NÚMERO DE JUICIO: 17203-2013-33571

CÍTESE A LA SEÑORA FREIRE VILLACRES MARIA ELENA.

EXTRACTO

NÚMERO DE JUICIO: 17203-2013-33571

ACCIÓN: INCIDENTE DE REBAJA DE ALIMENTOS.

TRÁMITE: SUMARIO.

ACTOR/A: MEJIA NOROÑA JUAN CARLOS.

DEMANDADO/A: FREIRE VILLACRES MARIA ELENA.

CUANTÍA: INDETERMINADA.

OBJETO DEL EXTRACTO: CITAR A LA SEÑORA FREIRE VILLACRES MARIA ELENA.

– AUTO DE CALIFICACIÓN –

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 18 de julio del 2019, las 13h57, VISTOS: a) Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza encargada mediante acción de personal No. 8366-DP17-2019-MS. b) La DEMANDA DE DISMINUCIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA propuesta por MEJIA NOROÑA JUAN CARLOS en contra de FREIRE VILLACRES MARIA ELENA, reúne los requisitos formales contemplados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, en consecuencia se califica la demanda, y se acepta a trámite, en procedimiento sumario, conforme lo prescrito en el Art. 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. c) CÍTESE a FREIRE VILLACRES MARIA ELENA, en la dirección señalada por intermedio de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de la Unidad Judicial. d) De conformidad a lo que determina el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada el término de diez días para que dé contestación a la demanda. e) En cuanto a los medios de prueba ofrecidos por la parte actora estos serán admitidos de ser el caso en la audiencia única, según lo establecido en el Art. 333 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, en relación con el Art. 160 ibídem. HÁGASE SABER.

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 22 de septiembre del 2020, las 12h13, VISTOS: a) En mérito del juramento rendido por MEJIA NOROÑA JUAN CARLOS, conforme consta del expediente a fojas 1025, cítese a la parte demandada, señora FREIRE VILLACRES MARIA ELENA, con este auto y auto de calificación, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación en el cantón Quito, conforme lo prescrito en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. b) Se dispone a la Actuaria que confiera el extracto correspondiente HÁGASE SABER. f).- Dra. Patricia Mercedes Segarra Faggioni; JUEZA.-

Lo que comunico a Uds. para los fines de ley; previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y electrónica para futuras notificaciones que les correspondan.- Certifico.-

Atentamente:

Ab. Germania Patricia Tamay Cevallos

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

001-004-0281/ms