Divorcios

JUZGADO DÉCIMO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL A LA SRA. LUCIA DOMITILA ARMIJOS MENDOZA
JUICIO: VERBAL SUMARIO (DIVORCIO) Nro. 234-2005 AFR/sec.
ACTOR: DR. JORGE IVAN URGILES CASTILLO, PROC. JUD, DEL SR. ANGEL MODESTO GRANDA RIVERA
DEMANDADO. LUCIA DOMITILA ARMIJOS MENDOZA
CUANTÍA: INDETERMINADA
JUEZ: DR. EDGARDO LARA AVEROS
SECRETARIA: ALICIA FAREZ DE CORNEJO
PROVIDENCIAS:
JUZGADO DÉCIMO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHICHA.- San Domingo de los Colorados, a 9 de mayo del 2.005; alas 16h15.- VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en virtud del sorteo realizado.- En lo principal la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley.- En consecuencia es procedente el trámite en Juicio Verbal Sumario, por tanto cítese a la demandada Sra. LUCIA DOMITILA ARMIJOS MENDOZA, con el contenido de la demanda y esta providencia en el lugar indicado y para el efecto envíese las boletas respectivas a la oficina de citaciones de esta ciudad.- El menor adulto Edwin Fabián Granda Armijos, insinúe el Curador Ad-litem que le ha de representar en el presente juicio, hecho lo cual se contará con uno de los señores Agentes Fiscales de este Cantón.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado; y, la calidad en la que comparece.- Agréguese la documentación que adjunta.- Dejándose fotocopias certificadas y recibo en autos, desgloses y entréguese al peticionario la documentación solicitada.- Hágase saber.- f) Dr. Edgardo Lara Averos.
JUZGADO DÉCIMO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Santo Domingo de los Colorados, a 20 de julio del 2.005; a las 16h10 previo a proveer el pedido de citación por la prensa a la demandada Lucia Domitila Armijos Mendoza, el actor dentro de los tres días subsiguientes comparezca a este Despacho y cumpla con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Hágase saber.- f) Dr. Edgardo Lara Averos.
JUZGADO DÉCIMO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Santo Domingo de los Colorados, a 12 de septiembre del 2.005; a las 16h00.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en decreto anterior y atento el juramento rendido por el actor y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la demandada Sra. LUCIA DOMITILA ARMIJOS MENDOZA, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad y cantón Chinchipe, Provincia de Zamora-Chinchipe, en concordancia con el Art. 119 del Código Civil, mediando entre una y otra publicación; ocho días hábiles por lo menos.- Hágase saber.- f) Dr. Edgardo Lara Averos.
Lo que comunico a usted para los fines legales, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones.
Alicia Fárez de Cornejo
SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
196615


CITACIÓN JUDICIAL
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE LOJA
Def. Dr. Hernán Rodrigo Torres
Cítase al señor PIERRE SOUOPDIE, con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite, cuyo extracto es como sigue:
ACTORA: Lucía del Rosario Moreno Tandazo
DEMANDADO: PIERRE SOUOPDIE
JUICIO: Verbal Sumario Nro. 563-05
JUEZ: Dr. Paúl Carrión González
CUANTÍA: Indeterminada
AUTO: Loja, a dieciséis de noviembre del dos mil cinco a las 10H38.- VISTOS: Clara y completa es la demanda de divorcio presentada por la señora LUCÍA DEL ROSARIO MORENO TANDAZO en contra del señor PIERRE SOUOPDIE ya que reúne los requisitos de forma exigidos por la ley, por lo que se la acepta a trámite Verbal Sumario que le corresponde y es el procedente.- Téngase en cuenta la cuantía y el casillero señalados.- Agréguese a los autos los documentos aparejados. Cítese al demandado por la prensa, en la forma que determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y 119 del Código Civil, en virtud del juramento realizado.- Hágase saber.- Particular que pongo en conocimiento del demandado para los fines de Ley.
Loja, a 9 de diciembre del 2005
Dr. Silvio Ramírez Lacotera
SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE LOJA
196632


JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE LOJA
CITACIÓN JUDICIAL
CITACIÓN: Cito con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite a la señora Blanca Teresa Arias Cali, cuyo extracto es como sigue:
ACTOR: Jack Jacobo Abarca Maldonado
DEMANDADA: Blanca Teresa Arias Cali
TRÁMITE: Verbal Sumario
CUANTÍA: Indeterminada
JUICIO No. 579-05
JUEZ: Dr. Angel Romero Ochoa
PROVIDENCIA: Loja once de noviembre del dos mil cinco, a las diecisiete hora veinte.- En lo principal la demanda presentada por el señor JACK JACOBO ABARCA MALDONADO contra BLANCA TERESA ARIAS CALI, se califica de clara, completa y precisa sobre divorcio, por reunir los requisitos de forma, se la acepta al trámite verbal sumario.- En consecuencia, con la acción propuesta se corre traslado a la demandada, a fin de que señale el domicilio para las notificaciones posteriores con prevenciones legales.- Cítese en este proceso con la menor adulta Carol Michelle Abarca Arias, para lo cual se contará con dos parientes cercanos de esta menor, quienes indicarán la persona que la representará como curador ad-litem en este proceso.- Téngase en cuenta la cuantía y casillero señalados por la parte actora.- Por cuanto la parte actora declara bajo juramento desconocer el domicilio o residencia de la demandada, se dispone citarla por la prensa, de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Art. 119 del Código Civil.- Hágase saber.
Loja, 23 de noviembre de 2005
Dr. Eduardo González
SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE LOJA
194436