R. DEL E.
EXTRACTO JUDICIAL
JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A ROSA MERCY LOJA CHIMBORAZO
JUICIO No. 824-007-LA., de divorcio
ACTOR: MANUEL VASQUEZ BELTERAN
TRAMITE: VERBAL SUMARIO
CAUSAL: Art. 110, causal 11, inciso primero, del Código Civil.
CUANTIA: INDETERMINADA
PROVIDENCIA:
JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 08 de Octubre del 2007, las 14h54.- VISTOS.- En virtud del sorteo correspondiente en mi calidad de Juez Encargado de esta Judicatura, mediante of. No. 598-007-ddp, del 28 de septiembre del año en curso avoco conocimiento de la presente causa. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de Ley. En consecuencia, dése el trámite de Verbal Sumario. De conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la señora ROSA MERCY LOJA CHIMBORAZO, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, y en el lugar de la celebración del matrimonio. Con la insinuación del Curador Ad-litem, óigase a uno de los señores Agente Fiscal de Pincha. Agréguese al proceso la documentación que se acompaña. Téngase en cuenta el domicilio y casillero judicial señalado. Así como la autorización a su Abogado Defensor y la calidad de Procurador Judicial a nombre del compareciente. Notifíquese.- f. Dr. Rubén Giler Cedeño, Juez (e)
Lo que le comunico a Ud. Para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones en el lugar del juicio.
Dr. Norma Almeida E.
SECRETARIA
Hay firma y sello
AC/57951/tf
CITACIÓN JUDICIAL
Al señor JOSE NELSON ALDAS CASTRO se le hace saber el extracto de demanda de Divorcio y la providencia que a continuación sigue:
EXTRACTO.-
ACTOR: ROSULA IRENE LIMA ESTRADA
DEMANDADO: JOSE NELSON ALDAS CASTRO
ASUNTO: Que previo el trámite pertinente, en sentencia, se sirva declarar el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que le une a su cónyuge, señor JOSE NELSON ALDAS CASTRO, del matrimonio contraído en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, el 01 de octubre de 1986. Se ha procreado (2) hijos mayores de edad, no se ha adquirido bienes de ninguna naturaleza.
TRAMITE: Verbal Sumario
CUANTIA: INDETERMINADA
FECHA DE INICIACIÓN: 15 de octubre del 2007.
DEFENSOR: Dr. Javier Lara Yánez. No. De casillero 3304
JUICIO DE DIVORCIO No. 1046-07 (EH)
PROVIDENCIA
JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 08 de Noviembre del 2007, las 11h20.- VISTOS.- Avoco conocimiento en mi calidad de Juez Primero de lo Civil de Pichincha, encargado de esta judicatura, en virtud del Of. No. 654-MSG-DDP-07, de 25 de octubre del 2007. En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales, por lo que se le admite a trámite en juicio Verbal Sumario, en consecuencia, con el contenido de la demanda y esta providencia, cítese al demandado JOSE NELSON ALDAS CASTRO, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es por la prensa, mediante publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito. La documentación acompañada, agréguese. Téngase en cuenta la casilla judicial designada. Notifíquese.-
DR. ALFREDO GRIJALVA MUÑOZ. JUEZ(E)
Lo que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, advirtiéndole de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial del Palacio de Justicia de esta ciudad de Quito, para recibir futuras notificaciones.
Lcdo. Luis E. Barahona Moreno.
SECRETARIO (e)
Hay firma y sello
AC/57707/tf
R. DEL E.
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN Y NOTIFICACIÓN JUDICIAL
CITACIÓN A ROSA ELENA MORETA MOPOSITA Y NOTIFICACIÓN A LAS MENORES ADULTAS SONIA MARICELA Y BETTY NOEMÍ AUCAPIÑA MORETA
ACTOR: VICENTE MIGUEL AUCAPIÑA CHANGO
DEMANDADA: ROSA ELENA MORETA MOPOSITA
JUICIO DE DIVORCIO No. 963-07-RE
CUANTIA: INDETERMINADA
TRAMITE: Verbal Sumario
OBJETO: Disolución del vínculo conyugal
FUNDAMENTO LEGAL: Inciso 2do., num 11ro. del Art. 110 y el Art. 113 del Código Civil y demás leyes pertinentes de la materia.
