JUICIO ORDINARIO N° 12309-2018-00336 

ACTA correspondiente al Juicio No. 12309201800336 (19882432)
FUNCIÓN JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL DE LOS RIOS, CON SEDE EN EL CANTON VENTANAS

EXTRACTO DE CITACIÓN

JUICIO ORDINARIO N° 12309-2018-00336
A: SOSA NAPA HOLGER ANTONIO.-
ACTOR: LARA OROZCO SEGUNDO AURELIO
JUEZ DE LA CAUSA: ABG. EDUARDO OSMANER PEÑARRETA JADAN.
OBJETO: COBRO DE LETRA DE CAMBIO
PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO
CUANTÍA: SEIS MIL DOLARES AMERICANOS.
SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE:
EXTRACTO DE LA DEMANDA: VISTOS: En mi calidad de Juez Multicompetente Civil de la ciudad de Ventanas avoco legal conocimiento de la presente causa de juicio ejecutivo en Procedimiento ejecutivo que se ha derivado a mi judicatura mediante sorteo electrónico, propuesta por LARA O
ROZCO SEGUNDO AURELIO contra SOSA NAPA HOLGER ANTONIO como deudor solidario y procedo a dictar el presente auto de admisión a trámite. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un acta de mediación, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación del demandado SOSA NAPA HOLGER ANTONIO en el domicilio señalado en su demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP, para lo cual se dispone pasen los autos la oficina de citaciones de este distrito concediendo el término de cinco días para el cumplimiento de esta diligencia.- Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados.- Cítese y Hágase Saber.-
Otra Providencia:
Ventanas, viernes 17 de agosto del 2018, las 11h30, Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora valorando su contenido en lo que a derecho corresponda. Téngase en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico que señala el actor para sus notificaciones y la autorización que concede a su abogado defensor, para que suscriba los escritos que sean necesarios en defensa de sus intereses dentro de la presente causa.- En lo principal ordeno se cite por la prensa a SOSA NAPA HOLGER ANTONIO, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia debiendo comparecer a declarar bajo juramento la imposibilidad de conocer su domicilio pudiendo comparecer en cualquier día y hora hábil a esta judicatura. Hágase Saber.-
Particular que comunico para los fines de ley.

Ventanas, 21 de agosto de 2018.

Abg. Samanta Junco Contreras
SECRETARIA (e) DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL
DE LOS RIOS, CON SEDE EN EL CANTON VENTANAS
P-7701-BA/AB.