Divorcioss

JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE LOS RÍOS

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: YESENIA AUXILIADORA ACOSTA ACOSTA
SE LE HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor DIOCLES EULICER MERA ALCIVAR deduciendo demanda de divorcio No. 166-2006, en su contra, cuyo extracto es como sigue:
ACTOR: DIOCLES EULICER MERA ALCIVAR
DEMANDA: YESENIA AUXILIADORA ACOSTA ACOSTA

OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante solicita que en sentencia y previo al trámite Verbal Sumario se declare disuelto el vínculo matrimonial que mantiene con Yesenia Auxiliadora Acosta Acosta; que dentro del matrimonio no han procreado hijos y no han adquirido bienes muebles ni inmuebles que sean sujetos de liquidación. Que desde el 29 de julio del año 2001 la demandado abandonó el hogar conyugal, sin que hasta la presente fecha se hayan vuelto a unir, estando desde ese entonces separados con total inexistencia de relaciones sexuales y conyugales con su cónyuge señora Yesenia Auxiliadora Acosta Acosta.- Ampara su demanda en el inciso 2do. de la causal 11ava. del Art. 110 del Código Civil Reformado.-

CUANTÍA: INDETERMINADA.
TRAMITE: VERBAL SUMARIO.

JUEZ DE LA CAUSA: Abogado Wilson García Lara, Juez Cuarto de lo Civil de Los Ríos, quien mediante providencia de fecha Abril 4 del 2006, las 08h35, admite la demanda a tramite de Juicio verbal Sumario por divorcio y manda citar a la demandada por la prensa conforme al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, y 119 del Código Civil, por cuanto el actor bajo juramento manifiesta que desconoce el actual domicilio o residencia de la accionada señora Yesenia Uxiliadora Acosta Acosta, el mismo que no puede determinarlo.-

Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a jucio dentro de los veinte días posteriores a la ultima publicación de este aviso, caso contrario podrá ser declarado rebelde.- Certifico.-

Quevedo, 11 de abril del 2006

Ad. David Espinoza Mera
SECRETARIO JUZGADO 4to. DE LO CIVIL
QUEVEDO – LOS RÍOS
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