.
Procedimiento. Cuatro allanamientos realizaron los uniformados para detener a los implicados.

Tres personas detenidas y un sinnúmero de indicios fue el resultado del operativo denominado ‘Éxodo X’ que se desplegó por el presunto delito de trata de personas.

Al parecer los implicados pertenecen a una organización transnacional que captaba a personas, preferentemente de comunidades indígenas, y ofrecían viajes con documentos y visas falsas para llegar a Estados Unidos.

Según las autoridades solo en 2021 al menos 42 personas de Tungurahua y 77 de Cotopaxi habrían entregado dinero a esta organización y fueron trasladadas al exterior.

 

EL DATO
De 15 a 17 mil dólares por persona 
pedían los coyoteros para el viaje.

 

 

Caso

Fue uno de los migrantes quien habría denunciado el caso hace ya varios meses y, según indicó a la Policía, este fue trasladado hasta México de donde lo deportaron y perdió el dinero que entregó.

Durante seis meses las unidades de investigación de la Policía Nacional, en coordinación con autoridades de Estados Unidos, siguieron la pista de esta organización.

Geovanny Maldonado, jefe subrogante de Policía Subzona Cotopaxi, en rueda de prensa explicó que los indicios indicaban que el líder de la organización delictiva, Luis A., lideraba las relaciones internacionales buscando nuevas rutas a nivel regional a fin de burlar los controles migratorios internacionales.

Mientras que Blanca A., y Cristian A., eran sus principales colaboradores para el traslado de los tungurahuenses y cotopaxenses hasta Norteamérica.

Con estos indicios los uniformados organizaron un operativo en la parroquia Pastocalle de Latacunga donde allanaron cuatro viviendas en las que encontraron a los sospechosos a los que los detuvieron.

 

EL DATO
Los casos de coyoterismo se pueden denunciar 
a través del 1 800 DELITO (33 54 86).

 

 

Modus operandi

Milton Chiriboga, representante de Seguridad Informática de Estados Unidos en Ecuador, manifestó que los implicados solicitaban altas cantidades de dinero para realizar los viajes.

El uniformado aseguró que los involucrados ofrecían a quienes querían viajar la obtención de varios documentos que les faciliten el traslado, así como también cartas de recomendación y hasta de trabajo en Estados Unidos.

“Se encontraron en este paquete contratos de trabajo de empresas, empacadoras de pescado y muchos otros compromisos laborales que eran falsificados”, dijo.

De acuerdo con las investigaciones, los sujetos llevaban a las víctimas vía terrestre hasta Perú donde se tramitaban visas y pasaportes falsos para que viajen.

 

 

 

Evidencias

Entre las evidencias fueron encontradas computadoras, memorias extraíbles, ocho celulares, 3.000 dólares, pasaportes y certificados de pago.

Los detenidos fueron trasladados hasta la cárcel de Cotopaxi y puestos a órdenes de las autoridades competentes, mientras que las evidencias ingresaron a las bodegas de la Policía Judicial. (FCT)

 

 

 

Aumenta el interés por conseguir el ‘sueño americano’

un informe del Ministerio de Movilidad Humana que informó que solo en agosto de este año se registró la salida de 8.734 ecuatorianos, siendo esta la cifra más alta de 2022.

Estas personas viajaron a México, Guatemala, El Salvador y Nicaragua, pero más del 50% no retornó.

Hasta agosto de este año se registraron 12.921 ecuatorianos retenidos y devueltos al país.

William Murillo, vocero de 1800MIGRANTE, aseguró que en lo que va de 2022 la organización ha informado de nueve fallecimientos y cinco desapariciones.

 

 

 

Trata de Personas

Según el artículo 91 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la trata de personas se refiere a “toda persona que capte, transporte, traslade, retenga o reciba; en el país, desde o hacia otros países con fines de explotación; para lo cual un tercero recurre a la amenaza, uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, a la concesión o aceptación de pagos o beneficios, constituye delito de trata de personas”.

La normativa menciona que esto “constituye explotación, toda actividad de la que resulte un provecho material o económico, una ventaja inmaterial o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero, mediante el sometimiento de una persona o la imposición de condiciones de vida o de trabajo, obtenidos de:

  1. La extracción o comercialización ilegal de órganos, tejidos, fluidos o material genético de personas vivas, incluido el turismo para la donación o trasplante de órganos.
  2. La explotación sexual de personas incluida la prostitución forzada, el turismo sexual y la pornografía infantil.
  3. La explotación laboral, incluido el trabajo forzoso, la servidumbre por deudas y el trabajo infantil.
  4. Promesa de matrimonio o unión de hecho servil, incluida la unión de hecho precoz, arreglada, como indemnización o transacción, temporal o para fines de procreación.
  5. La adopción ilegal de niñas, niños y adolescentes.
  6. La mendicidad.
  7. Reclutamiento forzoso para conflictos armados o para el cometimiento de actos penados por la ley.
  8. Cualquier otra modalidad de explotación.

 

 

Artículo 92 COIP

La trata de personas será sancionada:

  1. Con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años.
  2. Con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años, si la infracción recae en personas de uno de los grupos de atención prioritaria o en situación de doble vulnerabilidad o si entre la víctima y el agresor ha existido relación afectiva, consensual de pareja, conyugal, convivencia, de familia o de dependencia económica o exista vínculo de autoridad civil, militar, educativa, religiosa o laboral.
  3. Con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años, si con ocasión de la trata de personas, la víctima ha sufrido enfermedades o daños sicológicos o físicos graves o de carácter irreversible.
  4. Con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, si por motivo de la trata de personas se produce la muerte de la víctima.