Remates

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON IBARRA DE IMBABURA
AVISO JUDICIAL DE REMATE
EXTRACTO
JUICIO EJECUTIVO N° 10333-2015-0191

Conforme lo previsto en el Art. 8. 2 del Reglamento del Sistema de Remates Judiciales en línea de la Función Judicial, el aviso del remate publíquese en la plataforma única de la página web del Consejo de la Judicatura, con el término de al menos veinte días de anticipación a la fecha del remate. Por tal virtud, contabilizado el término previsto en la citada norma legal, se señala para el día JUEVES 10 DE MARZO DEL 2016, DESDE LAS CERO HORAS HASTA LAS VEINTE Y CUATRO HORAS DE ESE DIA. Las ofertas se presentarán en el portal de remates judiciales en línea de la página web del Consejo de la Judicatura www.funcionjudicial.gob.ec, mismas que no podrán ser inferiores al 100% del avalúo pericial del bien a rematarse., tendrá lugar la diligencia de REMATE del bien inmueble embargado cuyas características y más especificaciones se detallan a continuación:
1.- INMUEBLE OBJETO DEL AVALÚO: El inmueble es una propiedad integral, que consta de terreno y la construcción de una mediagua, junto al lindero Oeste del lote, con un cerramiento frontal de ladrillos, con columnas de pilastras de bloque trabado, una puerta metálica ingreso peatonal y un portón de similar material para ingreso vehicular.
1.1.- UBICACIÓN: El inmueble objeto del avalúo está ubicado en calle Ambato Nro. 14-28, intersección con la calle Rio Tena, sector urbano de la Parroquia Alpachaca, Cantón Ibarra, Provincia de Imbabura.
2.1.- LINDEROS Y ÁREA DEL LOTE, SEGÚN CERTIFICADO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN:
NORTE.- Con lote número dos, en 28,07 metros.
SUR.- Con la calle Ambato, en 28,00 metros.
ESTE.- Con calle Tena, en 13,70 metros.
OESTE.- Con propiedad de Guillermo Irua, en 15,80 metros.
SUPERFICIE: 413,00 M2.
3.- ANÁLISIS DEL INMUEBLE, OBJETO DEL INFORME:
– El inmueble es una propiedad integral, en la cual existe una construcción con paredes de adobes, sin estructura, constituida por ocho ambientes o habitaciones, con piso pavimentado.
– El terreno es de topografía plana.
– La cubierta de la construcción, está sobre piezas de madera rolliza, apoyadas en las paredes portantes, perimetrales e intermedias, la cubierta es de teja artesanal sin tratamiento, dispone de puertas de madera y ventanas de metal.
– Existe un patio al centro de la construcción perimetral, equipado con una lavandería y un baño.
– las instalaciones eléctricas son externas a las paredes.
– La construcción es de mala calidad, según los materiales utilizados y la ausencia de estructura en las paredes.
– El inmueble tiene factibilidad de todos los servicios básicos de infraestructura como Agua potable, Energía eléctrica, Alcantarillado. Siendo las vías del frente y del entorno inmediato empedradas, no disponen aceras y bordillos.
– La propiedad está en un sector urbano en proceso de consolidación, de baja plusvalía.
– El sector dispone de equipamiento comunitario y urbanístico básico.
ELEMENTOS PARA EL AVALÚO:
RUBRO: Terreno/ U.: M2/ CANTIDAD: 413,00/ VALOR UNIT.: 40,00/ VALOR PARCIAL: 5782,00/
RUBRO: Construcción/ U.: M2/ CANTIDAD: 129,88/ VALOR UNIT.: 80,00/ VALOR PARCIAL: 10390,40/
RUBRO: Cerramiento y portón/ U.: M2/ CANTIDAD: 29,00/ VALOR UNIT.: 30,00/ VALOR PARCIAL: 870,00/
VALOR TOTAL: 17042,40
SON: DIEZ Y SIETE MIL CUARENTA Y DOS DOLARES CON CUARENTA CENTAVOS
Las personas interesadas al momento de registrar su postura consignarán mediante depósito bancario o transferencia bancaria electrónica el diez por ciento (10%) del valor de la postura, cuando la forma sea de contado; y, el quince por ciento ( 15%) del valor de la postura, cuando la forma de pago sea a plazos, a órdenes de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Ibarra en la cuenta Nro. 10010319001 del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Ibarra, donde además se deberá tomar en cuenta la tasa de servicios administrativos determinada en el Art. 11 del citado Reglamento, que corresponde depositar una sola vez por cada postura. Con arreglo a lo que disponen los Arts. 76, 82 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador y conforme al inciso segundo del Art. 399 del Código Orgánico General de Procesos, bajo el principio de publicidad determinado en el Art. 13 del Código Orgánico de la Función Judicial que manifiesta que las actuaciones o diligencias judiciales serán públicas, salvo los casos en que la ley prescriba que sean reservadas, publíquese por una sola vez, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Ibarra, así mismo, veinte días antes de la realización del remate, la parte interesada deberá retirar el extracto para la correspondiente publicación, en tiempo oportuno, advirtiendo que en caso de no cumplir se observará su actuación y correspondiente sanción, advirtiendo además que bajo ninguna circunstancia se suspenderá el remate. Actúe como secretaria encargada de este despacho, La Dra. Nelly Ruano, designada mediante oficio Nro. 7289- DP1O-CJ, de fecha 28 de diciembre del 2015. Notifíquese.-
Ibarra, 01 de febrero de 2016
Dr. Luis Arturo Godoy Bastidas
SECRETARIO
Hay firma
P38810/ai