SUBSECRETARÍA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA

SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA

SUBSECRETARÍA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA

CENTRO ZONAL DE QUEVEDO

EXTRACTO

SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO, EN RELACIÓN A LAS AGUAS DEL ESTERO VALENCIA, EN UN CAUDAL DE 43,12 L/S PARA RIEGO PRODUCTIVO DE CULTIVO DE BANANO Y DEL POZO PROFUNDO NO. 1, EN UN CAUDAL DE 1,27 L/S PARA EMPACADORA “PATRICIA 6”, DENTRO DE LOS PREDIOS UBICADOS EN EL CANTÓN VALENCIA, PROVINCIA DE LOS RÍOS.

SOLICITANTE: AGRO AEREO SA.

SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- Guayaquil, 04 de marzo de 2020, a las 11H45.- EXPEDIENTE No. 2659-2018.- Agréguese al expediente el escrito presentado el 24 de enero de 2020, a las 11H19; por parte de la señora Jessica Karina Barcia Orellana, Gerente de Agro Aéreo S.A. en atención a lo dispuesto en la providencia que antecede. Vista la solicitud y demás documentación complementaria constante de autos, presentada por la señora Jessica Karina Barcia Orellana, en su calidad de Gerente General de la compañía AGRO AÉREO SA. para obtener la autorización de aprovechamiento de las aguas del estero Valencia, en un caudal de 43,12 l/s para riego productivo de cultivo de banano y del pozo profundo No. 1, en un caudal de 1,27 1/s para empacadora “Patricia 6”, dentro de los predios ubicados en el cantón Valencia, provincia de Los Ríos; mencionando desconocer a los vecinos circundantes; de no requerir establecimiento de servidumbres; así como de no contar con la licencia de exploración del pozo. En atención a lo solicitado, por reunir con los requisitos de ley, se la acepta al trámite calificándola de clara, completa y precisa, asignándole el No. 2659-2018. En lo principal, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III, Sección Primera, Art. 123 y siguientes de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, en cuanto a las Normas de Procedimiento Administrativo para Regular el Uso y Aprovechamiento del Agua, y a lo establecido en el Art. 126 literal a) ibídem, en relación a los Principios de Publicidad y Competencia, en concordancia con el Procedimiento General contemplado en el Art. 107 de su Reglamento, se dispone: 1.- Cítese a los usuarios conocidos o no. por la prensa mediante un extracto de la solicitud y ésta providencia por tres veces consecutivas, en uno de los diarios de mayor circulación del cantón Valencia, provincia de Los Ríos. Finalizado el plazo de las publicaciones, el usuario deberá presentar en tres días plazo la documentación de respaldo del proceso de publicidad. 2.- Fíjense los carteles en tres de los lugares más concurridos de la localidad, esto es, el cantón Valencia, provincia de Los Ríos; que deberán permanecer expuestos por 10 días consecutivos, comisionándose para la práctica de esta diligencia al Señor Jefe Político del dicho cantón; una vez cumplida dicha diligencia, la Autoridad comisionada deberá certificar su cumplimiento. 3.- De conformidad con el literal b) del Art. 23 y del Art. 90 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, oficíese a la Agencia de Regulación y Control del Agua, con la finalidad de que proceda a emitir la correspondiente certificación de disponibilidad del agua en calidad y cantidad suficientes. 4.- Hecho que fuere lo dispuesto en los numerales que anteceden, oportunamente ‘ se designará perito para que se realice la inspección técnica en relación con lo solicitado. Siga actuando la Abg. Jicella Chévez Vera, en calidad de Secretaria Ad-Hoc del despacho. NOTIFÍQUESE.- Mgs. Vaneza Alexandra Plaza Aguiño, Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas.- Lo que comunico a usted para los fines de ley.- Lo certifico.- Guayaquil, 06 de marzo de 2020.-

Abg. Jicella Chévez Vera

Secretaria Ad-Hoc