PROVIDENCIA
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 04 de Octubre del 2007, las 11h57.- VISTOS: Por haber cumplido con lo ordenado en la providencia que antecede, la demanda es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, pro lo que se la admite al trámite Verbal Sumario. En virtud del juramento del actor, de acuerdo con los Arts. 119 del Código Civil y 82 del Código de Procedimiento Civil, con el extracto de la demanda y este auto, cítese a la demandada ROSA ELENA MORETA MOPOSITA, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación del Cantón Patate, Provincia de Tungurahua y de esta ciudad, se las hará mediando ocho días por lo menos, entre la una y la otra. Con la insinuación de Curadora ad-litem, óigase a uno de los señores Agentes Fiscales de Pichincha. Las menores adultas Betty Noemí, Jessica Maribel y Sonia Maricela Aucapiña Moreta personalmente insinúen Curador Ad-litem. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Tómese en cuenta el casillero judicial que señala la parte actora y la autorización conferida a su defensor. Notifíquese. F) Dr. Carlos Fernández Idrovo. Juez.
PROVIDENCIA
JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 09 de Noviembre del 2007, las 14h59.- Agréguese al proceso los escritos que anteceden. Atento lo solicitado, notifíquese a las menores adultas Sonia Maricela y Betty Noemí Aucapiña Moreta en uno de los periódicos de mayor circulación del cantón Patate, Provincia de Tungurahua y de esta ciudad, a fin de que insinúen Curador Ad-litem. Téngase en cuenta la insinuación de Curador Ad-litem por parte de la menor adulta Jessica Maribel Aucapiña Moreta, en uno de los periódicos de mayor circulación del Cantón Patate, Provincia de Tungurahua y de esta ciudad, a fin de que insinúen Curador Ad-litem. Téngase en cuenta la insinuación de Curadora por parte de la menor adulta Jessica Maribel Aucapiña Moreta. Por no ser parte procesal no se toma en cuenta el casillero señalado. Notifíquese. F) Dr. Carlos Fernández Idrovo. Juez.
Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones. Quito, Noviembre 29 del 2007. CERTIFICO.
LCDO. FERNANDO NARANJO FACTOS.
SECRETARIO
Hay firma y sello
AC/57932/tf
EXTRACTO
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A LA SRA. ZOILA MARIA GALLEGOS ALVAREZ
ACTOR: ALCIDES HILDAURO BUSTILLOS ARMAS
DEMANDADO: SRA. ZOILA MARIA GALLEGOS ALVAREZ
TRAMITE: VERBAL SUMARIO
CUANTIA: INDETERMINADA
ASUNTO: Divorcio Art. 110, causal 11 inciso 2do. Del Código Civil. No existen menores ni existen bienes inmuebles.
Iniciado el 13 de Noviembre del 2007.
Defensor del actor: Dra. Angela Nuñez
Causa No. 2007-1129-L.S.
PROVIDENCIA
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 21 de Noviembre del 2007. Las 10h22.- VISTOS.- Por cumplido lo dispuesto en providencia inicial, en lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. Tramítese en juicio Verbal Sumario. Con la demanda y providencia recaída, cítese a la demandada señora ZOILA MARIA GALLEGOS ALVAREZ, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito y Latacunga, mediando ocho días hábiles entre una y otra publicación. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado. Agréguese al proceso los documentos adjuntos. Notifíquese.- f) Dra. María Mercedes Portilla.
Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero en esta ciudad de Quito, a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa.
Dr. Luis Ron Villavicencio.
SECRETARIO (E)
Hay firma y sello
AC/57921/tf
AVISO JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑORA NANCY MARGOTH CASILLAS COFRE
EXTRACTO
ACTOR: FRANKLIN GEOVANNY GERMAN GUERRERO
DEMANDADA: NANCY MARGOTH CASILLAS COFRE
JUICIO: DIVORCIO
CAUSA No. 1106-2007 AC
CUANTIA: INDETERMINADA
TRAMITE: VERBAL SUMARIO
DEFENSOR: DR. MARCO IZA. CASILLA JUDICIAL No. 4024
FUNDAMENTO LEGAL: Numeral 11, del Art. 109 del Código Civil
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 12 de Noviembre del 2007, las 10h33.- VISTOS: Agréguese al proceso los escritos presentados. En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley formulada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se da el trámite Verbal Sumario. Cítese a la demandada señora NANCY MARGOTH CASILLAS COFRE. Téngase en cuenta el domicilio señalado por la parte actora. Cítese a la demandada, atento el juramento expresado y lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito. Notifíquese en el domicilio señalado para el efecto, agréguese la documentación acompañada. Actúe el Dr. Marcelo Gordón, en calidad de Secretario encargado, mediante acción de personal No. 2599-DP-DDP, de fecha 09 de Octubre del 2007. Notifíquese.-
F) DR. ALFREDO GRIJALVA MUÑOZ. JUEZ.
