REPUBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE MANABI
CITACION JUDICIAL
A los posibles interesados se les hace saber que en este Juzgado, por sorteo de Ley, le ha tocado conocer demanda de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio cuyo extracto y auto es como sigue:
ACTOR: Carlos Enrique Bowen Delgado
DEMANDADOS: Posibles interesados
TRAMITE: Ordinario
JUICIO No. 312-2006
CUANTIA: 2.072,24 Dólares
OBJETO DE LA DEMANDA: La actora manifiesta en su demanda que desde hace más de diecisiete años, es decir del mes de junio de 1989, viene manteniendo la posesión pacífica, tranquila e ininterrumpida, con ánimo de señor y dueño de un cuerpo de terreno ubicado en el barrio Abdón Calderón de esta ciudad de Manta y que tiene las siguientes medidas y linderos: Por el frente: 14,13 metros y lindera con calle pública; Por atrás: 22,83 metros y lindera con calle pública; Por el costado derecho: 9,18 metros y lindera con calle pública; y Por el Costado Izquierdo: 23,00 metros y lindera con propiedad de Gaudencio Alcívar, lo que da una superficie total de 257m2. Que amparada en lo que disponen los Arts. 603, 715, 2392, 2393, 2398, 2410, 2411, 2413 del Código Civil Ecuatoriano demanda la prescripción del terreno cuyas medidas y linderos ya han sido singularizados, para que previo al trámite y en sentencia se le reconozca el derecho de poseedor y poder adquirir el dominio de este modo.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. María Victoria Zambrano, Juez Quinto de lo Civil d Manta, quien en auto de calificación de fecha 19 de septiembre de 2006, las 08h53, acepta la demanda al trámite Ordinario y dispone que se cite a los Posibles Interesados por medio de la prensa de conformidad a lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil en un diario de mayor circulación de esta de Manta, ya que el actor manifiesta bajo juramento que le es imposible determinar o individualizar sus actuales residencias.
Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación de señalar domicilio legal para recibir sus notificaciones en esta ciudad de Manta, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario podrán ser declarados en rebeldía.
Manta, Noviembre 22 del 2007
Ab. Lorena Vera García
Secretaria (e) del Juzgado
R. DEL E.
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE MANABI
EXTRACTO
A la Compañía Lotizaciones José Wladimir Abad Saltos, representada por su gerente el señor José Wladimir Abad Cruz, por sus propios derechos y por los que representa, Estrella Cruz Triviño, Gloria María Lorena Abad Cruz, María Teresa Abad Duplas, Martha Cecilia Abad Duplas, Cedeño Ramón y posibles interesados, se les hace saber que en este Juzgado Décimo Segundo de lo Civil de Manabí, se ha propuesto Juicio Ordinario de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio, signado con el número 428-2007 propuesto por la señora Violeta Marisol Villamar Cedeño, cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: Violeta Marisol Villamar Cedeño
DEMANDADOS: Compañía Lotizaciones José Wladimir Abad Saltos, otros y posibles interesados
DEFENSOR: Ab. Lenin Delgado Alvarado
UBICACION DEL TERRENO: Lotización Arroyo Azul del sitio Colorado del Cantón Montecristi
OBJETO DE LA DEMANDA: La actora manifiesta que desde el 19 de Diciembre del año 1988, es poseedor de un lote de terreno signado con el número 3 de la manzana T1 de la Lotización Arroyo Azul del sitio Colorado del cantón Montecristi, cuyas medidas y linderos son los siguientes: FRENTE: Con Avenida número 3, con Doce; ATRAS: Con lote número 7 de la misma manzana T1, de la Lotización Arroyo Azul, con doce metros; Por el costado Izquierdo: Con veinticinco metros y lindera con lote de terreno número 4 de la manzana T1, de la Lotización Arroyo Azul, actualmente propiedad de la señora Hilda Mariela Peñarrieta Tuarez; Costado Derecho: Con los mismos veinticinco metros y lindera con los lotes número 1 y 2 de la misma Lotización Arroyo Azul, manzana T1, actualmente propiedad de la señora Francisca Dalia Castro. Lote de terreno que tiene una superficie total de trescientos metros cuadrados (300.00 M2).
