JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE LOJA CON SEDE EN CATAMAYO
Def. Dr. Luis Armando Cordero Arce
Oficina: Calle 24 de Mayo y Alonso de Mercadillo, frente a los juzgados de Catamayo. Teléfono 2677795. Celular 092187722.
CITACIÓN JUDICIAL
Cito con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite a la señora MARITZA ARIAS CELI; y, herederos desconocidos, ausentes y presuntos del causante Julio Alfonso Arias Carrión, cuyo extracto es como sigue:
ACTORES: José Miguel Ordóñez Requelme y Mariana Castillo Castillo
DEMANDADOS: Maritza Arias Celi; y, herederos desconocidos ausentes y presuntos del fallecido Julio Alfonso Arias Carrión.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que se declare la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio de un lote de terreno signado con el número Seis Manzana “D” actualmente lote número Diecisiete Manzana “17” Zona cero Dos, Sector Once, con un área de Trescientos cuarenta y dos metros cuadrados (342.00 m2), ubicado en las calles Alonso de Mercadillo y Chile, de la parroquia y cantón Catamayo, provincia de Loja, cuyos linderos y dimensiones son: Por el Norte con la calle Alonso de Mercadillo, en la extensión de Doce metros. Por el Sur con los lotes números dos y catorce, en la extensión de doce metros; Por el Este el lote número dieciocho, en la extensión de veintiocho metros con cincuenta centímetros; y , Por el Oeste con el lote número dieciséis, en la extensión de veintiocho metros con cincuenta centímetros.
TRÁMITE: Ordinario
CUANTÍA: Indeterminada
JUEZ: Dra. Kruskaya Larrea Ontaneda
JUICIO Nro. 413-05
Mediante Auto de aceptación a trámite de la demanda pronunciado el dieciséis de noviembre del año dos mil cinco a las ocho horas minutos, la señora Juez, ha dispuesto que se corra traslado a los demandados con la demanda y con este auto para que contesten dentro del término de quince días proponiendo conjuntamente todas las excepciones dilatoria y perentorias de que se creyeren estar asistidos. Por cuanto los Actores declaran bajo juramento que es imposible determinar el domicilio o residencia de la demandada Maritza Arias Celi, se dispone, se cite por un periódico de amplia circulación de la ciudad de Loja en razón que en este cantón no se edita ningún periódico; y, en igual forma cítese a los herederos desconocidos, ausentes y presuntos de quien en vida se llamó Julio Alfonso Arias Carrión, de conformidad al Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Cuéntese en este procedimiento con los funcionarios Alcalde y Procurador Síndico del Municipio de Catamayo y con uno de los señores Agentes Fiscales de Loja con sede en Catamayo.
Particular que se pone en conocimiento a fin que concurra a juicio señalando casillero judicial para posteriores notificaciones en este cantón Catamayo, dentro de los veinte días posteriores a la última publicación bajo prevenciones de que podrán ser considerados o declarados rebeldes.
Catamayo, 23 de noviembre de 2005
Lic. José Riofrío Medina
SECRETARIO DEL JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE LOJA
CON SEDE EN CATAMAYO
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