Lo que notifico a usted y lo cito, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. Certifico. 30 NOV. 2007.
DR. DILO CEVALLOS
SECRETARIO (E)
Hay firma y sello
AC/57924/tf
R. DEL E.
EXTRACTO
JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A: MARTHA BEATRIZ TEDES GUALAVISI
JUICIO: DE DIVORCIO No. 1080-2007-EMT
ACTOR: RODRIGO SILVA BASANTES
DEMANDADO: MARTHA BEATRIZ TEDES GUALAVISI
CUANTIA: INDETERMINADA
JUEZ (S): DR. ARMANDO ACELDO GUALLI
SECRETARIA: SRTA. ALICIA GUERRON SALAZAR
TRAMITA: ABG. EFRAÍN MARTINEZ TAPIA
PROVIDENCIA
JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 06 de Noviembre del 2007, las 10h42.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Suplente, mediante Oficio No. DDP-1144 de 11 de Julio del 2007 y en vista del sorteo correspondiente. La demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de Ley; en consecuencia, dése a la misma el trámite Verbal Sumario, entréguese una copia de la demanda y esta providencia a la señora MARTHA BEATRIZ TEDES GUALAVISI, para los fines de Ley. En vista del juramento expreso del actor, por el que afirma con juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia actual de la señora MARTHA BEATRIZ TEDES GUALAVISI, cítese por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Adjúntese la documentación presentada. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado. Notifíquese y Cítese.- f) Dr. Armando Aceldo Gualli. JUEZ (S)
Particular que llevo a su conocimiento para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial en la forma legal.
ALICIA GUERRON SALAZAR
SECRETARIA
Hay firma y sello
AC/57923/tf
AVISO JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR ANGEL MARCELO RODRÍGUEZ REINOSO
EXTRACTO
ACTOR: MARIA LUISA VILLAGOMEZ
DEMANDADO: ANGEL MARCELO RODRÍGUEZ REINOSO
JUICIO: DIVORCIO
CAUSA: No. 1119-2007 AC
CUANTIA: INDETERMINADA
TRAMITE: VERBAL SUMARIO
DEFENSOR: DR. EDWIN TOCTAGUANO, CASILLA JUDICIAL No. 3558
FUNDAMENTO LEGAL: Inciso 2do. Del numeral 11, del Art. 110 del Código Civil.
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 2007-11-13. Las 08h05.- VISTOS: La demanda de Divorcio que antecede reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite a trámite Verbal Sumario. CITESE, con su contenido y presente providencia a ANGEL MARCELO RODRÍGUEZ REINOSO por la prensa, en uno de los diarios locales de mayor circulación de conformidad al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese.-
F) DR. ALFREDO GRIJALVA MUÑOZ. JUEZ.
Lo que notifico a usted y lo cito, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. Certifico. 30 NOV. 2007.
DR. DILO CEVALLOS
SECRETARIO (E)
Hay firma y sello
AC/57943/tf
R. DEL E.
JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR CHARLES JEFFERSON QUISPE ARRUNATEGUI
JUICIO: VERBAL SUMARIO (DIVORCIO) No. 0960-2007-D.G.F.
ACTOR: DR. WILLIAM GARZON CASTRO (PROCURADOR JUDICIAL DE LA SEÑORA SALOME ANTONIETA GARZON PLACENCIA)
DEMANDADO: SEÑOR CHARLES JEFFERSON QUISPE ARRUNATEGUI
CASILLERO JUDICIAL No. 4304 DEL DR. WILLIAM GARZON CASTRO
PROVIDENCIA
JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 02 de Octubre del 2007, las 11h50.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en vista de sorteos realizado. En lo principal, previamente el actor, comparezca a esta judicatura y cumpla con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en el término de tres días. Notifíquese.-
JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 11 de Octubre del 2007, las 11h41.- VISTOS.- El escrito presentado, agréguese al proceso. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los demanda requisitos de Ley, por lo que se acepta a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, córrase traslado al señor CHARLES JEFFERSON QUISPE ARRUNATEGUI. Con el juramento rendido por el actor y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, conforme lo prescrito en el Art. 119 del Código Civil. Para la designación de Curador Ad-litem, óigase al señor Agente Fiscal de lo Penal de Pichincha. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y agréguense los documentos acompañados. Notifíquese.-
Lo que comunico a usted para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial dentro del perímetro urbano de esta ciudad de Quito, para posteriores notificaciones. Certifico.