El bien inmueble en posesión, lo mantiene en forma pacífica, pública, notoria, tranquila y no interrumpida, sin clandestinidad ni violencia, con ánimo de señor y dueño desde el 19 de Diciembre del año 1988, bien inmueble que lo tiene por si mismo, ya que sobre este lote de terreno ha construido una pequeña casa de madera y cubierta de zinc, donde habita con su familia, además lo tiene cercado por sus cuatro costados, con estacas de moyuyo y latillas de caña guadúa. Fundamenta su demanda en lo que establecen los Arts. 605, 715, 2392, 2393, 2398, 2410, 2411 y siguientes del Código Civil vigente, que norman la posesión e institución de la Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio del Código Civil.
CUANTIA: Se la fijó en 300,00 USD
JUICIO: Ordinario
JUEZ DE LA CAUSA: Doctor Antonio Hualpa Bello, Juez Décimo Segundo de lo Civil de Manabí (suplente) quien acepta al trámite la demanda y ordenando se inscriba en el Registro de Propiedad del cantón Montecristi, que se cuente con el Muy Ilustre Municipio del cantón Montecristi en las personas de los señores Alcalde y Procurador Síndico del Municipio de Montecristi y se dispone que los demandados así como a posibles interesados se los cite de conformidad al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en la capital de la provincia de Manabí, por manifestar bajo juramento que se desconoce su domicilio. Lo que comunico para los fines de ley pertinentes, advirtiendo la obligación de señalar domicilio legal para las futuras notificaciones después de los veinte días posterior de la última publicación.
Montecristi, 16 de Noviembre del 2007
ABG. DANIEL AVILA TOMALA
SECRETARIO DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE MANABI
R. del E.
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE MANABI
MONTECRISTI
Al señor DAVID ENRRIQUE VELIZ BRAVO, y a posibles interesados, se les hace saber que en este Juzgado se ha propuesto juicio ordinario de prescripción adquisitiva de dominio, cuyo extracto es el siguiente:
JUICIO: ORDINARIO
ACTOR: JORGE ELOY CEDEÑO URETA
DEFENSOR: ABG. DAVID PAREDES DELGADO
DEMANDADO: DAVID ENRRIQUE VELIZ BRAVO Y posibles interesados
OBJETO DE LA DEMANDA: El actor del presente juicio señor JORGE ELOY CEDEÑO URETA manifiesta tener en posesión pacífica, tranquila e ininterrumpida con el ánimo de señor y dueño, desde el 30 de octubre del 2002, esto es por más de 3 años, un vehículo (moto) cuyas características se detallan a continuación: Marca: HONDA; Clase: Motocicleta; Color: Blanco – rojo; Cilindraje: 600cc; Modelo: XR600R; Chasis No. JH2PE0408VM201064; Motor: PE 04E 7001585; Año de fabricación: 1996; Combustible: Gasolina.
El actor fundamenta su demanda en los arts. 715, 2392, 2393, 2398 ibídem y demás del Código Civil ecuatoriano vigente.
JUEZ DE LA CAUSA: Dr. Antonio Hualpa Bello Juez Décimo Segundo de lo Civil de Manabí Suplente, designado mediante acción de personal No. 1042-UP-CNJM, quien califica de clara, completa y precisa la demanda presentada por Jorge Eloy Cedeño Ureta y por reunir los requisitos de ley la admite al trámite correspondiente en vía ordinaria, ordena se inscriba la demanda en la jefatura provincial de tránsito de la ciudad de Portoviejo, y por manifestar el actor que desconoce el domicilio del demandado DAVID ENRRIQUE VELIZ BRAVO, esto bajo juramento, dispone se lo cite de conformidad a lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, así como a posibles interesados en uno de los diarios que se editan en la ciudad de Portoviejo capital de la Provincia de Manabí, previniéndole que de no comparecer a los veinte días después de la tercera publicación podrán ser declarados rebeldes, y dispone enviar atento oficio a la jefatura provincial de tránsito de Manabí a fin de que realice el revenido químico del bien materia de esta causa. Cítese, publíquese y Notifíquese.
Lo que se comunica para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación que tienen que señalar domicilio legal para sus notificaciones.
Montecristi, Noviembre 15 del 2007
Abg. Daniel Avila Tomalá
SECRETARIO DEL JUZGADO XII DE LO CIVIL DE MANABI – MONTECRISTI