Ejecutivos

JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE LOS RIOS
EXTRACTO DE CITACIÓN

A: CARLOS ALFONSO CARDENAS EGAS Y CARMITA ROSARIO VÁSQUEZ AGUIRRE

SE LE HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor WILSON JAVIER BONILLA JIMÉNEZ deduciendo demanda Ejecutivo # 301-2007 en su contra y la de otra, cuyo extracto es como sigue:

ACTOR: WILSON JAVIER BONILLA JIMÉNEZ

DEMANDADO: CARLOS ALFONSO CÁRDENAS EGAS Y CARMITA ROSARIO VÁSQUEZ AGUIRRE

OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante solicita que en sentencia y previo al trámite ejecutivo se ordene que los demandados le paguen la suma de veinte mil dólares Americanos, importe de la letra de cambio que adjunta, más los intereses pactados y los de mora, costa judiciales con inclusión de lo honorarios de su abogado defensor.- Ampara su demanda en lo dispuesto en el Art. 410 del Código de Comercio y los Arts. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil.-

CUANTÍA: VEINTE MIL DÓLARES
TRÁMITE: EJECUTIVO

JUEZ DE LA CAUSA: Doctor Wilson García Lara, Juez Cuarto de lo Civil de Los Ríos, quien mediante providencia de fecha septiembre 05 del 2007, las 10h08, admite la demanda a trámite de Juicio Ejecutivo y manda citar a los demandados en los domicilios señalados para el efecto; mediante providencia de fecha septiembre 26 del 2007, las 09h10 y en base a la razón actuarial de fojas 28 y por cuanto el actor indica bajo la gravedad del juramento que no puede determinar el actual domicilio de los demandados CARLOS ALFONSO CÁRDENAS EGAS Y CARMITA ROSARIO VÁSQUEZ AGUIRRE, ordena que se lo cite por la prensa conforme al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que en el término de tres días paguen los valores reclamados en la demanda o, dentro de ese mismo término planteen las excepciones de las que se crean asistido.-

Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrá ser declarado rebelde.- Certifico

Quevedo, 27 de septiembre del 2007

Ab. David Espinoza Mera
SECRETARIO JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL QUEVEDO – LOS RIOS