Lcdo. Fabián Arregui Martínez.
SECRETARIO JUZGADO DECIMO TERCERO CIVIL DE PICHINCHA
Hay firma y sello
AC/57825/tf
REPUBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A: SRA. MARIA ELISA ULCUANGO ANDRANGO, DE LA DEMANDA VERBAL SUMARIA, QUE SIGUE EN SU CONTRA EL SR. ERNESTO CAMPUES CACUANGO.
ACTOR SR. ERNESTO CAMPUES CACUANGO
DEMANDADA: SRA. MARIA ELISA ULCUANGO ANDRANGO
TRAMITE: VERBAL SUMARIO
ASUNTO: DIVORCIO
JUICIO No. 1079-2007-AB.
CUANTIA: INDETERMINADA
DOMICILIO JUDICIAL No. 438 DEL DR. HECTOR PATRICIO NEPAS
PROVIDENCIA:
JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 15 de noviembre del 2007, 12h51.- VISTOS. Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud del sorteo realizado. En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley. Es procedente el trámite Verbal Sumario, en consecuencia de conformidad con el juramento rendido y lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la demandada señora María Elisa Ulcuango Andrango, mediante tres publicaciones de prensa en uno de los periódicos de mayor circulación editados en esta ciudad de Quito. Con la insinuación realizada, previo a designar curador ad-litem, óigase al señor Agente Fiscal de Pichincha, para lo cual notifíquese a dicho funcionario.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado. Notifíquese.- f) Dra. Mónica Flor Pazmiño, Jueza.
Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación de señalar casilla judicial, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha (Ecuador), para posteriores notificaciones.
Ab. Mario Lasso Ortega.
SECRETARIO DEL JUZGADO VIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
Hay firma y sello
AC/57828/tf
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL A THALIA KRUPSKAYA VEINTIMILLA JARAMILLO
ACTOR: Dr. Fernando Puedmag Castro, Procurador Judicial de Navid Attarzadeh Garzón
DEMANDADA: THALIA KRUPSKAYA VEINTIMILLA JARAMILLO
JUICIO: Divorcio No. 929-2007-IGM
TRAMITE: Verbal Sumario
CUANTIA: INDETERMINADA
DOMICILIO: Casillero judicial Nro. 3114 del Dr. Fernando Puedmag
OBJETO: obtener el Divorcio
PROVIDENCIA
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 20 de septiembre del 2007, las 08h26.- VISTOS: La demanda que antecede es clara, y completa, por reunir los requisitos de Ley, razón por la cual se la admite al trámite Verbal Sumario. En lo principal cítese a la demandada THALIA KRUPSKAYA VEINTIMILLA JARAMILLO, con la copia de la demanda y este auto, en el lugar señalado para el efecto. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Tómese en cuenta el casillero judicial que señala la parte actora y la autorización que da a su Abogado defensor. Cítese y notifíquese. F) Dr. Mario Ortiz Estrella. Juez
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 14 de Noviembre del 2007, las 09h44.- Atenta la razón sentada por el señor Citador y juramento rendido por el Procurador Judicial, se dispone citar a la demandada THALIA KRUPSKAYA VEINTIMILLA JARAMILLO, a través de la prensa en la forma prevista en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese.-
f) Dr. Mario Ortiz Estrella. Juez
Lo que comunico, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial dentro del perímetro legal de esta ciudad de Quito para posteriores notificaciones.
DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA.
SECRETARIO
Hay firma y sello
AC/57720/tf
JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR WASHINGTON EMILIANO FUERTES GARCIA CON LA SIGUIENTE DEMANDA DE DIVORCIO, AL TENOR SIGUIENTE:
(Extracto)
ACTORA: Anita Lucía Moya Mena
DEMANDADO: WASHINGTON EMILIANO FUERTES GARCIA
OBJETO: Amparado en la causal décima primera, inciso primero del Art. 110 del Código Civil, demanda el divorcio a fin de que en sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial que une a los cónyuges
TRAMITE: Verbal Sumario
CUANTIA: INDETERMINADA
FECHA DE INICACION DEL JUICIO: 20 de septiembre del 2007.
NUMERO DE CAUSA: 968-2007-PCH.
