VISTO BUENO N° 276571-2018-MDVV

REPÚBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO
VISTO BUENO N° 276571-2018-MDVV
ACCIONANTE: A&O CONSULTORES ASOCIADOS CÍA. LTDA.
ACCIONADO: CHASILUISA DILON PABLO FERNANDO
CAUSALES 1 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO.
Dentro del Trámite de VISTO BUENO N° 276571-2018-MDVV, que sigue el señor ORTÍZ DEL SALTO HUGO FABIÁN, Gerente General y representante legal de la compañía A&O CONSULTORES ASOCIADOS CÍA. LTDA., en su calidad de empleador, en contra del señor CHASILUISA DILON PABLO FERNANDO, en su calidad de trabajador, se ha dictado lo que sigue:
INSPECCION DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 20 de diciembre de 2018, a las 10H46.- Agréguese al expediente la certificación de registro consular del señor CHASILUISA DILON PABLO FERNANDO y la declaración juramentada por desconocimiento de la individualidad domicilio o residencia del accionado. En lo principal continuando con el trámite de ley se dispone: 1) En aplicación a los Arts. 183, 545 atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifiquese al trabajador señor CHASILUISA DILON PABLO FERNANDO, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación del lugar, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer la individualidad, domicilio o residencia del trabajador señor CHASILUISA DILON PABLO FERNANDO, conforme se desprende de la declaración juramentada que se adjunta. Al trabajador señor CHASILUISA DILON PABLO FERNANDO se le concede el término de veinte y dos días para que conteste y señale domicilio judicial para recibir futuras notificaciones. Con su contestación o sin ella se procederá a investigar los fundamentos de la solicitud de visto bueno y se dictara la resolución que corresponda. 2) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspección del Trabajo, dentro del término de cinco días siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá de oficio el archivo del expediente.- NOTIFIQUESE. f) DRA. MARÍA DOLORES VILLAMAR V.
Lo que comunico para los fines de Ley.
DRA. MARÍA DOLORES VILLAMAR V.
INSPECTORA DE TRABAJO DE PICHINCHA
Hay firma y sello
PAC111230fa