DOMICILIO LEGAL.- Casilla Judicial No. 2123 Dr. Guido Viera
(Providencia)
JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 16 de Octubre del 2007, las 14h51.- VISTOS.- La competencia de esta causa, se ha radicado en esta Judicatura mediante el sorteo respectivo, por lo tanto, avoco conocimiento de la misma en virtud del oficio N. 634/MSG/DDP/07 de 11 de Octubre del 2007 en mi calidad de Juez Encargado. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, se la admite al trámite Verbal Sumario. Con el juramento rendido y de acuerdo a lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado señor WASHINGTON EMILIANO FUERTES GARCIA, por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Quito, de conformidad a lo establecido en el Art. 119 del Código Civil, para los fines legales pertinentes. Entréguese el extracto respectivo. Téngase en cuenta la insinuación de Curador Ad-litem, hecha en la demanda. Agréguese la documentación acompañada. Tómese nota del domicilio judicial señalado. Notifíquese.-
DR. MARIO ORTIZ ESTRELLA. JUEZ (E)
Lo que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial del Palacio de Justicia de esta ciudad de Quito, para recibir futuras notificaciones.
Lcdo. Luis E. Barahona Moreno.
SECRETARIO (e)
Hay firma y sello
AC/57711/tf
REPUBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO JUDICIAL
JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A NANCY YOLANDA QUEZADA SALTOS
JUICIO: VERBAL SUMARIO (Divorcio) No. 795-07-GG.
ACTOR: DR. ANGEL HOMERO RAMIREZ MALDONADO
(PROCURADOR JUDICIAL DEL SR. CARLOS ENRIQUE CALVACHE AÑARUMBA)
DEMANDADO: NANCY YOLANDA QUEZADA SALTOS
TRAMITE: VERBAL SUMARIO
CUANTIA: INDETERMINADA
CAUSAL: Inciso segundo, numeral 11, Art. 110, Código Civil.
DOMICILIO JUDICIAL: 1488 Dr. Angel Ramírez
PROVIDENCIA
JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 04 de Septiembre del 2007, las 16h44.- Avoco conocimiento de la causa, en calidad de Juez Suplente en virtud del Oficio No. DDP-JAR-0737 de 11 de Mayo del 2007 y en virtud del sorteo precedente. Previamente y en el término de tres días, el actor presente la partida de matrimonio de los cónyuges que constan en la demanda. Notifíquese.-
JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 03 de Octubre del 2007, las 10h37.- VISTOS.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley. Por lo que aceptándose a trámite Verbal Sumario, se dispone que se cite a la señora NANCY YOLANDA QUEZADA SALTOS, por la prensa, mediante publicaciones que se realizarán en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediando por lo menos ocho días entre una y otra publicación, conforme lo dispone el Art. 119 del Código Civil. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y agréguese al proceso la documentación acompañada. Notifíquese.-
Lo que comunico a usted para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial dentro del perímetro urbano de esta ciudad de Quito, para posteriores notificaciones. Certifico.
Lcdo. Fabián Arregui Martínez.
SECRETARIO JUZGADO DECIMO TERCERO CIVIL DE PICHINCHA
Hay firma y sello
AC/57464/tf
EXTRACTO JUDICIAL
JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A: CESAR ALFONSO CHUQUITARCO CAÑAR
JUICIO No. 2007-0989-MZ DIVORCIO POR CAUSAL
TRAMITE: VERBAL SUMARIO
ACTOR: Abg. SEGUNDO EDUARDO SALAS CAIZAGUANO en calidad de Procurador Judicial de la señora MARIA CONCEPCIÓN CALERO SOTALIN
CUANTIA: INDETERMINADA
PROVIDENCIA
JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 24 de Octubre del 2007, las 16h05.- VISTOS.- En virtud de la razón de sorteo que antecede y en mi calidad de Juez encargado de esta judicatura, avoco conocimiento causa. En lo principal, la demanda que antecede es clara, concreta y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia dése el trámite Verbal Sumario. Cítese al demandado señor CESAR ALFONSO CHUQUITARCO CAÑAR, mediante publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Agréguese la documentación adjunta. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor, y, así como también la calidad en la que comparece. NOTIFIQUESE.- F) DR. RUBEN GILER CEDEÑO. JUEZ.
Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro legal. Certifico.
Dra. Norma Almeida Espinel.
SECRETARIA (E)
Hay firma y sello
AC/57468/tf
R. DEL E.
JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
ACTOR: BYRON PATRICIO HERNANDEZ ULLOA
DEMANDADA: MARIA DE LOURDES ELIZABETH JACOME UQUILLAS
JUICIO: VERBAL SUMARIO DE DIVORCIO No. 105-06 C.C.
CUANTIA: INDETERMINADA
CITO A: MARIA DE LOURDES ELIZABETH JACOME UQUILLAS
PROVIDENCIA:
JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 11 de Abril del 2006, las 10h28.- VISTOS: El escrito presentado agréguese al proceso. Por haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inicial, se procede a calificar a la demanda como clara, precisa y que reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite Verbal Sumario. En mérito al juramento y afirmación de que le es imposible determinar la individualidad o residencia del demandado con fundamento en los Arts. 119 del Código Civil y 82 del Código de Procedimiento en la misma materia, se dispone que: MARIA DE LOURDES ELIZABETH JACOME UQUILLAS, se la cite a través de la prensa por uno de los periódicos de mayor circulación nacional de los que se editan en este Distrito Metropolitano de Quito, y, de Portoviejo Provincia de Manabí, mediando un término de ocho días por lo menos, entre la una y la otra publicación. Tómese nota del casillero judicial señalado por el accionante, la designación de su defensor y la facultad que le concede, para que suscriba cuanto escrito sea necesario, dentro de la presente causa, en defensa de sus intereses. Agréguese la documentación acompañada al libelo inicial. Cítese y notifíquese.
DR. RUBEN GILER CEDEÑO. JUEZ.
Lo que pongo en su conocimiento para los fines legales pertinentes, y le CITO, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones, en el lugar en que está sustanciándose la causa.
El Secretario
Hay firma y sello
AC/57420/tf
EXTRACTO
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A LA SRA. MERCY CARMELA RAMOS MAYORGA
ACTOR: JULIO MARIO SUCUNOTA VALLADOLID
DEMANDADA: MERCY CARMELA RAMOS MAYORGA
TRAMITE: VERBAL SUMARIO
CUANTIA.- INDETERMINADA
ASUNTO: Divorcio Art. 110, causal 3 del Código Civil, Existen tres menores que responden a los nombres de LORIE, WENDY Y SHIRLEY SUCUNOTA. No existen bienes inmuebles.
Iniciado el 10 de Octubre del 2007
Defensor del actor; Dr. Jorge Morales
Causa No. 2007-1023-L.S.
PROVIDENCIA
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 15 de octubre del 2007, las 09h53.- VISTOS.- En virtud de la razón de sorteo, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. Tramítese en juicio verbal sumario. Con la demanda y providencia recaída, cítese a la demandada señora MERCY CARMELA RAMOS MAYORGA, en uno de los periódicos de amplia circulación que se edita en esta ciudad de Quito, mediando ocho días hábiles entre una y otra publicación. Téngase en cuenta el Casillero Judicial señalado y la insinuación de curador Ad-Litem. Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- Notifíquese. F).- DRA. MARIA MERCEDES PORTILLA.-
Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar Casillero en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa.
Dr. Luis Ron Villavicencio
Secretario (E)
Juzgado Quinto de lo Civil de Pichincha
SECRETARIA
Hay firma y sello
AC/57392/mg
CITACION JUDICIAL
EXTRACTO
JUZGADO DECIMO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
A la señora DELLY MARIA MACIAS ALCIVAR, se le hace saber lo que sigue:
JUICIO: No. 732-2007F
VERBAL SUMARIO (Divorcio)
CUANTIA: Indeterminada
ACTOR: Ab Wilfrido Tamayo, Procurador Judicial de WILMER NOLBERTO VELEZ PALMA
DEMANDADA: DELLY MARIA MACIAS ALCIVAR
JUEZ SUPLENTE: DR. FERNANDO CADENA VALENZUELA
SECRETARIO ENCARGADO: Dr. WILSON PAREDES NAVARRETE
PROVIDENCIAS:
JUZGADO DECIMO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Santo Domingo de los Colorados, a 3 de Octubre del 2007.- Las 09h50.- VISTOS_ Avocando conocimiento en la presente causa, en vista que ha sido designado Juez Suplente de esta Judicatura, haciendo hecho conocer del particular mediante oficio No. DDP-JAR-1571, de fecha 17 de Septiembre del 2007, suscrito por el Dr. José Alomía Rodríguez, Jefe de la Delegación Distrital de Pichincha del Consejo Nacional de la Judicatura. Agréguese a los autos el escrito y anexo que antecede. Previo a calificar la demanda que antecede, el actor en el término de tres días comparezca al despacho de este Juzgado, a dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- NOTIFIQUESE.
JUZGADO DECIMO NOVENO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Santo Domingo de los Colorados, a 10 de Octubre del 2007, las 08h20.- VISTOS: Una vez que el actor ha dado cumplimiento a lo dispuesto en decreto anterior, la demanda de divorcio controvertido que antecede, se acepta a trámite legal correspondiente en Juicio VERBAL SUMARIO. En mérito al juramento y afirmación de que hja sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada, cítese a la señora DELLY MARIA MACIAS ALCIVAR, por la prensa, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Santo Domingo de los Colorados y de la ciudad de Quito, de conformidad con lo que dispone el Art.82 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el ART. 119 del Código Civil, mediando entre una y otra por lo menos ocho días.- Cuéntese en esta causa con uno de los señores Fiscales Distritales de Pichincha en representación del Ministerio Público, quien opinará sobre la insinuación de Curador Ad-Litem- Agréguese a los autos la documentación adjunta.- Tómese en cuenta la calidad en la que comparece el Ab. Wilfredo Tamayo Hidrovo, conforme justifica con la Procuración Judicial conferida por el señor Wilmer Norberto Vélez Palma. Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado para sus notificaciones.- NOTIFIQUESE.
f) Dr. Fernando Cadena Valenzuela, Juez Suplente
Particular que pongo en vuestro conocimiento para los los fines fines de ley, previniéndole de la obligación que tienen de señalar sus domicilios judiciales en esta ciudad y dentro del perímetro de este Juzgado para las próximas notificaciones.
Dr. Wilson Paredes Navarrete
SECRETARIO(E)
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Sto Dmgo./93450
R. del E.
JUZGADO DECIMO SEPTIMO DE LO CIVIL DEPICHINCHA
CITACION JUDICIAL
A la señora Lucrecia Clementina Chucay Parra, se le hace saber que su cónyuge Crepo Benito Naranjo Guananga, le ha propuesto juicio de Divorcio, en su contra en los siguientes términos:
ACTOR: Crepo Benito Naranjo Guananga
DEMANDADO: Lucrecia Clementina Chucay Parra
JUICIO: Divorcio N° 545-2007.-OM., inciso segundo de la causal onceava del art. 110 del Código Civil; y, Art. 82 del Código de Procedimiento Civi1.
CUANTIA: Indeterminada.
TRAMITE: Verbal Sumario
ABOGADO DEFENSOR: Dr. Luis Cañarte Matute.- MAT. 3422 C.A.P.
PROVlDENCIA:
JUZGADO 17o DE LO CIVIL DE PICHTNCRA- Sangolquí, a 30 de octubre del 2007, a las 15H10.¬
VISTOS: La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por 10 que se la acepta al trámite respectivo, en juicio verbal samario, en consecuencia se dispone entregar una copia de la demanda y esta providencia a la demandada señora Lucrecia Clementina Chucay Parra, para los fines de ley.- En atención al juramento expreso que hace el Dr. Luis Cañarte, Procurador Judicial de Crepo Benito Naranjo Guananga, de desconocer el domicilio y residencia actual de la señora Lucrecia
Clementina Chucay Parra, cítesele por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en las provincias de Chimborazo y Pichincha, de conformidad con lo dispuesto en los Art. 82 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil.-Agréguese a los autos la documentación que se adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial numero 068 señalado por el compareciente para sus posteriores notificaciones.
NOTIFIQUESE Y CITESE.
f) Dr. Alfonso Iñiguez García Almeida (Juez)
Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de SANGOLQUI, para sus posteriores notificaciones. Certifico
Dr. Fernando Granja Lanas
SECRETARIO JUZGADO 17o DE LO CIVIL DE PICHINCHA
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A.A./18018
REPUBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACION JUDICIAL AL SEÑOR MARIANA DE JESUS PORTEROS RIOS
ACTOR: HUGO GONZALO RODRIGUEZ
DEMANDADA: MARIANA DE JESUS PORTEROS RIOS
JUCIO: DIVORCIO
CAUSA NO. 805.2007 -VS
CAUSAL: NUMERAL 11 VA. DEL ART.110 DEL COD1GO CIVIL
TRAMITE. VERBAL SUMARIO
CUANTIA: 1NDETERMINADA
ABOGADO: DR. OSWALDO AUZ RUIZ
JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 26 de Septiembre del 2007, las 14h08.-VISTOS.- En virtud de que se ha dado cumplimiento a la providencia que antecede, se califica la demanda de clara, completa, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la acepta al trámite Verbal Sumario. Atento al juramento rendido por el actor señor Hugo Gonzalo Rodríguez; y, de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la demandada señora Mariana de Jesús Porteros Ríos, a través de uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, mediando entre una y otra publicación ocho días.- Agréguese al proceso la documentación adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado para sus notificaciones, así como la designación de su abogado patrocinador.- CITESE Y NOTIFIQUESE
F).- DR IVAN CEVALLOS ZAMBRANO, JUEZ VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, RECORDANDOLE LA OBUGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN EL LUGAR DEL JUICIO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES.- QUITO 24 DE OCTUBRE DEL 2007,- CERTIFICO.
Dr. Luis Fernando Serrano Meneses
SECRETARIO
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A.A./17881
R de E.
JUZGADO DECIMO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACION JUDICIAL
Al señor Rommel Richard Ruano Rodríguez, se le hace saber que su cónyuge Verónica Patricia Zaldumbide Llerena, le ha propuesto juicio de Divorcio, en los siguientes términos: ACTORA: Verónica Patricia Zaldumbide Llerena
DEMANDADO: Rommel Richard Ruano Rodríguez
JUICIO: Divorcio N° 607-2007.-0M., Art. 110 numeral 11, inciso primero del Código Civil; y, Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.
CUANTIA: Indeterminada.
TRAMITE: Verbal Sumario
ABOGADO DEFENSOR: Dr. Jorge Galindo Almeida.- MAT. 2453 CAP.
PROVIDENCIA:
JUZGADO 17° DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Sangolquí, a 6 de Noviembre del 2007, a las 10H10.¬
VISTOS: La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la acepta al trámite respectivo, en juicio verbal sumario, en consecuencia se dispone entregar una copia de la demanda y esta providencia al demandado señor Rommel Richard Ruano Rodríguez, para los fines de ley.- En atención al juramento expreso que hace la Sra. Verónica Patricia Zaldumbide Llerena, de desconocer el domicilio y residencia actual de su cónyuge Rommel Richard Ruano Rodríguez, cítesele por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en la provincia de Pichincha,. de conformidad con lo dispuesto en los Art. 82 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil. – El orden a la insinuación de curador.-ad litem oígase a uno de los señores representantes del Ministerio Publico. – Agréguese a los autos la documentación que se adjunta.- Téngase en cuenta el casillero judicial numero 042 señalado por la compareciente para sus posteriores notificaciones.- NOTIFIQUESE Y ClTESE.
f) Dr. Alfonso Iñiguez García Almeida (Juez )
Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de SANGOLQUI, para sus posteriores notificaciones. Certifico.-
Dr. Fernando Granja Lanas
SECRETARIO JUZGADO 17o DE LO CIVIL DE PICHINCHA
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A.A./17799
R. DEL E.
JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL PARA: JUAN TEODORO REYES SANCHEZ
-EXTRACTO
JUICIO: DIVORCIO N° 1109 -2.007- DR.-NA
ACTOR: MARITZA ALEXANDRA VELASQUEZ PARRAGA DEMANDADO: JUAN TEODORO REYES SANCHEZ
TRAMITE : VERBAL SUMARIO
OBJETO: Declarar disuelto el vínculo matrimonial que les une, conforme lo dispone el inciso segundo de la causal 11o del Art.- 110 del Código Civil, vigente. .
CUANTIA:- INDETERMINADA
PROVIDENCIA
JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA QUITO, 20 de Noviembre del 2007, las 09h36.-VISTOS: Por cumplido con el requerimiento anterior.-La demanda propuesta por Maritza Alexandra Velásquez Párraga, es completa, clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a tramite, en juicio Verbal Sumario.-En consecuencia, en mérito de la afirmación que bajo juramento ha realizado la Actora conforme lo dispone el Art.-82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al señor Juan Teodoro Reyes Sánchez, por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, mediando ocho días laborables entre una y otra, para lo cual se entregará el extracto respectivo. Incorpórense a los autos la documentación acompañada.-Tómese nota de la cuantía, el casillero judicial señalado por la Actora, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y autorización manifestados a favor de su Defensor.- NOTIFIQUESE.
F) DR. REYNALDO FLOR ALVARADO.- JUEZ SUPLENTE
LO QUE PONGO EN SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY, PREVINIENDOLE DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL PARA SUS NOTIFICACIONES POSTERIORES.
CERTIFICO
SRA. JUANA CEVALLOS GUERRA
SECRETARIA
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A.A./18035